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Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

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Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica
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Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica
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#4417

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

Geconido

Ahora te encuentro y veo tu contestación... Como creo que ya imaginas te confirmo que NO FUÍ AL CANJE, desconecté el tfno. y dejé que fueran ellos los que me buscaran a mí....
Acabo de denunciar en Fiscalía.es que soy una más de las personas afectadas... SUERTE y sólo comentaros que en el Parlamento de Andalucía hoy a las cuatro de la tarde hablarán del tema... Esperemos SOLUCIÓN, y si no es así sigamos con los procedimientos y a los juzgados uno a uno... para "dar la lata".

#4418

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

He prodedido ha hacer la reclamcíon en el enlace que has colgado de oficina de atencion al ciudadano, me gustaria saber si debo de proceder a denunciar en algun otro sitio y de que forma.Gracias

#4419

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

Para todos los que os interese os transcribo íntegras las dos proposiciones no de ley que se debatirán esta tarde en el Parlamento Andaluz a propuesta de IU y PP. A ver qué hace el PSOE...

Proposiciones no de ley:

9-12/PNLP-000006, Proposición no de ley en Ple¬no relativa a participaciones preferentes
Presentada por el G.P. Izquierda Unida Los Verdes-Convo¬catoria por Andalucía
Calificación favorable y admisión a trámite
Apertura del plazo de presentación de enmiendas con arreglo a lo previsto en el artículo 169.2 del Reglamento de la Cámara
Sesión de la Mesa del Parlamento de 6 de junio de 2012
Orden de publicación de 13 de junio de 2012
A LA MESA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
El G.P. Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía, con arreglo a lo previsto en el artículo 168 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley ante el Pleno, relativa a participaciones preferentes.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Tal y como recoge la Comisión Nacional del Mer¬cado de Valores (CNMV) en un folleto explicativo, las participaciones preferentes (PPR) son valores emitidos por una sociedad que no confieren participación en su capital ni derecho de voto. Tienen carácter perpetuo y su rentabilidad, generalmente de carácter variable, no está garantizada. Se trata de un instrumento complejo y de riesgo elevado que puede generar rentabilidad, pero también pérdidas en el capital invertido.
Según los datos de la propia Comisión Nacional del Mercado de Valores, en España se han emitido a lo largo de estos años cerca de 30 mil millones de euros en participaciones preferentes, mayoritariamente comer¬cializadas entre pequeños ahorradores que desconocían los riesgos del producto que se les ofertaba.
A la mayoría de estos ahorradores se les aseguró que lo que contrataban era un depósito a plazo fijo, cuyas cantidades se podían reembolsar cuando quisieran.
En Andalucía, a tenor del volumen de preferentes que han comercializado las entidades con mayor implantación en la Comunidad, esta cantidad podría superar los 5.000 millones de euros comercializados y afectar a más de 4.000 familias.
En la práctica totalidad de los casos denunciados, se trata de ahorradores con historial carente de inver-siones arriesgadas, y que, por norma general, siempre habían rentabilizado sus ahorros con la contratación de depósitos bancarios e imposiciones a plazo fijo que les permitían rescatar su dinero en cualquier momento.
En los últimos meses han sido miles los afectados que han formulado denuncias ante los servicios de atención al cliente de las entidades y ante la propia CNMV sobre la irregular comercialización de este producto, alegando falta de transparencia al no haber sido informados ni de las características de los mismos ni de sus riesgos, y en especial de su escasa o nula liquidez y de su carácter perpetuo.
A pesar de solicitarlo reiteradas veces, las entidades comercializadoras se han negado a devolver el dinero a los afectados, sumiéndoles en muchas de las oca¬siones en una situación desesperada. Las soluciones propuestas por las distintas entidades no satisfacen en absoluto el derecho de los afectados a acceder de forma inmediata a la totalidad de sus ahorros.
Se han cometido diversas irregularidades en la comercialización de estas participaciones preferentes, en particular en lo concerniente a una total falta de información sobre las características del producto, sobre todo en lo que se refiere a su falta de liquidez y su perpetuidad, ya que bajo la apariencia de un depósito se colocó un producto perpetuo cuya inver¬sión no puede ser recuperada en estos momentos de crisis económica, justo cuando más necesario se hacía disponer de ella.
En materia financiera se ha incumplido lo dispuesto en la normativa MIFID, ya que en la mayoría de casos no se ha realizado test de idoneidad ni conveniencia alguno, como obliga respecto a los inversores minoristas la meritada normativa, y si ha sido realizado, no ha sido cumplimentado por el consumidor, siendo rellenado por la entidad y presentado a la firma al consumidor como un mero formalismo más.18 de junio de 2012 PARLAMENTO DE ANDALUCÍA BOPA 25 Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía Pág. 7

