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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a Jaadlh
    -
    Top 100
    #4480
    11/01/16 23:09

    No tienen obligación de asesorarte, solo de comunicarte que ha habido un cambio de titularidad y el precio de adquisición. Y eso es lo que hicieron.

  2. en respuesta a Jaadlh
    -
    #4479
    11/01/16 22:53

    Acabo de ver lo de los 30 días. Caixa Catalunya nunca notificó absolutamente nada. De hecho la primera noticia que tuvimos al respecto fue la comunicación del juzgado, en el que indicaban que se había producido el embargo y el nuevo dueño era Caixa Catalunay y nos daban un plazo para presentar documentación que avalase el contrato de alquiler. Ninguna referencia de ningún tipo al derecho de tanto y retracto. Ni por parte de Caixa Catalunya ni del juzgado

    Gracias de nuevo

    J.A.

  3. #4478
    11/01/16 22:48

    Estimado Tristán

    Mi consulta es sobre el plazo para ejecutar el derecho de tanteo y retracto. Mi pareja es inquilina en un piso que Caixa Catalunya embargó al dueño anterior del mismo, de hecho tuvimos que pasar por un proceso judicial que demostrara que el alquiler fuera legítimo.

    Nunca nos informaron de nada hasta después de que se produjo la subasta.

    Buscando por internet he encontrado los datos

    https://scejcuenca.wordpress.com/2013/03/06/subasta-de-vivienda-en-calle-pedro-almodovar-4-de-cuenca-ejh-8812-mixto-3/

    Ignoramos todo, incluido en que precio se lo quedó el banco, pero dado el precio de subasta 98.343,00 EUROS, si el banco se lo adjudicó en un 70% de ese precio, o menos, el precio es más que interesante, amén de garantizar estabilidad a mi pareja, que en este momento le queda un año y medio de alquiler.

    Al parecer la fecha de la subasta fue el 17 de Abril de 2013. Insisto en que nunca nos notificaron nada, la notificación fue del juzgado de cara a ver si el contrato de alquiler era legítimo. De hecho la entidad bancaria apoyó que se respetara el contrato (expira en Junio de 2017, la subasta fue en 2013 y el contrato es de Junio de 2012).

    ¿Estamos a tiempo de ejercer, o más bien mi pareja está a tiempo de ejercer su derecho de tanteo y retracto?. En ningún momento se nos comunicó absolutamente nada.

    Gracias anticipadas

    J.A.

  4. en respuesta a Orgaz87
    -
    Top 100
    #4477
    11/01/16 17:45

    Nada que no puedas solucionar haciendo la declaración de que el solar está libre de arrendamientos o bien presentando pruebas de que le has notificado tu adjudicación al arrendatario hace 30 días sin que éste haya ejercido su derecho de retracto.

  5. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4475
    11/01/16 17:40

    Gracias Tristán.

  6. en respuesta a Orgaz87
    -
    Top 100
    #4474
    11/01/16 17:37

    Yo lo veo bien. Lo normal en estos casos. Lo alucinante hubiera sido que el Sr. Registrador te lo inscribiera.

  7. #4473
    11/01/16 16:39

    Duda sobre calificación desfavorable en el Reg. Prop:
    Inmueble: solar urbano, adjudicación directa aeat,...
    El registrador "ha resuelto no practicar los asientos solicitados...
    1º no se realiza declaración relativa a los arrendamientos prevista en el art. 25 LAU y ni se acompaña instancia con firma legitimada notarialmente suscrita por quien acredite tener la representación de la entidad adjudicataria. Visto el art. 25 LAU para inscribir en el registro títulos de venta de viviendas deberá justificarse que han tenido las notificaciones previstas a los efectos de ejercitar los derechos de tanteo y retracto en la citada ley o, en su caso, declarase bien en el Decreto de adjudicación o por instancia con firma legitimada por apoderado con poder bastante y vigente, que la finca no está arrendada"

    ¿Cómo lo veis?

