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Inermes ante el error judicial

Subastas judiciales. Inermes ante el error judicial

¿Por qué los juzgados hacen los trámites de maneras tan distintas ,unos tan bien y otros tan rematadamente mal?

No puedo resistir la tentación de publicar el relato de Carlos acerca de otro error, este por duplicado, que le tuvo de visita perpetua en el juzgado durante doce meses, nada menos.

Os dejo con el relato:
(...) es el gran problema de la Administración, que es un ente impersonal, incorpóreo, donde las personas que trabajan allí no son responsables; en cualquier otro ámbito de la Sociedad las personas, empresas, etc. tienen que responder de sus actuaciones, ventas, etc., piénsese en la cantidad de seguros de responsabilidad civil que tienen suscritos los comercios, profesionales liberales, etc.

Yo sufrí un error en mis propias carnes: Subasta de un piso en Daimiel (juzgado pequeño, juez, secretario, 2 oficiales civil y 2 de penal, de andar por casa)
Me lo adjudico (solo estábamos el procurador del banco y yo) y al cabo de tres meses recojo el auto de adjudicación y los mandamiento de cancelación y me voy al Registro.

Tras casi dos meses me comunican del Registro que no lo pueden registrar y me devuelven el auto. Causa: la Secretaria del Juzgado se equivocó haciendo las cuentas de las cantidades de hipoteca, intereses, sobrantes, etc.

Ligeramente cabreado (ya habían pasado casi 6 meses desde la subasta) me voy al Juzgado con la idea de que van a hacer una simple adición al auto rectificando las cifras y listo. Pero al cabo de casi un mes y tras varias llamadas y visitas me comunican que no pueden arreglarlo así porque el auto es firme y que para solucionarlo hay que solicitar con abogado y procurador la nulidad del mismo, retrotraer todas las actuaciones, que el banco devolviera la cantidad cobrada de la subasta, etc. y volver a hacer un nuevo auto con las cifras correctas. Todo esto con los plazos de comunicaciones, devoluciones de correos, etc. correspondientes.

Tras tener una conversación tensa con la secretaria y el juez deciden que, en atención a las circunstancias, harán todos los trámites ellos mismos, sin necesidad de abogado y procurador.

Tras casi 9 meses de llamadas, visitas (casi me ponen una mesita allí y ya me confundían con un funcionario nuevo) insistencias, cambio de Secretaria por traslado, etc, consigo el nuevo Auto y me fui corriendo al Registro, rezando por el camino .... y a los dos meses me lo entregan con todas las bendiciones.

El piso lo vendí y económicamente fue una buena operación.

Resultado del error de la Secretaria: UN AÑO extra sobre los 8-9 meses habituales, con los consiguientes dolores de cabeza, gastos de comunidad (me pilló una derrama de caldera de calefacción), etc.
 
 
 
He mencionado más arriba que este era un relato sobre un doble error. El primer error es haberse equivocado con las cifras de la deuda, los intereses, el precio de adjudicación y las cantidades entregadas al acreedor, nada que se salga de lo normal. De hecho, hay que ver cómo se nota que esta gente es de letras en función de lo mucho que se equivoca con estas sumas. Es el pan nuestro de cada día.

Como también es el pan nuestro de cada día que los adjudicatarios vayamos del Registro al Juzgado y de éste al Registro otra vez, como de la ceca a la Meca, incluso varias veces seguidas. Así hasta que notarios y registradores se pongan de acuerdo con todo lo que deba contener un auto de adjudicación.

Pero lo que no es normal, y aquí viene el segundo error, ante el cual el adjudicatario no es más que un simple mortal que observa inerme los juegos de los dioses, es que este pequeño e insignificante error no se resolviera con una simple adición (una especie de "donde digo Diego quiero decir... ") sino que juez y secretaria pretendieran que el adjudicatario se personara con abogado y procurador y todo comenzara otra vez desde el principio.

¿Qué opináis? ¿Veis lógico que haya unos comportamientos tan dispares entre unos juzgados y otros? Que unos lo resuelvan con una adición que se hace en media hora y otros casi pongan el juzgado patas arriba para solucionar el mismo error.
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  1. Top 100
    #6
    02/11/09 11:07

    Empleado, tienes razón, donde dije "notarios" quería decir juzgados. En cuanto al reparto de culpas, es cierto que en los registros son más serios y que los juzgados son un desastre pero, de vez en cuando también te encuentras a algún registrador pejigueras, de esos que se la cogen con papel de fumar.

