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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#13545

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

... ¿sabes a qué me refiero cuando hablo de tal manera de los madrileños? Porque ven bien que a la polluela esta sea su alcaldesa. Sabido es que no tiene más CV que ser "esposa de". Para colmo, el clásico madrile le parecía (y aún le parece) que Gallardón es la imagen de un conservador guay bastante modelno... hasta que se le ve el plumero (recuerden lo del aborto). Y no le da importancia que a sus prebostes actuales no les haya votado, total pa qué, no vayan a tener que utilizar el celebro y tengan que pensar. Pensar es propio de los perroflautas ajquerosos rojos antisistema radicales que piden y piden y piden y piden.

Por eso esta casta rancia anida y se propaga aquí. Porque el madrile medio es 1mb€c1l. Así se la cuelan como se la cuelan. Por desgracia a mí me tocó haber nacido aquí, cuando pude haber nacido en tantos sitios, recordando la historia de mis padres... Este comportamiento de madrile es lo que tengo por ejemplo para no ser.

#13546

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Creo que el TEST hay que hacerlo a los dos, pero es un tema muy "jurídico" y entra en consideración el régimen matrimonial, en tu caso separación de bienes, lo siento pero en esto no te puedo ayudar, por sentido común entiendo que es un defecto, peeeeero con rotundidad no te puedo indicar.

#13547

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

me parece que te as pasado siete pueblos.

#13548

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

perdon me referia al comentario de sahsa sobre los madrileños y su queja.

#13549

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Rebuc sid Standibus , ha contestado a la pregunta,,, pego aqui su respuesta,,, gracias Rebuc...

"El punto de partida es siempre este: la carga de la prueba de haber proporcionado una adecuada información la tiene la entidad. Por lo tanto en mi opinión ese papelito que tanto preocupa debería ser considerado papel mojado si no se acompaña con prueba mas contundente acerca de la adecuada información y valoración del perfil del cliente. De modo que si la entidad no puede acreditar estos extremos, como ya he comentado en alguna ocasión sería de utilidad invocar los artículos 7 y 8 de la Ley de Condiciones Generales de Contratación, así como el artículo 6.3 del Código Civil

LCGC

Artículo 7. No incorporación. No quedarán incorporadas al contrato las siguientes condiciones generales:

a.)Las que el adherente no haya tenido oportunidad real de conocer de manera completa al tiempo de la celebración del contrato o cuando no hayan sido firmadas, cuando sea necesario, en los términos resultantes del artículo 5.
b).Las que sean ilegibles, ambiguas, oscuras e incomprensibles, salvo, en cuanto a estas últimas, que hubieren sido expresamente aceptadas por escrito por el adherente y se ajusten a la normativa específica que discipline en su ámbito la necesaria transparencia de las cláusulas contenidas en el contrato.

Artículo 8. Nulidad.

1. Serán nulas de pleno derecho las condiciones generales que contradigan en perjuicio del adherente lo dispuesto en esta Ley o en cualquier otra norma imperativa o prohibitiva, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de contravención.

2. En particular, serán nulas las condiciones generales que sean abusivas, cuando el contrato se haya celebrado con un consumidor, entendiendo por tales en todo caso las definidas en el artículo 10 bis y disposición adicional primera de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. CC aRT. 6.

3.-Los actos contrarios a las normas imperativas o prohibitivas son nulos de pleno derecho salvo que en ellas se establezca un efecto distinto en caso de contravención.

Es evidente que la inclusión de ese documento tiene como finalidad salvaguardar la responsabilidad de la entidad pero en ningún caso le exime del cumplimiento real de sus obligaciones por lo que si, teniendo la condición de consumidor, se invoca ese precepto, bien está y servirá de apoyo aunque no debería ser necesario. No obstante me queda una preocupación al respecto: el concepto de cláusulas abusivas se da en contratos predispuestos únicamente y suscritos con consumidores. Predispuestos significa no negociados, para que nos entendamos que sean lentejas. Cuando se saca una cláusula de un contrato predispuesto como es el que conforma toda la documentación de suscripción de preferentes o subordinada, parece querer reflejar la voluntad de la entidad de que se entienda fuera del mismo, es decir, que se interprete como que todo lo anterior es predispuesto pero esa cláusula no, que ha sido negociada y por lo tanto no le sería de aplicación ni la regulación de cláusulas abusivas ni la Ley de Condiciones Generales de Contratación. Es una mera elucubración pero dentro de lo posible.
Saludos a todos"

#13550

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

¿Pero de quien habla? ¿De Ana Botella o de Maria Antonieta? supongo que lo pagara todo el Sr Aznar con los puestos que le dieron de consejero de Rupert Murdoch o con lo que le pagan en Georgetown por las clases,,,,,

http://www.elmundo.es/elmundo/2006/06/21/comunicacion/1150886632.html

http://elpais.com/diario/2004/04/06/espana/1081202423_850215.html

Por eso dicen algunos que hemos vivido por encima de nuestras posibilidades, supongo.....

#13551

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

"Mientras tienen lugar las conversaciones en Bruselas, las protestas proliferan a lo largo de España, tanto en Galicia -donde está radicado NGB- como en Madrid, donde tiene su sede la nacionalizada Bankia y los manifestantes han mostrado su rabia ante la sede del gobernante Partido Popular.

Los abogados dicen que estas personas fueron objeto de estafa, y prevén una marea de demandas de compensaciones por valor de cientos de millones de euros."

http://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/4326552/10/12/los-inversores-en-preferentes-libraran-una-batalla-legal.html

Me gusta lo de "han mostrado su rabia ante la sede del gobernante Patrañas y Pelotazos" Tenemos que volver. (Esto último debe leerse en negrita)

#13552

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Entonces, tal vez mi idea de "poner sobre la mesa" unos cuantos documentos similares, podría perfectamente interpretarse como que no fue negociada de manera individual, lo que sé es como hacerlo, y no, no sirve una legitimación notarial, porque son copias, no son originales, (un notario ni legitima ni compulsa copias, y no es "presentable" acudir 30 tíos ante un notario, es una idea, pero no es muy fácil de conseguirlo.......... ¿cuál seria el sistema? .......... puedes consultarse estas dos cuestiones en concreto?????

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