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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
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#3046

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Pues sí que te entiendo , yo comencé con bloqueos peridurales en las cervicales, infiltraciones, botox.. .Estás en la Unidad del Dolor? . A mí ya me dieron el alta porque ni respondo a las técnicas invasivas. Después de unos años ya, lo único que me aliviaba algo era el botox y ya por último ni eso. Y eso que el dolor era una patología más porque mi IP era fundamentalmente por temas mentales. Pero el dolor desquicia y la mente ya dice basta. Más en tu caso que hacías trabajo físico . Yo me desgracié trabajando en una silla , 0 ergonomía. Al final repites los movimientos y te fastidias. Pero eso lo sufre uno.
#3047

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Si estoy en la unidad del dolor lo que pasa que las citas te tardan una eternidad igual que la de facetas lumbares
En el hombro Izdo tengo una pequeña rotura y calificación, me limpiaron la calificación después de no hacerme nada las ondas de choque, pero tengo mucho dolor de hombro, y no se si sigue la calificación o no pero me duele más que antes. 
La empresa después de haberme la seguridad social la Iptc me da la enhorabuena por conseguirla, unos verdaderos impresentables
#3048

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola Alberto, cuántos años tienes cotizados exactamente para ver a qué edad te puedes jubilar y si tendrías alguna penalización.

Un saludo 
#3049

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

35 años y 8 meses
#3050

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Gracias José Luis, yo soy nuevo, pero llevo más de dos años siguiéndoos. Sé de tus anginas, yo tengo taquicardia sinusal inapropiada, además.. Así que sé lo que es tener el corazón como una moto.. Ivabradina y Bisoprolol. Ánimo... Tengo 38 años cotizados , 60 años y meses . El tema , que se me ocurrió consultar a Fidelitis pero ellos me vieron como un posible cliente, es el de la situación de asimilado , y el tiempo para la jubilación ordinaria. Pues mi Ipt es de principios de 2024 y ya llevo con ella dos años. Esos casi seis meses son los que me bloquean la jubilación ordinaria a los 65. Porque si no , la otra , es aguantar y con 62 y medio alta en autónomo unos meses. Y a los 63 y medio, que baja bastante la penalización por anticipada, pues me doy la tranquilidad de preocuparme por todo lo que llevo , que al igual que vosotros, no es poco. Como para estar pensando además en la Seguridad Social .
#3051

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

La verdad Alberto es que lo tienes bastante bien estudiado y has dado con la clave de las posibles soluciones.

Yo creo que hace poco estuvimos debatiendo si puedes pagar tú las cotizaciones a la seguridad social teniendo una IPT y desde mi punto de vista no se puede hacer pero la información que circula por internet es muy contradictoria y puedes encontrar de todo. Me imagino que los que mejor te pueden informar son los del SEPE, ellos podrían estudiar como cotizar ese medio año o si te vale la otra solución que propones, cotizar medio año como autónomo en algo compatible con la IPT para que sigues teniendo ingresos y no la suspendan o la extingan.

Obviamente te podrías jubilar con el 100% de la pensión si logras cotizar ese medio año y lo haces con 65 años. Como bien dices una edad óptima son los 63,5 años, la penalización baja bastante.

Si no pudieras poner solución a ese medio año la edad tendría que ser los 67 años con 100% de la base reguladora de la jubilación ya que has cotizado más de 37 años.

Un saludo 
#3052

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

En tu caso tendrías que esperar a los 67 años y cuando te calculen la pensión de jubilación tendrías una pequeña penalización por haber llegado a los 37 años, esto hace que baje como un 3 o un 4% la base reguladora de la jubilación ordinaria, cobrarías el 96 o 97% de ella aproximadamente.

Un saludo 
#3053

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Gracias José Luis, sí que es contradictoria la información . De Derecho Administrativo entiendo algo pero en tema Seguridad Social ni he querido entrar porque me pone malo nada más ver esa legislación , más cuando estás metido en una incapacidad. En la web de Fidelitis encontré una información al respecto. Transcribo "Pero sí cuenta como periodo asimilado (no cotizado, pero reconocido), por lo que se tiene en cuenta para ciertos cálculos, como los años necesarios para acceder a la jubilación ordinaria". Yo , inocente de mí, les mando un correo y les digo si es cierto o no, porque yo legislación sobre eso no encuentro..Sobre bases sí .. Pero mando un email y ellos ven "posible cliente" , que les diga mi teléfono. Pues no, gracias, ya les he respondido que no busco abogado por lo pronto, que solo quería saber el fundamento jurídico de ese comentario. Que si no lo tienen , mejor que borren eso de su web.
Así que , sinceramente, lo mejor va a ser ir , cuando tenga fuerzas a visitar a la Seguridad Social y hacer la consulta; como así bien me aconsejas. Saludos.
#3054

