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La fianza me la quedo por ahora y ya hablaremos de cuándo la devuelvo

La semana pasada se celebró en el juzgado de Primera Instancia nº4 de Torrejón de Ardoz la siguiente subasta:

Ejecución hipotecaria 316/2014

Si tenéis curiosidad y aún funciona el enlace cuando se publique este post (hoy 7 de mayo todavía funciona) bajaros el edicto de subasta y leed con atención el punto décimo tercero, que corto y pego a continuación:          

 

 

 

¿No estáis alucinando como aluciné yo cuando lo leí?

Por lo visto la secretaria del juzgado ha decidido que el art. 552 de la L.E.C. no tiene cabida en sus subastas y aunque es cierto que dicho artículo regula las subastas de bienes muebles, también lo es que por extensión se aplica a las de bienes inmuebles.

Art 552.1 Finalizado el acto de la subasta, el Secretario judicial devolverá las cantidades depositadas por los postores excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación, y, en su caso, como parte del precio de la venta.

Lo que yo creo al respecto es que ya está bien de que en este país cada cual haga la guerra a su manera y si un juez o secretario judicial no esta de acuerdo con las leyes, lo que tiene que hacer es inscribirse en algún partido político y conseguir que le incluyan en las listas electorales, donde quizá nos plazca votarle y así tenga la oportunidad de influir en la redacción de las leyes.

O también puede dar un golpe de estado como hizo Franco y luego hacer lo que le salga de los mismísimos huevos con las leyes.

Pero si se queda de juez o de secretario judicial estaría bien que respetara las leyes que ha aprobado la soberanía nacional en vez de interpretarlas vergonzantemente.

Dicho sin acritud y con ánimo constructivo.

 

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  1. #20
    08/05/15 07:59

    En los edictos se dice que se puede consignar también a través de AVAL BANCARIO y los subasteros sabemos lo que esto significa, ya que no creo que los particulares o los que vayan a una subasta esporádica hagan un aval bancario para participar con una consignación al 5%. El aval bancario, para quien no lo sepa, sólo se emite para un procedimiento en concreto, no se puede utilizar para nada más, pues en algunos juzgados me retenían los avales bancarios hasta una semana, sin ser adjudicatario, ni reservista, ni nada. Esto se llama ganas de joder, fastidiar, tocarte la cara porque puedo, etc.
    Otra aclaración sobre cuando pongo +-+, es que soy muy vago, o estoy muy harto de buscar datos concretos y para no tener que buscar el dato concreto, de fecha o cantidad, pongo esta aproximación. Saludos.

  2. en respuesta a Bender
    -
    #19
    08/05/15 00:47

    Te contesto por lo que dices que es caro el burofax. Por desgracia en el año 2.014 y lo que va de año 2.015 he tenido que enviar unos pocos y te diré que son baratos; hay varias compañías que ofrecen este servicio, pero sin permiso de Tristán no quiero decir cuales son. Los envío todo a través de internet, sin moverme de mi oficina; si conozco el correo electrónico del destinatario me cuesta +-+ 4 €, con varias páginas pdf. fotos y otros, por supuesto con acuse de recibo tanto de texto como el resto de contenidos, dando fe de haberlos entregado, estos burofax valen para juicio y notificación. Si no conozco el correo electrónico del destinatario, los envío por el mismo cauce y hacen la entrega de forma presencial, con firma de quien lo recoge, etc. este método me sale aproximadamente en 25 €, pero lleva mucha documentación adjunta, creo que es un buen precio para el servicio que dan y sin moverte de tu casa u oficina. Saludos.

  3. en respuesta a W. Petersen
    -
    #18
    08/05/15 00:26

    Yo siempre he defendido que el burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, aunque escuece el pagar su importe, es mano de santo frente a futuras reclamaciones.

    Sobre el cabreo al hablar con el servicio de "desatención" al cliente de las teleco, siempre cabeza clara (consejos vendo que para mí no tengo), y nunca aceptar respuestas telefónicas. En el peor de los casos, merece la pena enviar un burofax de desistimiento dentro de los siete días naturales, bloqueando datos y advirtiendo de medidas legales planteables por los allegados en caso de agravamiento de su salud. Yo ya lo he hecho con un par de parientes ancianos (por mi madre viuda, lo que sea, h****s de la g***n p*) y da un buen resultado. Y si no lo da, os estoy esperando ...

  4. en respuesta a W. Petersen
    -
    #17
    07/05/15 22:23

    Si yo te contara lo que me ha pasado con una compañía de teléfono que hasta hace más o menos un año para mí era excelente, hoy les tengo contratada 4 líneas, pero antes les tenía 5 y para dar de baja una.... no lo cuento porque creo no es el blog para eso, pero que difícil te lo ponen, con lo fácil que es. Saludos.