  2. #5
    Anonimo
    31/10/09 11:32

    Solución para que funcionen los juzgados y todas las administraciones publicas:
    Trabajar con resultados anuales si no llegan aun determinado numero de procedimientos terminados tanto jueces como secretarios y oficiales todos a la puta calle sin contemplaciones.
    Cuanta gente preparada hay sin trabajar que daría mucho mas de si haciendo ese trabajo,y sabiendo que si no cumple con su trabajo ira ala puta calle también en poco tiempo.
    Cuantas veces me tengo que tragar la ignorancia de secretarios prepotentes, que es lo que ellos digan sin tener ni puta idea muchas veces de lo que hacen,tanto indefensión para el demandado como para el adjudicatario, (a mi la dejadez de secretarios me ha hecho triunfar muchas veces, comprando propiedades con cargas que no existían y una indefensión para el ejecutado por no haber sobrante) y de los funcionarios de justicia ya mejor no hablar parásitos en el 80 % de los casos, funcionaros hay funcionarios excelentes en muchos juzgados amables te informan , pero la mayoría pasan de todo , como vayas mucho al juzgado ya te miran mal por que les das mucho que hacer.
    Resumiendo como hago yo en mis empresas, si no sirves a la puta calle sin contemplaciones, es duro pero es la única manera de que algo funcione.

  3. #4
    Anonimo
    31/10/09 09:53

    &Quot;Así hasta que notarios y registradores se pongan de acuerdo con todo lo que deba contener un auto de adjudicación."
    Perdona Trstan pero esta vez no lahs clavado, es que ni te has acercado:
    Que tiene que vez un Notario en un auto de adjudicación?
    Y en cuanto al Registrador, solo pide que los documentos contengan los datos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
    Si los funcionarios de los Juzgado no lo saben, para eso esta el Scretario que es quien firma el testimonio del auto, y ha "supervisado" todo el procedimiento......
    No metas a todos en el mismo saco, por favor, tu blog es lo suficientemente bueno que es leido por muchas personas que pueden llevarse a errores

  4. Top 100
    #3
    30/10/09 16:50

    Hola FCALVO, yo creo que Carlos se refiere más bien a esto último, que no se indicó en el auto si hubo o no sobrante.
    O quizá hubo un error más garrafal, como por ejemplo que con una hipoteca de 15.000€ y con un precio de adjudicación de 200.000€, el auto diga que no hubo sobrante. En este caso, no hacen falta más datos pues salta a la vista que se ha cometido un error.
    En fin, no se, lo mejor es que él mismo se explique, que seguro que no anda muy lejos.

  5. #2
    30/10/09 16:31

    Increíble.

    Tan increíble que me cuesta trabajo creerlo.

    En tanto años que llevo en el mundo de las subastas y después de haber visto tantos testimonios de autos de adjudicación, y de haber tenido mil problemas con los registradores y con los juzgados por la redacción de los autos, jamás un registrador ha evaluado la liquidación de intereses y costas de un procedimiento, cuya responsabilidad es solo y exclusivamente del secretario judicial.

    Y digo esto porque no dispone de información para poder hacerlo. No sabe ni el tiempo sobre el que calcular los intereses, el tipo de los intereses ordinarios y el tipo de los de demora. No conoce los justificantes aportados al pleito por el abogado y el procurador ni de sus minutas ni de los gastos asociados al procedimiento.

    Tiene que haber otro motivo que el anónimo no dice. Me gustaría conocer el escrito del registrador calificando el documento.

    Hay dos cosas que hay que tener muy en cuenta en todos los testimonios y mandamientos de cancelación. Uno que "sea firme" y dos "si ha habido o no sobrante", porque si ha habido sobrante el secretario tiene que retener para pagar a quienes tengan su derecho inscrito o anotado con posterioridad al ejecutante, al ejecutado o tercer poseedor y esto tiene que decirse claramente en el testimonio.

    Saludos cordiales

    Francisco Calvo-Admninistrador
    www.subastasunicas.es

  6. #1
    Anonimo
    30/10/09 10:29

    Hola a todos. Yo personalmente también he sufrido esa situación decimonónica en que uno se convierte en un emisario de adiciones, rechazos de Registro, etcétera, lo que parece penoso, en un tiempo de Administración electrónica y contando el Estado con mensajeros propios (Parque Móvil del Estado), que podrían comunicar sin más a Registro y Juzgado para resolver sus errores.

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