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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?

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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
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Re: Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?

De media, entre que se presenta la solicitud, hasta que se emite el laudo, el arbitraje tarda unos 6 meses en resolverse. Para algunos casos, como tener alguna discapacidad, cantidades inferiores a 10.000€, etc., algo menos. Lo de devolver todo el dinero ( caso que el laudo sea positivo! ) eso es ya harina de otro costal...

#4226

Re: Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?

Explicación del recibo 2 ( si todos la habéis entendido, siento repetirme! ):

TITULOS DEPOSISTADOS, 18 = Nº de acciones, que antes del contrasplit serían 100 veces más, 1.800 acciones. Faltan las que os tienen que dar este junio.

CORRESPONDE SUSCRIBIR 7.146 = Cada título ( o cada acción antigua ) da el derecho de suscribir 397 acciones nuevas ( pagando 1,35€ por acción ). Así que, 18 acciones antiguas que tienes ( cien veces menos que las que te dieron por el canje, por el contrasplit de 100X 1 ), multiplicado por 397 acciones nuevas que puedes suscribir por cada una = 18 X 397 = 7.146 acciones nuevas que puedes coger ( a 1,35€ cada una ).

PROPORCION 397 X 1 = Son el nº de acciones nuevas que puedes suscribir por cada una que tienes antigua.

DESEMBOLSO TITULO = 1,35266266 = El precio al que suscribirias cada nueva acción ( pagando! ) haciendo uso de los derechos de suscripción. Para hacerlo más inteligible, he redondeado esa cantida a dos decimales = DESEMBOLSO TITULO = 1,35€/ por cada nueva acción que suscribas.

Si antes del 13- 05- 2013 no entregas este boletín debidamente cumplimentado y firmado, la entidad entenderá que deseas vender los valores en bolsa. Tienen guasa, los de Bankia. Dan por supuesto que, si no quieres hacer valer los derechos de suscripción para comprar más acciones ( a 1,35€ ), es porque vas a vender estos derechos. Pero también tienes la opción de no hacer nada con ellos, es decir, ni usarlos, ni venderlos. Perderías lo que podrías sacar con ellos, pero sería una cantidad muy pequeña... si tienes 18 títulos, y estos cotizan a 1€, pues conseguirias 18€... si cotizan a 50 céntimos, pues conseguirias 9€... toda una fortuna, vamos!

Si no vas a hacer nada con ellos, estos derechos caducan el 14 de mayo... a partir de esa fecha, ya no valen nada, desaparecen!

#4227

Re: Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?

#4228

Re: Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?

Hola a todos, antes que nada gracias por todos los que estais dia tras dia en el foro dando informacion. Mi pregunta es ls siguiente: KPMG es la consultora que hara el filtro del arbitraje, pero en realidad quien da el visto bueno y acepta la devolucion del dinero es la junta arbitral de consumo que no tiene que ver nada con Bankia...no???

gracias

#4229

Re: Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?

Asi es. Primero KPMG ( la que representa a Bankia! ) filtra que casos pueden ir o no al arbitraje. Los que queden descartados no llegarán a la Junta Arbitral de Consumo, pero pueden iniciar una demanda. Los casos que hayan pasado el filtro de la KPMG se somenterán a arbitraje ( previamente el afectado ha de firmar que lo acepta ), y se remitirán a consumo. ¡Ojo! A partir de este momento ya no se puede demandar, todo dependerá de la resolución que tome el árbitro. Si el laudo es positivo, perfecto, se dará la solucion establecida por el arbitraje, presumiblemente será la difererencia de lo que se pierde con las acciones, según la cotización del dia anterir del laudo ( o, si se han vendido antes, se restaría la cantida recuperada de lo que te devuelven ), y restando los intereses percibidos de más. Pero si el laudo es negativo, se acabó, no se podría recurrir.

#4232

Re: Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?

¡Vaya, esto es totalmente nuevo para mi! Hasta ahora, por toda la información que he analizado, si se acepta el arbitraje, y el laudo era negativo, no se tenía ninguna opción de ir a juicio. Pero esto de la anulación del laudo... bueno, podría ser, yo la verdad es que todo lo que se es por artículos que he leido, lo mismo que éste que has colgado y que dice que el laudo puede no ser aceptado y anulado. A ver si algún "experto" nos puede confirmar esto!

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