En definitiva, no ha habido, por parte de las entida¬des emisoras y comercializadoras de preferentes, una información suficiente, veraz, clara y comprensible, como debe ser la información que se transmita al consumidor, ni se ha tenido en cuenta que el texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios considera como un derecho básico del consumidor la protección de sus legítimos intereses, económicos y sociales, en particular frente a las prácticas comerciales desleales y las cláusulas abusivas.
La propia CNMV, como ha sido así reflejado en diversos diarios económicos, consciente de estas irregularidades ha obligado a los propios bancos y cajas a cesar en estas fórmulas arbitrarias y opacas de compraventa de preferentes, y las ha obligado a insertar las órdenes de compra y venta en un mercado secundario más transparente.
El perfil típico de los afectados en Andalucía se corresponde con personas de elevada edad, que, habiendo confiado en la oficina bancaria con la que llevaban trabajando toda su vida, se encuentran ahora con que no pueden recuperar sus ahorros, precisamente, en momentos de crisis como los actuales en que más los necesitan ellos y sus familias.
Corresponde a todos los poderes públicos buscar fórmulas para resolver o paliar su situación y restaurar sus derechos.

Por todo lo expuesto con anterioridad, el G.P. Iz¬quierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía somete a la aprobación del Pleno la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
El Parlamento de Andalucía acuerda instar al Con¬sejo de Gobierno a que se dirija a los Consejos de Administración y Asambleas Generales de los bancos y cajas que han emitido participaciones preferentes en Andalucía a que apliquen las fórmulas y procedimientos oportunos para que se reembolse de forma inmediata el capital invertido –o se acuerden con ellos fórmulas satisfactorias de reembolso– a aquellos consumidores de participaciones preferentes con un perfil de riesgo conservador (según su experiencia inversora previa, cultura financiera y formación), que buscaban una inversión a plazo fijo con capital garantizado y que ya hayan solicitado el reembolso (venta al 100% en el mercado secundario), intercediendo además en dichos órganos para procurar una salida adecuada para el resto de afectados.

Parlamento de Andalucía, 4 de junio de 2012.
El Portavoz del G.P. Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía, José Antonio Castro Román.

9-12/PNLP-000007, Proposición no de Ley relativa a transformación de las participaciones preferentes de cajas y bancos en imposiciones a plazo fijo

Presentada por el G.P. Popular Andaluz Calificación favorable y admisión a trámite Apertura del plazo de presentación de enmiendas con arreglo a lo previsto en el artículo 169.2 del Reglamento de la Cámara Sesión de la Mesa del Parlamento de 13 de junio de 2012
Orden de publicación de 18 de junio de 2012

