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Obligaciones Subordinadas CAIXANOVA-- ¡Por favor, entrar!

71 respuestas
Obligaciones Subordinadas CAIXANOVA-- ¡Por favor, entrar!
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#65

Re: Obligaciones Subordinadas CAIXANOVA-- ¡Por favor, entrar!

Buenos días, por decir algo.

Me acabo de enterar aún ahora de que mi abuelo también tiene preferentes de este banco. Voy ahora a la sucursal con el a hacer una primera toma de contacto a ver como está el tema. ¿Sabéis si el banco tiene la obligación de facilitarnos una copia del contrato, o era responsabilidad de mi abuelo conservar su copia?

Saludos

#66

Re: Obligaciones Subordinadas CAIXANOVA-- ¡Por favor, entrar!

Tienen que darte copia de toda la documentacion. A lo mejor en la oficina se hacen los suecos pero si pasan de ti eso se soluciona pidiendole la documentacion al SAC.

#67

Re: Obligaciones Subordinadas CAIXANOVA-- ¡Por favor, entrar!

Gracias por la respuesta. Al final he ido allí y he conseguido todos las copias de lo firmado, tenencia de valores, test etc. En el test por supuesto aparece como No conveniente. Según me ha dicho el propio comercial del banco, en principio Arbitraje va a dar la razón a clientes con el perfil de mi abuelo y tendrán que devolverlo. Por lo de pronto yo me quedo con todas las copias y no tengo intención de firmar nada nuevo para suscribir ningún tipo de canje.

A ver como se desarrolla la cosa y cual es el siguiente paso..

#68

Re: Obligaciones Subordinadas CAIXANOVA-- ¡Por favor, entrar!

¿Arbitraje? vamos a ver .... por lo que parece la idea es reclamar a "consumo" y que se lleve a un arbitraje, y el señor éste incluso opina que van a dar la razón a los clientes ... pues mira bien .... plas, plas, plas ..... para el comercial éste, tipo listo dónde los haya ......

Primero: Esto de un arbitraje de consumo solo es obligatorio si la parte reclamada está adherida, lo cual dudo que ocurra con este banco, o cualquier otro, si no está adherida tendrá que aceptar dicho arbitraje, cosa que me temo no va a ocurrir .... los bancos tienen dos, en algunos casos 3 "arbritros" a los que si están sometidos por ley, por el mero hecho de desarrollar una actividad bancaria regulada.

1 - El Servicio de Atención al Cliente (SAC) que todos los bancos, cajas y cooperativas de crédito deben tener, es un departamento propio del banco, pero independiente, al menos en teoría, que tras escuchar a las partes, solo por escrito, determinará si otro departamento, sucursal, o empleado actúo de forma contraria a las leyes, normas o incluso instrucciones internas del banco. Este departamento solo evaluará documentos, escritos, conversaciones telefónicas grabadas que también tienen valor de contratos, y no determinará nada basado en manifestaciones del cliente, que si me dijeron, y yo les dije ....etc., etc.

2 - El Defensor del Cliente, que no todos tienen, con disponer de un SAC se cumple la ley, pero muchos bancos tienen este servicio adicional, es un señor o señora independiente, normalmente un ex juez (no estoy completamente seguro) que actúa de la misma forma que el SAC, pero es obvio que al ser externo es mas independiente.

Hay bancos que reparten las cosas entre el SAC y el Defensor en función de los importes reclamados, por ejemplo hasta 100.000 el defensor y mas de esto el SAC, o al revés ...

Otros permiten que uno vaya al que quiera, o si lo prefiere primero al SAC y luego al Defensor.

Tanto el uno como el otro, lo que deciden obliga al banco, es vinculante, si decide que tienes razón pagan, pero obliga al banco repito, no te obliga a ti, que puedes aceptar su resolución o no.