  8. en respuesta a mfmelo
    -
    #4472
    11/01/16 08:15

    Por curiosidad, parecía un buen lote a un buen precio ¿qué paso para perder dinero?

  9. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4471
    10/01/16 16:21

    Suelo contar, me imagino que a los demás les debe de pasar lo mismo, lo bueno y suelo olvidar las subastas en las que lo he pasado mal, muy mal o que al final he terminado perdiendo algo, mucho o muchísimo dinero; como en botica, yo tengo de todo.
    En una de estas, en un primera instancia, había un solo acreedor, pero lo que se debía era mucho dinero y la tasación también era muy alta, creo recordar +- unos 200.000 € y creo era en pesetas. Eran bienes muebles y yo era de los muy pocos o el único que en mi provincia compraba estas cosas. chhhfff, me cayo por que empieza la subasta y la secre esta es muy jodia.
    Voy a hacer un inciso, para decir que en otras ocasiones y en otros juzgados, muchas veces empezaba la subasta y los subasteros (casi siempre los mismos) estábamos hablando de las cosas nuestras, el del negociado en el ordenador con todo preparado y el/la LAJ, oigan que la subasta ya ha empezado. Los subasteros: un momento por favor, que estamos atando unos flecos que no nos cuadran y hasta que nos nos cuadren no podemos participar. Hay veces que así nos hemos pegado hasta 10 minutos.
    Pues empieza
    Secretaria judicial: ¿pero que tenemos un solo postor?
    Procurador (don Mau.) si, pero fuera debe haber más gente, esta es una subasta muy importante, será que no se han enterado.
    En aquellos tiempos este procurador no me podía ver, ahora hasta me saluda. En las subastas antes de la última reforma no hacía falta que estuviera el letrado y la mayoría de las veces tampoco la celebraba la/el LAJ, y lo hacía la funcionaria del negociado.
    LAJ: Agente J. salga usted y vuelva a dar las voces, haber si no se han enterado.
    A.J. : subasta pública.
    El agente judicial entraba y decía pues no hay más nadie, y yo que ya estaba harto, le dije, es porque usted sólo ha dicho subasta pública una vez y ha de decirlo tres veces.
    LAJ y procurador: pues tiene razón, salga usted de nuevo y de tres voces y no una, se saben mejor las leyes estos subasteros que nosotros.
    A.J.: el pobre, con el que tenía, tengo y creo que tendré muy buena amistad, tuvo que salir de nuevo y como un carajote: S.P., S.P. S.P.
    y cuando entró le dije: por mucho que publiques la fruta, cuando la gente no quiere melones, pues no viene y me dice es verdad pero es que son......
    LAj: empiece usted D.Mau,
    Procurador: no nosotros no tenemos nada que decir, de momento, que empiece el postor (y estoy seguro que para sus adentros decía, el mierda este)
    Yo:: ofrezco 1.000 €.
    Procurador: si hombre, esa cantidad es ridícula, por ese dinero no te lo vas a quedar.
    yo: pues es lo que doy, suba usted. y la LAj, dice efectivamente suba usted.
    Procurador: no de momento, no vamos a subir, ya presentaremos.....
    ..
    Me adjudiqué el lote de maquinaria, bombas marca Grunfoss (lo mejor del mercado), material de oficina a tutiplen, 3 camiones de rejillas para ventanas, aires acondicionados y otos muchos, todo nuevo envuelto en sus cajas, las rejillas plastificadas, etc. En verdad valía lo tasado.
    .
    .
    Conclusión del asunto: Pues perdí bastante dinero en esta mierda de subasta y como estas tengo unas pocas y todo era nuevo.
    Y luego veo en televisión a esos putos subasteros yankis, comprar la mierda de trasteros que compran y hasta ganan dinero y es que Spain is different, y cuando veo encima a esos otros yankis que van comprando cosas antiguas (¿antiguas?) si en España te coge la guardia civil o la policía guardando esa mierda y deteriorando toda la zona te mete un paquete, que no sales vivo de la cárcel, y yo con cosas nuevecitas, nuevecitas y no vienen por aquí los gilipollas esos.
    Saludos.