A LA MESA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA

El G.P. Popular Andaluz, con arreglo a lo previsto en el artículo 168 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley ante el Pleno, relativa a transformación de las participaciones preferentes de cajas y bancos en imposiciones a plazo fijo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Un elevado número de andaluces han sufrido lo que parece un auténtico engaño en relación con las participaciones preferentes. La gran mayoría de estas personas, debido a la confianza depositada en las entidades financieras, aceptaron colocar sus ahorros en algo parecido a un depósito a plazo fijo, del que supuestamente podrían disponer en cualquier momento y sin problemas. Son casi en su totalidad personas de edad avanzada, muchos de ellos ya jubilados, con casi nulo conocimiento del mercado financiero y de los productos que se ofertan. Ciudadanos que no alcanzan a entender cómo sus depósitos, sus pequeños ahorros de muchos años de esfuerzo, se han convertido en un activo financiero
que no representa nada y con nulo valor. Cuando la entidad financiera les ofertó la posibilidad de adquirir participaciones preferentes, la sencilla explicación que recibieron los afectados era que estaban suscribiendo algo parecido a una imposición a largo plazo, sin riesgo y con mejor rentabilidad. El escaso conocimiento de estos ahorradores sobre las preferentes, y la mínima explicación recibida sobre ellas, facilitaron la suscripción de este producto complejo, de carácter perpetuo, con rentabilidad variable y no garantizada, algo muy diferente a la información recibida, según explican en sus numerosas quejas. La realidad es que, a día de hoy, cuando estos ahorradores han intentado recuperar los fondos colocados en estas participaciones no les ha sido posible, ya que no son valores negociables en el mercado de renta fija.
Ante esta situación y frente a las quejas planteadas tanto en las entidades financieras, como en la Comisión Nacional del Mercado de Valores y en otras instituciones como el Defensor del Pueblo, determinados bancos y cajas han optado por ofrecer fórmulas de canje de las participaciones por otros productos, en algunos casos obligaciones convertibles en acciones. Estas ofertas de canje están siendo rechazadas por los afectados, ya que transforman un producto complejo, perpetuo y de alto riesgo en otro también complejo y de difícil comprensión para estos clientes, que entendían que su dinero estaba colocado en algo parecido a una imposición a largo plazo. Esta propuesta los transformaría en accionistas en un futuro próximo, en lugar de depositantes de fondos, en inversores en lugar de ahorradores. Esta no es y no debe ser la solución. La solución al conflicto pasa por la conversión en imposiciones a plazo fijo, que es lo que la gran mayoría de los clientes creían que habían suscrito. El aplicar esta fórmula exige el reconocimiento de la realidad económico financiera del momento, por ello lo que se plantea es que esta IPF no tenga las características de un producto de liquidez inmediata, pero sí de liquidez a medio plazo, siguiendo el camino iniciado ya por alguna que otra entidad financiera. Por todo lo expuesto con anterioridad, el G.P. Popular Andaluz somete a la aprobación del Pleno la siguiente

PROPOSICIÓN NO DE LEY

El Parlamento de Andalucía insta al Consejo de Gobierno a:

1. Acordar la necesidad de que las entidades financieras, cajas y bancos, con sucursales abiertas al público en Andalucía, lleguen a un acuerdo con los clientes poseedores de participaciones preferentes en el sentido de convertirlas en imposiciones a plazo fijo.

2. Realizar cuantas gestiones sean posibles a fin de que las participaciones preferentes en circulación puedan ser transformadas en imposiciones a plazo fijo.

Parlamento de Andalucía, 6 de junio de 2012.
El Portavoz del G.P. Popular Andaluz, Carlos Rojas García.

#4420

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

Para sintetizar y que nos hartéis de leer, los acuerdos concretos al Pleno por cada una de las dos formaciones son estos:

ACUERDO PROPUESTO POR IU:
El Parlamento de Andalucía acuerda instar al Con¬sejo de Gobierno a que se dirija a los Consejos de Administración y Asambleas Generales de los bancos y cajas que han emitido participaciones preferentes en Andalucía a que apliquen las fórmulas y procedimientos oportunos para que se reembolse de forma inmediata el capital invertido –o se acuerden con ellos fórmulas satisfactorias de reembolso– a aquellos consumidores de participaciones preferentes con un perfil de riesgo conservador (según su experiencia inversora previa, cultura financiera y formación), que buscaban una inversión a plazo fijo con capital garantizado y que ya hayan solicitado el reembolso (venta al 100% en el mercado secundario), intercediendo además en dichos órganos para procurar una salida adecuada para el resto de afectados.

Parlamento de Andalucía, 4 de junio de 2012.
El Portavoz del G.P. Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía, José Antonio Castro Román.

ACUERDO PROPUESTO POR PP:

El Parlamento de Andalucía insta al Consejo de Gobierno a:

1. Acordar la necesidad de que las entidades financieras, cajas y bancos, con sucursales abiertas al público en Andalucía, lleguen a un acuerdo con los clientes poseedores de participaciones preferentes en el sentido de convertirlas en imposiciones a plazo fijo.

