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Deuda subordinada de cajastur

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Deuda subordinada de cajastur
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Deuda subordinada de cajastur
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#649

Re: Deuda subordinada de cajastur

Yo no me consideraba engañado con la deuda, sabía lo que era, pero entre los riesgos de las subordinadas creo que no estaba que te lo cambien por lo que les de la gana y como les de la gana...(pq no me dejan elegir el % de cocos que quiero... ) no me parece bien q cambien un producto con vencimiento y devolución de dinero por uno en el que la contrapartida no es dinero.
Y hacerse una estrategia es un tema dificil aparte de por la incertidumbre del mercado por los cambios que hacen desde el banco y la información oculta q espero ir descubriendo con la ayuda de todos.
¿crees que es bueno vender el 50% que nos permiten antes de la salida a bolsa?
Yo desde mi opinion personal creo que seria la forma de recuperar algo de dinero con una perdida conocida y con la posibilidad de anular la orden si nos parece alta la perdida, entiendo que el precio de salida a cotizar en el mercado continuo sera el de estas ventas ¿no?

También me gustaría agradecer la ayuda a luisalfil y asdebastos que tanto nos ayudan en estos dias

#650

Re: Deuda subordinada de cajastur

El nominal de una obligación convertible normalmente no cambia, pero si puede cambiar por varias circunstancias:

Una división o agrupación de obligaciones (lo que se llama split o contrasplit) que sería muy raro, y sería por ejemplo cuando uno tiene una obligación de 10 euros le dan dos obligaciones de cinco euros o diez de un euro, o si hacen contrasplit, hay que reunir diez obligaciones de 10 euros y te darían una obligación de 100 euros. En cualquier caso eso ya repito sería rarísimo, pero hay que tenerlo en cuenta.

Un canje o amortización parcial: eso es más posible. Date cuenta que está prevista la amortización parcial y eso puede suceder que a los tres años se necesitara recapitalizar Liberbank pero no por la totalidad de las obligaciones, sino solo por un 20%, pues entonces se pasarían a acciones el 20% y se mantendrían las obligaciones por el 80% restante, es decir que tendrían a partir de ese momento 8 euros de nominal.

Por eso está puesto ese párrafo.

#651

Re: Deuda subordinada de cajastur

Lamentablemente es un voluntario "sui géneris". Porque además han adelantado que el que no se acoja al voluntario correrá el riesgo de que si no se alcanza el porcentaje necesario, después vendrá el FROB y convertirá en obligatorio y al 90% en acciones.
Y seguro que el 100% no canjerá voluntariamente porque hay personas que por cualquier motivo no se enteran y no pueden contestar (herencias sin aceptar, en el extranjero, etc), por lo que casi se convierte en un si o si.

#652

Re: Deuda subordinada de cajastur

Es que aquí se ha seguido "el mal menor". La idea que subyace en la ley 9/2012 (la de la reestructuración bancaria) es que si las entidades se liquidan los accionistas y los titulares de deuda subordinada lo van a perder todo, y Liberbank si no hubiera recibido ayudas públicas hubiera tenido que liquidarse, porque conocido que estaba muy débil (menos del 5% de todos los activos en fondos propios, es decir solo un euro por cada 20 que tiene prestados) se hubiera tenido que liquidar, porque todo el mundo hubiera sacado sus depósitos y finalmente no podría pagar.
Por ese motivo se considera que, al recibir los titulares de la deuda subordinada cero, lo mejor es darles acciones y que si se recupera la entidad finalmente podrán vender las acciones.
Lo malo de esta historia es que muchos de los que tienen las acciones son ahorradores y no les gusta tener acciones, con independencia de que sean de Liberbank o de Telefónica o Banco de Santander.
En cuanto a la pregunta que haces, yo personalmente pediré la venta del 50%. Sé que me pierdo un 6% durante 2 años, pero desgraciadamente creo que bajará más al menos en el primer año (después ya veremos, que esto de la bolsa he visto subir y bajar cosas increibles).
El precio de la venta no tiene nada que ver con el precio de salida. El precio de apertura todos los días de todas las acciones que cotizan se fija en lo que se llama "subasta de apertura" y que se hace normalmente desde las 8,30 hasta las 9 horas. Para todas las acciones y para todos los días. A partir de hay ya no hay precio fijo, cada segundo puede variar la cotización y cada transacción se hace a un precio diferente.

