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Venta acciones subsidio 52 años
Los cálculos mensuales, nunca anuales.Divide la plusvalía de las acciones que ha vendido ese mes entre 12 y a ese cociente le suma el resto de rentas mensuales.
franjgr10/09/25 12:29
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Venta acciones subsidio 52 años
La venta de las acciones sería como ha dicho.Pero las rentas hay que mirarlas mensuales, si tiene 6000 euros mensuales es causa de suspensión del subsidio un mes.
franjgr13/08/25 23:02
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Subsidio mayores de 52 años y depósitos de larga duración
Efectivamente
franjgr13/08/25 14:47
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Subsidio mayores de 52 años y depósitos de larga duración
Ni TAE ni TIN.Con el bruto
franjgr13/08/25 12:38
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Subsidio mayores de 52 años y depósitos de larga duración
El interés mensual del depósito Tendrá que calcularlo
franjgr19/06/25 17:30
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Venta acciones subsidio 52 años
Los pagos únicos, como las ventas, se dividen entre 12 y el cociente se imputa al momento de la venta y sólo a ese mes
franjgr04/05/25 23:02
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Herencia piso y subsidio +52
No.Lo que usted entiende por beneficio sólo es una parte de la "vida" de esa propiedad.La herencia es una ganancia patrimonial y por lo tanto un beneficio, así de declara en el impuesto de sucesiones. Pero para el subsidio no es una renta si ese subsidio nació antes del 01/11/2024.Tener una propiedad que no sea la vivienda habitual y que no está alquilada, supone, tanto a efectos fiscales como del subsidio, una renta presunta, a efectos de la declaración de renta del 1,1% o del 2% según si el valor catastral está revisado o no y a efectos del subsidio del 3,25%. Esto si quiere puede entenderlo como una penalización del estado a la existencia de propiedades vacías, no es un beneficio real, pero existe.
franjgr04/05/25 08:23
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Herencia piso y subsidio +52
Si cobraba el subsidio desde antes de noviembre de 2024, heredar propiedades inmobiliarias no se considera una renta.Solo debe preocuparle el rendimiento presunto. 3,25% anual del valor catastral (de la parte de que es propietaria).
franjgr02/05/25 22:49
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Herencia piso y subsidio +52
Depende.Eso le hace superar rentas? Entonces si. No las supera? Entonces no.El propio hecho de heredar supone una ganancia patrimonial y por lo tanto es un beneficio para el subsidiado, otra cosa es que el importe sea pequeño o que el SEPE lo considere exento.Ante la duda comunicarlo y que sea el SEPE el que diga que no hay problema.
franjgr09/04/25 23:29
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Duda Declaración de la renta. Subsidio mayores de 52 años agrario
Si no tiene ninguna interrupción a lo largo del año debe haber cobrado 5760. A veces hay errores en la comunicación de datos a hacienda, a mi me pasa todos los años con un banco en concreto.Ponga los datos reales y no los que aparecen en los datos fiscales, hacienda no le va a poner ningún problema por declarar más de lo que figura en los datos fiscales.