3 - Si la resolución no es de tu agrado, o no responden en un plazo de 2 meses, entonces, solo entonces y no antes, te alberga el derecho de ir a pedir un informe al Banco de España o a la CNMV, depende de la cuestión, si es una cosa de cuentas corrientes, comisiones, hipotecas, depósitos en cuenta, imposiciones, pues al Banco de España, si es una cuestión de valores, y las preferentes, subordinadas, bonos, obligaciones, acciones, son valores, y luego la competencia es de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), pero esto tiene una importancia relativa que no supone mas que perder unos días de tiempo, si uno manda algo al BdE y toca la CNMV pues se lo remiten, y al revés también, pero como reciben quejas a diario lo que puede suponer es perder algo de tiempo, y esto tampoco interesa mucho.

Y el cuarto lugar, es al que todos los ciudadanos y empresas estamos sometidos, la justicia ordinaria, ya sabes, un juez, unos abogados ..... si es un tema penal (y no es el caso) un fiscal, si tras el juicio una de las partes recurre a una instancia superior (Audiencia Provincial) un tribunal de tres jueces .....

Entonces ..... esto del arbitraje, pues si es cierto (yo lo dudo, pero por posibilidades vete a saber .....) serás una excepción, porque en el 99% de los casos las cosas van de otro modo, y es el sistema que te indico ....

Seguimos con el Banco de España o la CNMV .... éstos carecen de la facultad de obligar a nadie, emiten informes, recomendaciones ..... afirman o niegan que tal cuestión es una mala práctica bancaria, o es una ajustada a lo que espera de esto tipo de actividades empresariales, no obstante una recomendación o un informe de estos dos organismos reguladores de los mercados económicos, no es ninguna tontería, en muchas ocasiones la parte afectada negativamente por el informe (si es el caso) lo cumple, hay ocasiones que no, pero son muchas mas las que lo hace que las que no. Y tampoco pueden determinar el alcance de los "dimes y diretes" esto de probar palabras, manifestaciones, me dijeron ... les dije ... está reservado a los jueces, creo que lo llaman "prueba testifical" (o algo así, yo no soy abogado, si bien algunos conocimientos tengo por mis estudios mercantiles, habían un par de asignaturas de estas cosas, pero solo referidas a derecho mercantil).

¿Y si al final se pasan por el forro el informe? legalmente lo pueden hacer, al igual que el afectado disconforme, ir a un juez a ver que opina, y es mas que evidente que ir ante su señoría con un informe de la máxima autoridad en la materia que dice que tal entidad actuó mal en esto, aquello y lo otro, pues tiene un pinta de medio juicio ganado de la leche, entonces ya solo falta un abogado listo con una adecuada estrategia para que gane el otro medio .... jejejeje .... con medio juicio no cobras, es necesario ganarlo enterito....

Imagina que se cae una casa, y los propietarios de los pisos demandan al constructor porque aquello se edificó con el culo, estando dicho culo de vacaciones, el juez no es especialista en casas, bueno puede que alguno, pero normalmente no, ¿a quien pedirá un informe? pues es bastante obvio que al colegio de arquitectos, al arquitecto municipal, o puede no lo tenga que hacer porque el abogado ya se lo trae, y como la otra parte no tengo uno contrario, va lista .... pues aquí lo mismo, ¿a quien debe pedir consejo, opinión ....? pues esta igual de obvio, a la máxima autoridad en la materia, que no son otros que el Banco de España o la CNMV, ello en función del asunto en cuestión.

Pues mira W. Petersen, me dejo de coñas y me voy a reclamar de entrada a la CNMV y me ahorro papeleo .... pues mala idea, no puedes, no te está permitido, no te van a aceptar el trámite de queja, porque la idea es que antes pases por el SAC, ello para dar la oportunidad a la empresa a rectificar si considera que actuó mal, y solo con un respuesta de ellos, o dos meses con la callada, entonces podrás ir a la CNMV y te admitirán el asunto a análisis.

Sigo en el siguiente post ----->

#69

Re: Obligaciones Subordinadas CAIXANOVA-- ¡Por favor, entrar!

