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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#8721

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Ya vamos por 4.000?? Hace unas semanas eran "tan solo" 3.000 millones.

Noten los lectores del enlace que facilita mmareaserena cómo se nos dice que "los créditos a las pymes se han deteriorado gravemente", y contrástenlo con las recientes proclamas de "la recesión se terminó, ya salimos de la crisis".

Recuerden sus señorías mi particular énfasis en que "los que somos de ciencias, creemos en números. Los esperanzados creen en grandes proclamas". La esperanza no cotiza en bolsa. Los números fríos dicen, siguen diciendo (y esperaros a otoño) que esto no va "ni p'atrás".

Rogaría a los imbéciles que nos gobiernan (???) que no abusasen ni de nuestra paciencia ni de la de "los mercados". Una tercera subasta fallida de CX ya sería de traca. Sería el hazmereir del mundo mundial y condenaría, ya sí definitivamente, a la pobrecita CX a la extinción definitiva.

Nótese también la algarabía, jovialidad y virginal inocencia -rayana en el cretinismo extremo- de las "autoridades europeas" que dictaminaron que "deberán venderse los activos extra-territoriales de las cajas en problemas". Jeje ... Gilipollas!!! Primero habrá que encontrar quien quiera comprarlos, no??? Todo esto sería muy cómico ... si no fuese porque nos jugamos un porrón de millones en el envite.

#8722

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola Angelcir, desconozco lo que tardarían en dictar un laudo, en el supuesto de que te admitieran a trámite la solicitud de arbitraje. Por lo que he podido conocer a través de personal de consumo, van bastante saturados.

Sólo una cosa. Cuando dices "...La directora nos comunico que iban a pasar nota a la Junta de Arbitraje para que le devuelvan el total "robado" mas de 6.000 euros..." te refieres a que habéis firmado la solicitud de arbitraje y el convenio arbitral y lo presenta en consumo? Qué es exactamente lo que se reclama en la solicitud? Es que sabiendo lo que ponen ahora podremos saber por dónde van los tiros.

#8723

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Que no Insubordinado, que nooo ... Que no la van a cerrar! Que no hay nadie que la quiera! Se cargarán a la mitad del personal, eso sí ... Pero con un poco de suerte seguirás teniendo CX a tiro. Y si no ... pues nada, si estás en Valencia ... abrimos una segunda cuenta en cualquier ex-sucursal de la CAM o del Banco de Valencia.

Si hay donde escoger ...

#8724

Re: Hemos perdido el juicio

Yo no soy abogado, tengo estudios de derecho, pero solo como simples asignaturas, y solo de mercantil, por tanto no soy quien para llevar la contraria a un jurista. A mi siempre dentro de un plano técnico y por simple sentido común no me agradó la idea desde el primer momento, ni en esto ni el los swaps no veo ni vi la colectividad por lado alguno, y profesionalmente y deentro de un plan o técnico he participado en algunas demandas de swaps y ahora tengo unos pocos (muy pocos) temas de prf's ... no me dedico a ello, es una parcela mas y de hecho los casos llevados han sido de clientes o proveedores de la empresa dónde trabajo y tengo un cargo medio.

Ya en el primer swap, el bufete elegido con el cliente se nos ofreció entrar en una colectiva, pedimos explicaciones de las leyes de apoyo a demanda que pretendían utilizar, al indicarnos que "error de consentimiento", al cabo de pocos días les dijimos que no lo veíamos claro, fue solo leerse los textos legales y ver que es un tema de particularidades, entendimos que cabía el riesgo de juzgar un producto legal en lugar de unos hechos ....

Vale, por individual es mas caro, entiendo que tenerlo todo no es posible.

Es como los arbitrajes, ahora salen bien ... sin embargo ir a los mismo sin unas mínimas alegaciones presentables, es un riesgo que yo no iba a correr, los profesionales estáis para algo, y no solo eso, si uno se hace sus propias alegaciones y no se citan a testigos en los laudos ¿como determina el árbitro que los conocimientos que se desprenden de dichas alegaciones, han sido adquiridos con posterioridad, o ya se conocía todo en la contratación? para mi la solución es fácil .... D. ....... Abogado Colegiado número ..... en nombre y representación de ................ procedo a alegar ..... 1 - Antecendentes de Hecho ........... 2 - Fundamentos de Derecho ................ Suplica .............

Entonces queda mas que claro que el asesor es quien alega en nombre del cliente, no hay debate si el cliente conocía o no ...

Evidentemente hay temas agrupables, es mas incluso puede ser no recomendable ir por individual, un ejemplo: el presunto engaño en la determinación de 3,15 € por acción el pasado marzo por parte de Bankia y inmediato canje de la priera tanda de preferentes por acciones, aquí no hay datos individuales, lo que hay es una presunta maquinación para alterar el precio de unas acciones, que al poco se hunden, y no es por la evolución de los mercados bursátiles .... pues esto es en colectivo la mejor de las estrategias, a mi entender.

#8725

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Sant Vicent del Raspeig, "Sequet pero Sanet";)

#8726

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Gracias por tu rapida contestacion, efectivamente lo van a tramitar desde Catalunya Caixa, se trata de clientes con mas de 40 años e imagino que querran conservarlos. Cuando te comento lo de "robado" me refiero a la cantidad de 6.053,40 euros que corresponde al 22,42%, sobre una aportacion de 27.000,00 euros. Si ha firmado los documentos que comentas.

#8727

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Que tiene que ver ser catalán, puede que algunos opinen/opinemos sobre las cuotas de solidaridad con otras comunidades, pero en las aportaciones al salvamento de las ex cajas, ya te digo yo que catalán, valenciano, extremeño, ceutí ... has puesto dinero, te lo garantizo ... eres como yo, un afectado indirecto, un paganini mas ....

#8728

Re: Hemos perdido el juicio

En este asunto era muy arriesgada la demanda colectiva. Es más, en varias conferencias sobre el tema en el ICAB (Colegio Abogados Barcelona), fueron varios los magistrados que apuntaron que las demandas colectivas no servían para este asunto.

Resaltar que el juez les deja abierta la puerta a la demanda individual, en la que sí que podría entrar a analizar el asunto en el que el elemento subjetivo es la clave... aviso a navegantes.

El tema del arbitraje lo veo muy, digamos también arriesgado. Por un lado lo que apuntas, ir sólo crea un desequilibrio más que evidente respecto a la entidad que acude con sus abogados. Ella presentará alegaciones en base a derecho, porque el arbitraje es de derecho. Y los demás inconvenientes que veo forman parte de percepciones personales o de ser mal pensada.

Edito para añadir porque no había visto la última parte de tu mensaje. Totalmente de acuerdo respecto a tu último párrafo. Se trata de un hecho objetivo, no susceptible de ser individualizado para poder ser de aplicación a todo el público. Tiempo al tiempo...

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