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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a Pecks
    -
    #4220
    23/11/15 15:46

    Que no este personado no significa que no puedan llegar a un acuerdo. Pueden haber contactado con ellos a través de su domicilio habitual. Mira el expediente si te dejan, mira como les han notificado y si es por edicto puede ser que te hayan mentido sinó estan enteradisimos.

  2. en respuesta a tonigs
    -
    #4219
    23/11/15 15:16

    Sigo contando más datos que he conseguido.

    A pesar de lo que me dijo la secretaria del letrado de la parte ejecutante....ya que la tenía cerca, he aprovechado a visitar la vivienda y el demandado; total no voy a perder nada...

    Acabo de salir del complejo residencial. De primeras la entrada de la vivienda estaba un poco sucia y alguna que otra telaraña sobre la puerta. Por la parte trasera tiene una pequeña terraza, pero se nota que está abandonada y sin uso. Todo apuntaba que ahí no vive nadie. Le doy al timbre y toco varias veces la puerta y nada.... Le pregunté a la vecina de al lado y dice que ahí hace mucho que no vive nadie, al menos que ella recuerde un año y algo que en ese apartamento no vive nadie.....

    Esta mañana que también hablé con la comunidad, no me dijeron mucho pero si que los demandados no vivían ahí y que sí que vivían otra persona/as. No sé si en alquiler, familiares, en precario,....

    Pues parece que en eso la comunidad me mintió. Ahora me preguntó yo: si el abogado de la parte ejecutante dice que llegaron a un acuerdo con la otra parte....¿con quién, si ahí no vive nadie?? Además en el propio edicto sólo aparece como procurador el de la parte ejecutante, por lo que sospecho que los demandados ni siquiera están personados, aunque no lo sé al 100%.

    ¿Cómo es posible que hayan llegado a un acuerdo si una de las partes no "existe"?
    ¿Es todo esto un poco raro o se me está escapando algo que no logro ver?

  3. en respuesta a Pecks
    -
    #4218
    23/11/15 14:55

    Siempre cancelan el mismo día por la mañana o el día de antes. A mi siempre que me dicen que se cancela se ha cancelado. Nada anecdótico

  4. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4217
    23/11/15 14:17

    Si ya me lo imagino.

    En este caso el ejecutante es una comunidad y la deuda es poca. Yo realmente hablé con la secretaría del abogado y en cuanto le dije que procedimiento era me comentó que se iba a suspender porque habían llegado a un acuerdo con la otra parte.

    Inmediatamente llamé al juzgado y me dicen que por ahora la subasta sigue en pie y se va a celebrar el día señalado. Puede que aún no se lo hayan comunicado o puede que tengan alguna estrategia pensada...

  5. en respuesta a Pecks
    -
    Top 100
    #4216
    23/11/15 14:02

    Los letrados y/o procuradores pueden equivocarse, eso seguro.

    Y también, si se trata del procurador de un prestamista, puede que éste le haya dado informaciones falsas para quitarse competencia. Si yo fuera el prestamista y quisiera comprar el inmueble subastado lo haría sin rubor.

  6. #4215
    23/11/15 13:56

    Hola a todos.

    Una consulta rápida. Cuando hablas con el abogado de la parte ejecutante y éste te dice que la subasta se va a suspender porque han llegado a un acuerdo con la otra parte.....¿hay que fiarse? ¿Dicen la verdad siempre o hay veces que no por cualquier motivo y al final la subasta sí que se hace??

    Si a alguien le ha pasado algo así y lo puede contar como acabó finalmente sería de agradecer. Me refiero a eso, te dicen que una subasta se va a suspender y el día señalado sí que se lleva a cabo, incluso puede que te la adjudiques....

    ¿Alguna anécdota/historia sobre esto?
    Saludos.

  7. en respuesta a Naesla
    -
    #4214
    23/11/15 13:45

    Por ahora si ya que todavía la mayoría de las subastas señaladas son presenciales. Las electrónicas aún están empezando.

    Y sobre lo de ver los expedientes o no, eso ya es cuestión de cada uno. Aunque yo desde luego prefiero ir al juzgado y ver el expediente. Información obtenida por uno mismo, nada mejor que eso.

  8. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    Nuevo
    #4213
    23/11/15 10:23

    Gracias por la respuesta.

    Entonces, de momento, hay que seguir yendo a los juzgados para ver el expediente?

    Gracias

  9. en respuesta a Naesla
    -
    Top 100
    #4212
    23/11/15 08:41

    Hola Naesla, Pública Subastas ya no existe, así que las alternativas al portal son pocas, SubastasTotal y poco más.

    Respecto a lo que preguntas, habrá que esperar y ver, estoy tan en ascuas como tu.

  10. Nuevo
    #4211
    22/11/15 22:57

    En primer lugar, agradecerte tu tiempo en contestarnos.
    Mi consulta es referente al nuevo portal de subastas, y en concreto, una vez que se publique una subasta en cuestión en el portal, podremos encontrar en este espacio toda la información necesaria para decidir si pujamos ( a expensas de hacer la prospección física del inmueble)? O será necesario seguir yendo al juzgado a estudiar el expediente?