2. Realizar cuantas gestiones sean posibles a fin de que las participaciones preferentes en circulación puedan ser transformadas en imposiciones a plazo fijo.

Parlamento de Andalucía, 6 de junio de 2012.
El Portavoz del G.P. Popular Andaluz, Carlos Rojas García.

#4421

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

Os copio ahora la proposición no de ley presentada por el PSOE, que he tardado algo más en encontrarla y prepararla para su pegado. Pido disculpas. La propuesta es la siguiente:

9-12/PNLP-000010, Proposición no de Ley relativa a operaciones de canje de las participaciones preferentes

A LA MESA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA El G.P. Socialista, con arreglo a lo previsto en el artículo 168 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley ante el Pleno, relativa a operaciones de canje de las participaciones preferentes.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las entidades financieras y no financieras en España han venido comercializando participaciones preferentes entre sus clientes en los últimos años. En la gran mayoría de los casos son inversores minoristas que confiaron en su entidad de depósito para colocar sus ahorros. La comercialización de las participaciones preferentes, emitidas por las entidades de crédito, se produjo sin un nivel adecuado de transparencia y una evaluación previa de los conocimientos financieros y experiencia del inversor minorista. La gran mayoría de entidades indujeron a su clientela a convertir sus depósitos en estos productos financieros extremadamente complejos, que ofrecían mayor rentabilidad, siempre y cuando el banco obtuviese beneficios. Pero, lo que no aclaraban suficientemente es que estos pequeños ahorradores dejaban de tener depósitos a plazo fijo y se hacían propietarios de participaciones preferentes, que al igual que la deuda subordinada son considerados productos híbridos de capital, a medio camino entre la renta fija y la renta variable, y que tendrían que vender para recuperar su capital. El problema se conoce cuando el cliente necesita su dinero y la entidad bancaria le informa que no puede disponer de él porque dicho producto financiero tiene carácter perpetuo y su eventual rescate queda a la exclusiva voluntad del emisor. Por tanto, son muchos inversores minoritarios los que no pueden disponer de sus ahorros de toda una vida y se han sentido claramente engañados por la confianza que delegaron en su entidad financiera. La desinversión o venta de las participaciones preferentes, al no cotizar en Bolsa, está sujeta a las normas que rigen el mercado en el que se negocian dichos títulos (Mercado AIAF), al que el inversor debe acudir para obtener liquidez. Dicho mercado no opera como el bursátil, pues se trata de un mercado bilateral y descentralizado en el que las partes acuerdan los términos de la transacción que comunicarán posteriormente al mercado. Que una emisión esté admitida a negociación activa, no garantiza que se encuentren compradores disponibles en el momento en que el vendedor desee, o que haya ofertas de compra al precio deseado. Por tanto, no siempre es posible vender los valores de manera rápida sin asumir pérdidas en el capital invertido.

Tras la entrada en vigor de la Directiva 2004/39 CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros (MiFID) y su transposición a través de la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se produjo una modificación significativa que calificó a las participaciones preferentes como productos complejos. Por ello, las entidades financieras deberían haber advertido a los clientes minoristas antes de dicha comercialización, respecto a su ausencia de conocimientos y experiencia (advertencia de no conveniencia), tal y como se prevé el artículo 79 bis de la Ley del Mercado de Valores.
A partir de la reforma financiera, el interés de las entidades financieras en colocar estos productos espondió a las necesidades de incrementar sus recursos propios con el objetivo de mejorar los índices de solvencia (Tier 1). Esta fue la razón por la que se llevó a cabo una comercialización agresiva y en muchos casos engañosa en clientes minoristas, a través de sus distintas sucursales bancarias. Sin embargo, a partir del 2011, el Banco de España y la Autoridad Bancaria Europea (EBA) aprobaron nuevos equerimientos de capital, dejando sin computar a las participaciones preferentes como capital de alta calidad, en línea con el acuerdo de Basillea III, que entrará en vigor en 2013, y que prevé que este tipo de productos financieros no se consideren como recursos propios de primer nivel. Por ello, las entidades de crédito que emitieron estos instrumentos están procediendo a canjear las participaciones preferentes, y otros instrumentos subordinados, por otros productos que tengan un tratamiento regulatorio más acorde con las nuevas necesidades de capital. Además, desde 2011 se han detectado casos de entidades en los que no ha quedado acreditado que hayan llevado a cabo una gestión adecuada de sus instrucciones de venta de dichas participaciones preferentes. Para que no vuelva a ocurrir este problema, es necesario regular mejor este tipo de conductas y obligar a las entidades financieras a ofrecer información suficiente y pormenorizada sobre los riesgos y condiciones de los productos financieros que ofrecen a sus clientes minoristas. También es necesario que presten asesoramiento financiero adecuado al perfil de sus clientes, y certificados de idoneidad de los productos que van a comercializar entre los usuarios de servicios financieros. BOPA 29 PARLAMENTO DE ANDALUCÍA 22 de junio de 2012 Pág. 6 Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía La disposición final séptima del Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero habilita al Gobierno, mediante Real Decreto, a establecer los supuestos en los cuales las entidades emisoras de participaciones preferentes u obligaciones subordinadas deberán ofrecer su canje por acciones o por obligaciones subordinadas de la entidad emisora o de cualquiera otra de su grupo; así como los criterios para determinar el porcentaje del valor nominal de dichos instrumentos que deberán ser objeto de canje. Esta medida es insuficiente para resolver el problema que tienen la clientela minorista puesto que no se garantiza la recuperación del capital invertido.