  5. #16
    07/05/15 22:12

    Hay otros juzgados, en toda España, que, y que no sirva como norma, cuando hago una consigna por valor de un ejemplo: 10.000 € y lo ofrecido por mí para el bien subastado es de 5.000 € por ejemplo, pido sobre la marcha se me haga la devolución por la diferencia, ya que lo que yo he ofertado es el máximo que voy a dar, aunque haya hecho una consignación por imperativos legales de mucho más; bueno pues he de decir que todos y digo todos los juzgados hasta hoy me lo han aceptado y me han hecho la devolución por la diferencia, quedando depositado sólo la cantidad ofrecida. Así, es como creo que se deben hacer las cosas, con sentido común. Saludos.

  6. en respuesta a W. Petersen
    -
    Top 100
    #15
    07/05/15 22:09

    España cañí

  7. en respuesta a mfmelo
    -
    Top 100
    #14
    07/05/15 22:09

    Es una vergüenza que tengamos que depender de gentuza así que desde que aprobaron su oposición no han vuelto a dar un palo en su vida.

    Me refiero solo a los que actúan así de irregularmente y que llavan a cabo su trabajo con semejante desidia, porque es evidente que son una mini minoría.

  8. #13
    07/05/15 22:00

    El juzgado peor de todos para las devoluciones, para otros asuntos es muy bueno, es el juzgado de primera instancia nº 12 de Sevilla capital; los funcionarios que allí trabajan, lo hacen de puta madre, pero como la devolución es de la Señora Secretaria, pues me da pánico cuando sale una subasta tan interesante que no puedes dejar de ir e intentar comprar el chollo, pero nada que no hay nada que hacer. SEÑORA DEME MI DINERO, LA OSTIAS, JODER, ME CAGO EN TOOOO. Parezco una persona loca y mal hablada, pues no, pero esta SJ. hace caso omiso a las devoluciones, que yo no soy el adjudicatario o peor aún en la mayoría de ocasiones QUE LA SUBASTA SE HA SUSPENDIDO (OSTIAS YA). Perdonad de nuevo y saludos.

  9. Top 10
    #12
    07/05/15 21:41

    Ya sé que no tiene nada que ver ... pero esta misma mañana, he tenido una pelotera con una "teleco", a la cual y a su sede social le mandamos un burofax, un día 15 a primera hora, recepcionado por la compañía, a última hora del mismo día ¿tú has hecho caso al burofax? pues ellos tampoco. Entonces al reclamar porque me manda la factura de algo que se supone que hace 40 días que se comunicó la baja contractual, se indica que las comunicaciones a la compañía tienen otro procedimiento, se hace por teléfono y te asignan un número de expediente, que mandar una comunciación a la sede social de la empresa no sirve, no es la forma. Ante mi asombro he vuelto a llamar, a ver si "cogía" el teléfono otro operador un poco más avezado, pues no, lo mismo .... un burofax no es el sistema ...... al final ya cabreado como una mona, he preguntado ¿esta conversación se está grabando verdad? me comentado que si, ya que se había advertido al inciarla, .... pues "tome nota" (y sé que no vale de nada) ... que yo sepa las leyes en España la promulga el parlamento o el gobierno mediante decretos-Ley, por tanto si no les agrada la actual regulación de comunicaciones, ya saben "en la Carrera de San Jerónimo" de Madrid, hay un parlamento y tienen todo el derecho a acudir, solicitando que se modifique dicha regulación, mientras tanto van a cumplir la Ley !!!!

    Nada, por si fuera poco, querían dar la baja con fecha de hoy ... ya, y yo soy más tonto de lo que parece, si acepto esto, podría estar invalidando el burofax de hace casi 2 meses.

    Ya ves, otros que hace "su Ley" .... como los de tu ponencia.

    Cuando al final he llamado a la SETSI (el regulador del Ministerio en tema telecos) alucinaban, si el burofax es la forma más fehaciente que existe, casi con el mismo rango que una comunicación a través de notario !!!!

    El problema que tengo ahora es que para reclamar esto (las facturas incorrectas) me va a costar más la herramienta que el agujero !!!!, aunque me la haga yo mismo perderé hora y pico para reclamar al SAC de la compañía, y hora y media luego para la SETSI, caso de que el SAC me mande al cuerno ....

    Ya ves, tu juzgado no es el único que se pasa las leyes por donde le apetece !!!!

