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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#401

Re: Link de lectura imprescindible

No parece una mala noticia, aunque habrá que ver qué es lo que tiene que decir la CE al respecto. Recordad que para que "suelten" los 100.000 kilos, van a imponer condiciones ... Yo me quedaría más tranquilo si alguno de "los grandes" realmente se quedase con CX. Más que nada porque de lo que dice el ministerio de economía ya no me fío un pelo. Ellos lo ven muy claro, "el FROB inyectará y garantizará y no habrá perjuicio para depositantes ni acreedores", pero habrá que ver qué es lo que dice Europa al respecto. Lamentablemente, la credibilidad que le queda al ministerio ya es más bien poca. Ojalá se cumpla lo que dicen. Me parece que hablan muy alegremente de lo que va a hacer el FROB ... fingiendo no saber que el FROB ya no es el FROB, que ahora es el EuroFROB y se hace lo que se ordena desde Bruselas y Berlín.

#402

Re: Link de lectura imprescindible

Mmareaserena, espero muy sinceramente que todo esto termine bien y no pierdas ni un céntimo, vaya esto por delante.

Mi único consejo que estoy seguro de que vas a seguir ya que no te vas a olvidar de los malos ratos que estás pasando, es que saques la lección que has de sacar de todo este sarao: Si has sido capaz de entender que efectivamente había riesgo en la subordinada cuando te has leído a fondo la documentación, en cuanto vuelvas a contratar algún producto financiero, no te fies ni de tu sombra, y eso que acabas de hacer (leerte bien el folleto) "a toro pasado", hazlo por favor ANTES de contratar y de firmar nada. Te lo digo por experiencia y con todo el cariño del mundo. Te lo digo porque yo también aprendí, en parte, "por la vía dura", a base de "pillarme los dedos". Ahora ya no me la cuelan. Ahora sé lo que firmo y lo que contrato, yo decido y cuando me equivoco me enfado conmigo mismo porque quien se ha equivocado soy yo.

Cuando pises una sucursal bancaria, no te fies ni de tu padre. No importa lo que te digan "de boquilla". Lo que no está escrito, no existe. Lo que no está escrito, es indemostrable cuando las cosas se tuercen y acabas delante de un juez.

Saludos y mucha suerte con la subordinada.

#403

Re: Link de lectura imprescindible

De nuevo, muchas gracias por tus aclaraciones Ff_pp_. Como muy bien dices tu, sigue la incertidumbre total en el tema de o participaciones y deuda de CX, pero después de tus comentarios, al menos tenemos más información sobre el tema (incluso más que la que nos da el banco). Saludos!

#404

Re: Link de lectura imprescindible

Muchas gracias por tus consejos Ff_pp_,tienes toda la razòn, aprendere aunque quizas con repsecto a mi economia,tarde,ya que tengo todos mis ahorros ahì,espero en el buen hacer de mi abogado y que por otra parte aunque se pierda algo no sea la totalidad, por mi y por tantas familias que hemos sido incautos e ingenuos.
tb pienso como tu, que preferiria que alguno de los grandes se haga cargo de CX,esperemos a ver.

muchas gracias una vez mas.

#405

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Tengo unas dudas respectoa a una situación en la que se encuentra un familiar:

1.- Ha heredado recientemente una deuda subordinada de CX, concretamente la 8ª emisión (que dentro de lo que cabe parece que no es del todo mala).

2.- El abogado que le lleva el tema le ha recomendado que no la incluya, ya que si no le tocaría pagar bastante dinero en concepto de tributos sobre un dinero del cual hay dudas razonables que pueda percibir.

* Quisiera saber a que se expone si no lo pone a su nombre y hay una quiebra del banco, ¿no podrá reclamar un cambio a otro producto si llega el caso?, el Fondo de Garantía, al ser heredero le cubriria sin estar a su nombre el deposito o en este caso al estar a nombre de un fallecido no?

A mi me gustaría recomendarle que pagara el tributo y lo pusiera a su nombre, pero tendría que pagar sobre el 100% del capital nominal, cuando actualmente se cotiza al 60%. Dicho de otra forma casi pagaría en tributos el mismo valor actual de la deuda.

Otra duda es si al final no lo pone a su nombre. ¿que pasaría con los cupones? se pueden poner en una cuenta, que llegado el momento si lo ve mas claro y decide incluir esto en la herencia, pagando el tributo complementario, acceder a los cupones pagados? Entiendo que de otra forma habria un fraude a hacienda, ¿no?

#406

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Habla con tu gestor, pero me parece que no es correcto, a ver ..... si lo incluyes en la herencia lo puedes hacer por el valor de mercado de hoy, y cuando cobres recibirás el 100%, y la plus valía del fallecido no genera impuestos, entonces y mas ahora en Catalunya que el impuesto de transmisiones está bonificado al 99%, yo creo que es perder una buena oportunidad de tener la herencia correcta y no pagar casi nada ......

#407

Re: Link de lectura imprescindible

Ff-pp_, da gusto leerte. Muchas gracias, y también a Petersen y a todos los que nos dais un poco de luz y esperanza en este farragoso asunto.

#408

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

En productos cotizados creo recordar que se paga el impuesto de sucesiones en base a la cotizacion el dia del fallecimiento y a partir de ahi ese pasa a ser considerado como el precio de compra para el heredero. Ademas, si no recuerdo mal, el coste de los tramites creo que se considera como si fuesen comisiones por lo que se puede desgravar añadiendolo en el precio de compra.

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