Por todo lo anteriormente expuesto, el G.P. Socialista
presenta la siguiente:

PROPOSICIÓN NO DE LEY

1. El Parlamento de Andalucía insta al Consejo de Gobierno a que, a su vez inste al Gobierno de la Nación, para que impulse el debate y aprobación, en su caso, de la Proposición de Ley sobre Operaciones de Canje de las Participaciones Preferentes, ya registrada en el Congreso de los Diputados, con el objeto de:
a. Que el objetivo de esta Ley sea que las operaciones de canje se lleven a cabo por el cien por ciento del valor nominal, y para ello se den facultades a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para autorizar estos canjes y velar para que exista la máxima transparencia acerca de las condiciones de la operación.
b. Que los pequeños inversores puedan tomar sus decisiones con la mayor información posible y se respeten las normas de comercialización de productos financieros.
c. Que en los supuestos en los que las entidades financieras ofrezcan el canje por acciones, obligaciones
subordinadas convertibles en acciones o cualquier otra de su grupo, la constitución de imposiciones a plazo fijo no sea superior a tres años.
d. Establecer la prohibición de emisión y comercialización de las participaciones preferentes entre los clientes minoristas a partir de la entrada en vigor de dicha Ley.

Sevilla, 11 de junio de 2012.
El Portavoz del G.P. Socialista, Mario Jesús Jiménez Díaz.

#4422

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

fiteri soy de Sevilla y no firme por dos veces no me engañan

#4423

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

Como veréis, la propuesta del PSOE no aprta solución alguna, sino que valida la operación de canje ofrecida y realizadaen gran parte por Banca Cívica.
Además, es notoria la ignorancia o el cinismo con el que está redactado el apartado C del punto primero de la proposición: «c. Que en los supuestos en los que las entidades financieras ofrezcan el canje por acciones, obligaciones subordinadas convertibles en acciones o cualquier otra de su grupo, la constitución de imposiciones a plazo fijo no sea superior a tres años.»

Es evidente ni «acciones ni obligaciones subordinadas convertibles o cualquier otra de su grupo» tienen relación alguna con las imposiciones a plazo fijo. A mi modesto entender, pienso, o el tal Mario Jiménez y sus compañeros o son ignorantes o son cínicos. No sé qué es peor...

Respecto a las propuestas de PP e IU creo que sí inciden en soluciones más acordes con lo que muchos de todos nosotros queremos(al menos un servidor), o sea que nos transformen las preferentes por depósitos a plazo fijo garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos del Estado.

#4424

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

Una última cosa, quien desee seguir el debate por TV vía internet sólo tiene que buscar la web del Parlamento de Andalucía y en ella el epígrafe correspondiente. También se puede ver en diferido acudiendo a la videoteca de la misma web, que conserva grabadas todas las sesiones parlamentarias. Saludos y mucho ánimo a todos.

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