Lo mejor es prepararlo antes de que pase:
1. Contrato por escrito y fianza depositada. La fianza legal es de una mensualidad y puedes pedir además una garantía adicional (en contratos de vivienda, como mucho dos mensualidades más). Si no paga, se puede quedar a cuenta de la deuda.
2. Seguro de impago de alquiler. Con 400 € de renta suele costar poco (en torno a un 3–5 % de la renta anual) y casi todos incluyen la defensa jurídica del desahucio.
3. Si deja de pagar: primero un requerimiento fehaciente (burofax) reclamando la deuda. Si no paga, demanda de desahucio por falta de pago con reclamación de rentas en el juzgado; con un procurador y un abogado sale mejor. El inquilino solo puede frenar el desahucio pagándolo todo una vez (la "enervación"), y no puede si ya le requeriste el pago con un mes de antelación y no pagó. Si el inquilino está en situación de vulnerabilidad, el juzgado avisa a servicios sociales y los plazos se alargan.
4. En la renta: declara el alquiler como rendimiento del capital inmobiliario. Si te dejan de pagar, las rentas que no cobres puedes restarlas como saldo de dudoso cobro cuando hayan pasado 6 meses desde la primera gestión de cobro (o antes, si el inquilino está en concurso).
Y una cosa práctica: no aceptes nunca un "acuerdo de palabra" para retrasar el pago sin dejarlo por escrito.