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Buenos Días Alberto, respecto a buscar esos 6 meses y de lo que comentas de alta en autónomo, me entra la duda de que al ser régimen diferente ( RETA ), si es válido para el régimen general. Me entra la duda porque como yo tengo pluriactividad ( RETA + Régimen General ) y estoy a la espera de IP, a la hora de calcularlo no se suman las bases, cada régimen va por su lado, hay que cumplir los requisitos en ambos sitios y a la hora de jubilarse me entra la duda de si se cotiza en el Reta, te lo suman en el General??, y en cuanto a la falta de cotizaciones leí que se puede echar mano de la mili, no sé si es tu caso pero hay gente que le está sirviendo, para sumar esos meses que te hacen falta.
#3055

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola Alex, si se pueden sumar siempre que no hayas está en los dos regímenes a la vez, cuando los has simultaneado, casa día cuenta por un día pero se suman las dos bases de cotización.
Si han sido en periodos diferentes pues se suman sin problemas.
El servicio militar no vale para incrementar el tiempo cotizado en un año, solo vale para que la penalización sea menor en el caso de la jubilación si no has llegado a los 37 años cotizados.

Un saludo 
#3056

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Buenos días a todos.

A mi marido le dijeron que el año de servicio militar no cotiza, que solo lo podía añadir a su vida laboral para alcanzar años exigidos  para la jubilación en el momento de la solicitud y que solo lo puede utilizar para jubilación anticipada nunca para la ordinaria.

Añora no puede utilizarlo pues está con expediente de IP.


#3057

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Buenos días amigos
A ver si alguien me puede ayudar! 🙏🏻 
Desde el 31/10/25 tengo una solicitud de revisión por agravamiento de incapacidad permanente en Lugo, escribi varias veces al buzón del correo de la seguridad social y contestaron varias veces el 27/1/26 PENDIENTE DE SER TRATADA POR LA UNIDAD CORRESPONDIENTE,el 5/2/26 PENDIENTE DE TRÁMITE y el que envié el 13/2/26 no contestaron,alguien puede saber porque o si les ha pasado similar,varias personas me han dicho que es porque está en resolución o firma
#3058

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola Alfobu.

No sé cuánto tiempo ha pasado desde que rompieron la calcificación, te cuento mi experiencia.
Yo soy propensa ha tener calcificaciones.

La primera vez cuando me la rompieron porque no la podían absorber ya que según me dijo el médico hay algunas que pueden absorberlas con la aguja porque son más blandas y otras son duras como una pared y  no pueden, ese es mi caso.
 Me la rompieron un poco pero no pudieron absorberla luego estuve un par de meses con un dolor horrible y fui al cirujano para que me hiciese lo que quisiese con el hombro. Me dijo que ese dolor tan intenso posiblemente desaparecería que era porque se estaba absorbiendo el calcio y que era muy doloroso, que desaparecería ese dolor insoportable y así fue.

Ojalá sea tu caso.

Un saludo.

#3059

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Te comento que , por lo menos , si metes ese periodo cotizado en el simulador de Tu Seguridad Social; esos meses, pues , da igual si como autónomo o no , la edad ordinaria te baja a los 65 años en mi caso. El tema del autónomo lo veo como lo menos malo dentro de lo existente, que es nada, en mi caso. Al. bajar la ordinaria , ya simulas la anticipada. Nunca a los 63 justos. Aguantas a los 63 y medio y ya bajas del 10% de penalización.

Por otro lado, como ya publicaba cosas como escritor cuando mi salud me lo permitía, mi periodo de tiempo como autónomo lo aprovecharía para subir novelas que en su momento no me animé a publicar. Puedo acreditar por tanto mis publicaciones anteriores, y , mi alta la aprovecharía para subir trabajos anteriores. Lo veo por tanto , completamente legal.... La injusticia la veo en que los periodos de IPT no cuenten ni como años para el cómputo. Al menos tendrían que meterlo así y con unas supuestas cotizaciones mínimas. 

Yo , desde mi ignorancia, te sugiero que entres al simulador y hagas las cuentas. Saludos.
#3060

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Siento no poder ayudarte, es mi primera IPT... He estado con varias bajas anteriores a ella pero jamás me la dieron ni la pedí. La mía fue de oficio.

Tal como están las cuentas que hace esta gente, que se alarman ahora por un problema que veíamos todos desde al menos los ochenta, pues las absolutas las van a restringir todo lo que puedan y más. Tienen que aguantar una década al menos, para que vayamos pasando con San Pedro .Me da a mí que las absolutas se concederán prácticamente todas vía juzgado; ojalá me equivoque . Así van desanimando y alargando los procedimientos.

Los funcionarios cumplen órdenes. Seguramente ven realmente cómo está tu trámite, pero ni ellos te van a decir cómo se mueve tu expediente. Porque lo ven y hasta vergüenza les dará.