#653

Re: Deuda subordinada de cajastur

Hay varias conversiones que pueden ser obligatorias (que Liberbank lo imponga), pero cada seis meses hay ventanas de conversión que son voluntarias (simplemente que el que las tenga lo quiera) con lo cual las primeras serían totales o parciales (pero para todos) mientras que las voluntarias no son para todos, solo para quienes lo piden.
La cotización de las convertibles sirve para que te puedas salir todos los días del año. No tienes que esperar a convertir en acciones.
Además es que las acciones, las convertibles (y la deuda subordinada, y las preferentes...) todo tiene un mercado donde los inversores pueden comprar si las ven interesantes y es un modo por el que los que tienen hechas esas inversiones puedan recuperar su dinero.
Si te das cuenta en las acciones es el único modo de recuperar la inversión.
Son los mercados secundarios.
Y arriesgarse creo que van a ser los menos. Porque de entrada te estás jugando ya que te den un 10% menos y todo en acciones. Solo los muy valientes van a arriesgarse. (o los muy cabreados, o los que no se enteran, que de esos va a haber un montón).

#654

Re: Deuda subordinada de cajastur

Ya se que te pido un imposible, pero que tanto por ciento bajaran de golpe? y la decision de no vender el 100% es pensando en la entidad? , o porque crees que en "x" tiempo estaran por encima de esa perdida hipotetica del 6% de intereses anuales?

Un Thanks enorme a todos los expertos que nos alumbrais.

#655

Re: Deuda subordinada de cajastur

¿Alguien sabe si se acepta el canje voluntario si sigue abierta la posibilidad de acudir a la vida judicial?

#656

Re: Deuda subordinada de cajastur

Me parece loable que algunos de vosotros os esforcéis en desenmarañar el laberinto de números, opciones, porcentajes y zarandajas varias que constituyen el marco de esta propuesta de dudosa calificación. Aunque, para mí, la realidad es mucho más simple que todo ese conglomerado de datos y cifras y se encuentra más cerca de las letras que de los números.

¿Alguien leyó TODO lo que figura en el contrato de la deuda? Porque aquí, a fin de cuentas, estamos hablando de un contrato que no se ha cumplido, ¿o si? Pues sí, el contrato se ha cumplido y nosotros lo tenemos firmado. Entonces, ¿qué parte de ese documento es el que ha dado pie a que nos encontremos en esta situación? Os lo diré: no es, precisamente, la que habla de intereses, plazos, vencimientos y bondades múltiples del producto; es un pequeñísimo párrafo, al final del todo, que viene a invalidar toda la vorágine textual anterior, dejando vía libre a la Entidad para hacer y deshacer a su conveniencia.

No sería de extrañar que en esta ocasión también los “párrafos prodigiosos” volvieran a obrar milagros; así que quien firme esta oferta de canje, volverá a firmar lo más parecido a un cheque en blanco para que el Banco, el FROB, la CNMV, Rajoy, Guindos, Bruselas, Merkel y hasta Perico los Palotes ventilen a su antojo nuestro dinero. Por mi parte no firmaré NADA (si, utilizando un eufemismo, me van a violentar quiero tener, por lo menos, el derecho de quejarme).

Tengo entendido que la semana que viene habrá una reunión de afectados. Os informaré, tan pronto como tenga conocimiento de ello, de la fecha y el lugar exactos por si alguien quiere acudir.

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