    Por otro lado, al entrar en el portal solo veo publicadas subastas en algunas provincias. Qué pasa con el resto de provincias? Cuando empezaran a publicarse?

    Por último, para hacer un correcto seguimiento de las subastas que van saliendo es suficiente con consultar el nuevo portal? O también Pública Subasta? O ambas? Lo digo por qué no se nos pase nada que pudiera ser interesante.

    Muchas gracias de nuevo

  11. #4209
    22/11/15 01:28

    Hola buenas noches.

    Entro aquí para comentar algo que he visto que sucede frecuentemente y me resulta un poco falso por parte de la gente en general.

    En las redes sociales tipo Facebook, cada vez que sale un anuncio de un banco, idealista,etc.... Que venden un piso barato...la gente lo ponen a parir, que si que vergüenza un piso de desahucio, un piso que han robado, que si todavía los dueños lo siguen pagando y aún quieren sacar más dinero con la venta.....y pienso cuanta ignorancia!!!!

    Joder!!!! Habrán casos y casos....pero echarle la culpa siempre al 100% a los bancos??

    Y los inconscientes que pidieron hipotecas monstruosas sabiendo que posiblemente no las iban a pagar???

    Veo mucha gente comentando en contra de esos pisos y sólo se ponen de parte de los que los perdieron....no dicen nada de las deudas que dejan, ni en que estado están, sólo ven lo fácil.... Luego seguro que si ven un piso y hay una buena oportunidad son los primeros en aprovecharla y no les importa nada el pasado de esa vivienda.

    Mucha hipocresía en general. No sé cómo lo ven ustedes.

  12. #4208
    21/11/15 11:10

    Hablando del portal de subastas, ¿alguno ha intentado -y conseguido- hacer un depósito en alguna? Lo he intentado y me da error...

  13. #4207
    21/11/15 10:41

    En efecto, y ya pueden envainarse tal justificación, por bienintencionada que sea, pues se deduce que ese campo es obligatorio, numérico y no admite el 0, con lo que están informando de un dato FALSO.
    Y, aunque pueda deducirse que no es la deuda correcta, tampoco puede saberse cuál es en realidad, ya que electrónicamente se puede incluso pujar el último día por la noche con el juzgado cerrado, así que se está dando mal un dato relevante para el desarrollo de la subasta.
    Saludos,

  14. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4206
    21/11/15 10:15

    Pero como bien dice Jotaerre, en realidad sí están informando de la deuda: todos los deudores que recalan en este juzgado deben 0,01 euros. Podría parecer una casualidad, pero seguramente se debe a criterios de reparto y todo es perfectamente legal y correcto......ja!.

  15. en respuesta a Jomes
    -
    Top 100
    #4205
    21/11/15 10:10

    Es un clásico en ese juzgado que no faciliten el dato de la deuda porque consideran que eso atenta contra la intimidad del deudor y la Ley de Protección de datos

  16. en respuesta a Jotaerre
    -
    #4204
    21/11/15 09:22

    Pues me tengo que allanar a tu evidentemente mejor criterio.

    Tienes toda la razón. Se fija claramente ese dato relevante....Madre mía, la que se podría liar.

    (Al margen de eso, jooooooo, que no es tan difícil poner bien el puñetero dato).

  17. #4203
    21/11/15 08:47

    O no, porque, de hecho, no se omite ese "dato o circunstancia relevante" (que lo es a los efectos de pujar al menos por la deuda y abrir las opciones del 670), sino que se fija claramente, así que queda abierta la veda para anular la subasta por información errónea (sin que los postores electrónicos tengan opción, ni obligación, de contrastar ese dato).
    Saludos,

  18. #4202
    21/11/15 07:55

    Por lo que se ve en el BOE de hoy, así como por su traducción en el Portal de Subastas, está claro que doña Natalia, la del 31, se ha abonado definitivamente al "0,01 euros".

    Yo creo que, a diferencia de la anterior regulación y portal, ahora no se trata simplemente de que se esté rellenando mal un campo. Ahora se está incumpliendo (sistemáticamente) la obligación de suministrar al portal de subastas "cuantos datos y circunstancias sean relevantes para la misma" (art. 646 LEC)..... Eso, cuando menos.

  19. #4201
    20/11/15 09:38

    En efecto, la LEC fija plazos para todos, pero sólo se exige cumplirlos a las partes.
    Desde que los jueces acuñaron la coletilla "cumplidos todos los plazos, salvo el de dictar sentencia por imponderables del servicio", el resto de funcionarios tuvieron igual patente de corso, con razón (muchas veces) o sin ella.
    En lo penal, donde te juegas más, basta ver lo flexibles que son los plazos (fijos) para los fiscales.
    Saludos,


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