  10. #11
    07/05/15 21:40

    Hace poco lo mencioné en el blog, me han llegado a tardar de forma continuada hasta 6 meses, así que ahora estoy muy contento, porque antes, cuando la consigna era al 30% e imperaba la norma de no devolución hasta que se aprobara decreto (antes auto), tenías siempre, si querías estar en subasta, unos 200.000 € (doscientos mil euros) para este menester, lo pongo en letra también para hacer ver que no es una equivocación; ahora al menos, aunque haya algún juzgado que se atrase, estamos en un 5% del tipo, por ello quiero felicitar al PSOE, ya que al final hizo algo medio regular; Cuando participaba en una subasta, y no era el adjudicatario, ya llevaba preparado el escrito para pedir la devolución y todas las semanas le hacía un escrito al juzgado, por lo que los escritos los tengo clasificados como: devolución consigna juzgado XXX.1 y xxx.2 y xxx.3 etc. No es una broma, los que se dedican a las subasta judiciales saben que es cierto lo que digo.
    Voy a decir el juzgado, porque ya hace algunos años (tengo los escritos) juzgado de primera instancia e instrucción nº 3 de Sanlúcar la Mayor, pues me tardo +-+ un año en una consigna de +-+ 50.000 €, se le apercibió con meterle un delito penal, pues hasta que no puse abogado y procurador y fuimos a por el SJ por lo penal no me devolvió la consigna, pero es que encima la subasta se había suspendido, doy mi palabra que no he vuelto a ir a ese juzgado, creo que el enfermo del SJ, ya no está (es que este SJ en verdad estaba enfermo, e iba al juzgado uno o dos días al mes) y sólo él tenía poder para la devolución. No digo lo que pienso de aquel secretario, que me imagino que como todos tendrá madre. Iré contando más anécdotas de las devoluciones. Perdonad y saludos.

  11. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #10
    07/05/15 15:48

    Ahí está la gracia y el as en la manga del SJ: antes de la subasta, difícilmente podrás impugnar el edicto porque no eres nadie en el proceso, y después te dirán que al participar aceptabas las bases de la misma...
    Habría que echarle narices, pedir la devolución e ir recurriendo la denegación en base a esa palmaria infracción procesal.
    Saludos,

  12. en respuesta a ismaelcosla
    -
    Top 100
    #9
    07/05/15 13:15

    Al contrario, ismaelcosla, lo que dices es de lo más sensato.

    Por eso no se hace.

  13. #8
    07/05/15 13:07

    Yo que no tengo ni idea de subastas y que leo este blog porque me parece un mundillo apasionante, flipo con estas cosas. Al final, como siempre, el perjudicado será el deudor. Se presentarán menos postores, con lo cual la cantidad final será menor y por lo tanto, si hubiera algún resto que podría beneficiar al deudor, cada vez habrá menos.
    No entiendo como esto de la subastas inmobiliarias no se hace mucho más fácil, o que se encargue un departamento por cada provincia de hacerlo. El Departamento Subastero, recibe la documentación de los inmuebles, los publicita al máximo, se realiza la subasta, cuanta más gente mejor. Se hace todo el papeleo y fuera. El juzgado se libra de este coñazo de las subastas, los interesados tendrían toda la información y el tramite sería más profesional. El Departamento Subastero se queda un pequeño porcentaje para cubrir sus gastos o se impone una pequeña tasa...
    Espero no haber dicho ninguna barbaridad fruto de mi desconocimiento de este mundo.
    Un saludo y gracias por el blog

  14. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #7
    07/05/15 13:00

    Ya, pero... y después?? y si participas y no te la adjudicas y se quedan con la pasta?? No sería razonable cabrearse y meterles un puro?

  15. #6
    07/05/15 12:58

    Menos lobos...;)
    El problema es que puede interesarte por si has pujado, así que antes de la subasta quizás no tenga sentido impugnar el edicto.

  16. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #5
    07/05/15 12:32

    Nadie lo ha hecho porque los subasteros somos unos pringados y si la secretaria nos dice que ya lo había avisado en el edicto y que se queda las fianzas, pues a tragar porque somos gilipollas...

  17. #4
    07/05/15 12:26

    Me lo temía, a saber desde cuándo, y si nadie les ha enmendado aún la plana.

  18. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #3
    07/05/15 11:23

    No creo que sea único en ese juzgado, sino que deben hacerlo así en todas sus subastas. Cada maestrillo tiene su librillo y por lo visto éste es así de raro.

  19. #2
    07/05/15 11:08

    A mi lo máximo que me ha pasado es que la secretaria se ponga "mala" y tarden una semana y pico en devolverme el depostio... Aunque tengo constancia de compañeros que se les ha retenido el deposito después de que hicieran la mejor postura. El motivo fue la contariedad en las costas que hasta que no se resolviese no se devolvía el deposito pese a saber que ya no se lo quedaría...

  20. #1
    07/05/15 08:24

    Buenos días, en efecto, el 655.2 LEC proclama que será aplicable supletoriamente la regulación para muebles.
    Lo que me extraña es que sea un caso único, ya que, precisamente, u problema habitual con los edictos es que utilizan la misma plantilla siempre...
    Saludos,

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