Seguimos …..

Si toda la documentación está completa y correcta o solo adolece de falta de acreditación de entrega de documentación pre contractual, como sería el folleto de emisión o el tríptico resumen, alguna publicidad dónde se indiquen las características, por lo que vemos en Rankia o manifiestan los afectados el SAC no da la razón, y el Defensor tampoco, la CNMV no lo tengo tan claro, porque según la normativa aplicable, las entidades tienen que estar en disposición de poder demostrar que la entregaron …… pero vamos … acuerdo si solo falta eso, me parece que no aceptan, entonces la única posibilidad para no tener que aceptar canjes y acudir a justicia es que falten documentos, si la falta es relevante es que ni se llega a juicio, no les interesa, saben lo que probablemente ocurrirá, aun cuando la justicia dista mucho se las matemáticas.

Si todo está correcto no hay mas ….. y si no lo está lo del juicio se puede ganar, pero también perder … porque estas cosas los abogados las plantean mediante una figura legal que es “el error de consentimiento” lo que viene a decir que se informó mal, que se firmó con engaños, malas artes, sin comprender, etc. etc.,……… y esto, convendremos que es un asunto de hechos, meramente de hechos, de que ocurrió, del cómo, de a quien, a que perfil, de que manera, y esto dependerá de cada caso concreto, generalizar no es posible, pero si que lo es buscar .. digamos … grupos de personas, porque habrán circunstancias y perfiles de gentes muy similares, pero obviamente un montón de perfiles diferenciados ….. 10, 12, 20 supuestos distintos, ni idea …. pero supongo que ves la idea por dónde va ……

Y en dicho error de consentimiento, está obviamente incluido todo que suponga alguna relación con el perfil de cliente, sus estudios, su experiencia inversora, su histórico de depósitos o inversiones, y muy probablemente si habían "pistas" de riesgo o no la había, imagino que no es lo mismo reclamar para una inversión con rentabilidad al euribor más 6 puntos (hay emisiones de esto y de mas incluso) o que la rentabilidad fuera muy similar a una imposición, porque en algunos casos (no e todos) se puede presuponer (acertadamente o no) que si toda la calle por dónde se mueve el afectado pagaba entre un 3 y un 3,5% en imposiciones en las fechas de la cuestión, y depositó en un banco al 7,80%, algo de riesgo tenía que ver el cliente, por el contrario si eran al euribor mas 0,06 (también las hay) la diferencia es tan sutil que este argumento se caería por su propio peso (o debería caerse).

#70

Re: Obligaciones Subordinadas CAIXANOVA-- ¡Por favor, entrar!

Creo que esto te interesa ..... https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/1048956-preferentes-caixanova-isin-es0169075050?page=5#respuesta_1371701 respuesta 37 ... si tienes ya la reclamación presentada, se trataría de completarla con una segunda carta añadiendo que al parecer , los nuevos gestores están reconociendo cierto grado de culpabilidad en relación a las prácticas del banco ...

#71

Re: Obligaciones Subordinadas CAIXANOVA-- ¡Por favor, entrar!

Muchas gracias por el aviso, yo estoy a la espera que me contesten del SAC con la documentación pedida, me han mandado la respuesta automática de que valorarán lo que les he pedido y que tendré una próxima respuesta, estoy a le espera de recibir toda la documentación para seguir con las acciones, por eso no he vuelto a postear, aunque sigo al día y leyendo.

#72

Re: Obligaciones Subordinadas CAIXANOVA-- ¡Por favor, entrar!

Alguien me puede ayudar? Tengo unas participaciones subordinadas de caixanova que caducan en el 2019 y en el banco me dijeron que aunque no son un depósito a plazo, estan garantizadas al vencimiento pero ahora despues de todo lo que se escucha ya no lo tengo claro!! si espero al 2019 recupero mi dinero? tengo que presentar una queja? la verdad es que es un disgusto no disponer del dinero pero lo que realmente me preocupa es perderlo.

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