  10. en respuesta a mfmelo
    -
    Top 100
    #4470
    10/01/16 13:21

    Si los legisladores quieren hacer limpieza en las subastas judiciales, que empiecen por las de los concursos de acreedores.

  11. en respuesta a Jomes
    -
    #4469
    10/01/16 12:39

    Tengo fincas adjudicadas por concursos en los mercantiles, por quiebra de sociedades anónimas y tengo una muyyy buena en la que soy copropietario del 80% del total. En la subasta no había nadie más que yo y el comisario o administrador concursal, pues me voy al 50% y no doy más un euro. Pues termina la subasta y se me acerca el menda(comisario c.) y me dice: si me das +- 12.000 € te dejo que te la adjudiques en ese precio, pero si no me das esa cantidad tengo a unos pocos que me han pedido quedarse las fincas y me dan más dinero. Pues bien la subasta la había concluido y la secretaria había entrado para su despacho, me fui para el despacho de la secretaria y le dije: usted está harta de este procedimiento ¿si o si?, ya que lleva dando vueltas 15 años y hay un montón de acreedores y el señor comisario no hace más que enredar y suspender y dejar que suspendan la subasta, que le parece que para acabar con este tema pueda subir hasta el 70% del valor asignado, la SJ me dice por mi estupendo y así acabo con este marrón. Salimos para afuera y dije como aún no se ha firmado nada y estamos aún con la subasta pido se me adjudique en el 70%, el señor comisario me quería matar, pero le dije no se preocupe usted que cuando acabemos y salgamos, hablamos nosotros de lo que tenemos acordado, se me aprobó y cuando salimos, me dice pues si no me das los 12.000 €, presento a otros que mejoren tu oferta. Señor comisario, usted haga lo que tenga que hacer por el bien de esta quiebra, que yo haré también lo que tenga que hacer. TE VOY A DAR UNA M..........A COMO UNA MONTAÑA, no tienes bastante con lo que te llevas, so listo.
    Llevaba detrás de esta subasta 2 años y el día designado, se suspendía, y se suspendía y otra vez y otra vez.... y todo era por culpa de este señor y yo en todas las subastas esperando y consignado, los otros subasteros (que todos somos muy aguilillas) cada vez que me veían me preguntaban y yo pensando verás como se me mete algún otro, con tanto suspender.
    Tengo el 80% de la propiedad de 12 oficinas de una empresa muy importante que había aquí en mi provincia. De esto hacer ya unos 15 años, creo. El otro copropietrio aún no ha aparecido, yo las tengo bien alquiladas y cuando pase el tiempo que creo reglamentario, plantearé una usucapión para hacerme con el otro 20%.
    Otras veces me han extorsionado estos comisarios y lo han conseguido, ya que no siempre estás en una posición tan fuerte, te coge un mes con las defensas bajas (con la regla, el periodo) y uno se baja, como dicen por ahí, "al pilón".
    Saludos

  12. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4468
    10/01/16 12:25

    Yo tampoco he analizado esa subasta. Sólo me he quedado con que el LAJ "vende" inmuebles a 100 € y hay quien le coge la palabra. Eso es lo que me ha parecido interesante compartir con esta comunidad antes de irme a trotar por el campo.

    Estoy seguro de que hay una explicación para que no haya habido más postores, pero eso ahora no me interesa.

    Buen domingo.

  13. en respuesta a Jomes
    -
    Top 100
    #4467
    10/01/16 12:14

    Naturalmente, yo no he respondido respecto a esta subasta concreta pues eso habría requerido entrar a ella y estudiarla. Trabajo inútil dado que no tengo ninguna intención de participar. Simplemente he respondido pensando en una subasta normal al amparo del 670 de la LEC y más tratándose de un proindiviso.

    ¿En este caso particular? Pues lo que diga su señoría

  14. en respuesta a mfmelo
    -
    #4466
    10/01/16 12:03

    Indiscutiblemente.

    Por eso, sea cual sea la intrahistoria de este caso, probablemente aquí no haya habido una pérdida de tiempo, sino una determinada estrategia. Algo que solo puede darse por esas condiciones especiales aprobadas por los jueces de lo Mercantil en Murcia.

    Solo pretendía reseñar un caso concreto que puede tener su interés.

  15. en respuesta a Jomes
    -
    #4465
    10/01/16 11:56

    Vuelvo a repetir otra vez, según mi experiencia y como dice Tristán, en los proindivisos hay que darle la oportunidad de adquisición preferente al copropietario, aunque esté tenga sólo el 0,001%, (por poner un porcentaje muy bajo) así que si no ha sido un copropietario el adjudicatario, el que se lo haya quedado provisionalmente en subasta, le ha hecho el juego al copropietario ¿¿20% restante??, pues este pedirá quedárselo en 100 € y ni uno más, ya que se pone en el lugar del adjudicatario provisional.
    Todo lo dicho me imagino lo saben todos los mayores en subastas y no digo nada de Don Jotaerre y de Don Tristán.
    Saludos.

  16. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4464
    10/01/16 11:36

    En esta subasta (que trae causa de un Concurso), nuestro pedagógico LAJ de la USM introduce en el Edicto una serie de "Preguntas Frecuentes".

    Si lees esta, quizás te replantees el tema:

    "¿Es verdad que si ofrezco 100 euros puedo asegurarme la compra de cualquier bien
    sin dar posibilidad que otros mejoren mi precio después de la subasta? ¿Y si es la
    vivienda habitual del deudor?

    Así es. Según las condiciones aprobadas por los Jueces de lo Mercantil de Murcia, los postores que
    participen en la subasta han de ofrecer como mínimo 100 euros por el bien o lote, cualquiera que sea
    su valor a efectos de subasta, para asegurarse la compra..

    Sólo se exigirá una cantidad mayor cuando el juzgado señale un precio mínimo previamente a la
    celebración de la subasta o se trate de inmuebles que constituyan la vivienda habitual del concursado
    y se encuentren afectos a créditos con privilegio especial. En este último caso, no se admitirán pujas
    por importe inferior al 70 por ciento del valor de tasación.

    El acreedor privilegiado debe realizar sus pujas en esas condiciones aunque no concurran otros
    postores".

  17. en respuesta a Jomes
    -
    Top 100
    #4462
    10/01/16 11:01

    Vaya pérdida de tiempo porque si la deuda es superior el secretario no aprobará la adjudicación y la subasta se declarará desierta.

  18. #4461
    10/01/16 10:58

    Subasta Subasta SUB-JV-2015-1139, gestionada por la Unidad de Subastas de Murcia:

    Tanto el lote 2 como el lote 3 constituyen el "80% de un local en Murcia. Se vende por 100 euros sin cargas".

    El Lote 2 se describe como un "local en planta de sótano del edificio en construcción del que forma parte en Murcia, con fachada a calle López Puigcerver, Calle Peatonal y Calle Lucas Mallasa, con acceso principal por la primera donde tiene su portal de entrada".

    El Lote 3 es un "local en planta de sótano del edificio en construcción del que forma parte en Murcia, con fachada a calle López Puigcerver, Calle Peatonal y Calle Lucas Mallada, con acceso principal por la primera donde tiene su portal de entrada".

    Sé que para comprar proindivisos hay que hacerlo muy barato, pero en este caso ambos lotes han tenido como mejor postura ¡¡100 euros!!.


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