Acceder

Auditoria a la gestión del Administrador. - Comunidad de propietarios

6 respuestas
Auditoria a la gestión del Administrador. - Comunidad de propietarios
Auditoria a la gestión del Administrador. - Comunidad de propietarios
#1

Auditoria a la gestión del Administrador. - Comunidad de propietarios

Me acabo de enterar que para hacer una auditoria a la gestión del administrador ya no la puede hacer un vecino si quiere pagándolo de su bolsillo . Me dicen que ahora hay que tener una mayoría de vecinos que lo apruebe y  entonces el administrador lo solicita. ¿Es esto cierto? 
#2

Re: Auditoria a la gestión del Administrador. - Comunidad de propietarios

Me parece un tanto difícil que el administrador solicite una auditoría de sí mismo.
Todas las decisiones de una comunidad se toman por acuerdo de la junta de propietarios (salvo unas pocas que no son el caso).
Si la junta aprueba la auditoría, lo correcto es que autorice al presidente para solicitarla. 
Y si el presidente no es de fiar, autorizará a otra persona o a una comisión elegida por la junta.
Normalmente, antes de acordar la auditoría, se contará con algún presupuesto, y no debiera ser  el administrador quien se encargue de ello.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Auditoria a la gestión del Administrador. - Comunidad de propietarios

Gracias Juan, a mi me pareció poco creíble que la Junta acordara una auditoria a la gestión del administrador y que sea el administrador el que tenga que solicitar todo, se le tendría que solicitar a él toda la documentación para poderla hacer.. 
Pero como están aprobando leyes  de aquella manera puedes creerte todo.

Pero la pregunta de si un vecino por su cuenta quiere una auditoria que él paga porque no hay vecinos suficientes para decir que si lo hagan porque supone un gasto que no quieren o no pueden asumir ¿Lo puede hacer él solo de su bolsillo?
#4

Re: Auditoria a la gestión del Administrador. - Comunidad de propietarios

La junta tiene derecho a acordar hacer una auditoría al administrador. Se supone que será porque no tiene plena confianza en su trabajo, por lo cual es absurdo que se la encargue al administrador, eso es como poner al zorro a vigilar las gallinas.
Lo normal es que se encargue el presidente que, a fin de cuentas, es el representante legal de la comunidad. Caso de que el presidente sea "sospechoso", la junta puede nombrar a algún copropietario o una comisión para que se encarguen del asunto. Esta posibilidad puede ser la mejor si hay algún copropietario que sea contable o algo parecido.
Por otro lado, es conveniente que el acuerdo de la junta establezca en qué va a consistir tal auditoría al menos en líneas generales. Podría ser comprobar si la contabilidad está correcta y cuadrada con los saldos bancarios, o ir más lejos y analizar determinados contratos, etc.
En cuanto a los segundo que preguntas, ningún copropietario puede encargar la auditoría, ni pagándola ni sin pagar, eso sólo lo puede encargar la comunidad. El copropietario puede pedirlo y la junta decidirá.
Para llevar a cabo la auditoría no es necesario que el administrador entregue la documentación. Basta una vez contratado el auditor, comunicarlo al administrador para que le facilite todo lo necesario.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Auditoria a la gestión del Administrador. - Comunidad de propietarios

" La junta tiene derecho a acordar hacer una auditoría al administrador. Se supone que será porque no tiene plena confianza en su trabajo, por lo cual es absurdo que se la encargue al administrador, eso es como poner al zorro a vigilar las gallinas". 
Efectivamente, eso mismo le contesté a la persona que me lo dijo. Eso sería como poner al zorro a cuidar del gallinero. Como va a llevar él  a cabo los acuerdos de la Junta en algo que va contra él. Pero como las leyes que están aprobando son como son lo mismo hasta era cierto por eso lo pregunto.

 "Lo normal es que se encargue el presidente que, a fin de cuentas, es el representante legal de la comunidad. Caso de que el presidente sea "sospechoso", la junta puede nombrar a algún copropietario o una comisión para que se encarguen del asunto. Esta posibilidad puede ser la mejor si hay algún copropietario que sea contable o algo parecido."
, lo mejor es nombrar a algún copropietario o una comisión, porque el actual presidente no es de fiar, pero el que le releve tampoco y el que releve a este último tampoco, por lo que vamos a estar tres años con personas no apropiadas. Lo mejor es la primera opción.

 "Por otro lado, es conveniente que el acuerdo de la junta establezca en qué va a consistir tal auditoría al menos en líneas generales. Podría ser comprobar si la contabilidad está correcta y cuadrada con los saldos bancarios, o ir más lejos y analizar determinados contratos, etc."

Lo tendremos en cuenta, muy importante.

 "En cuanto a los segundo que preguntas, ningún copropietario puede encargar la auditoría, ni pagándola ni sin pagar, eso sólo lo puede encargar la comunidad. El copropietario puede pedirlo y la junta decidirá"

De acuerdo.

"Para llevar a cabo la auditoría no es necesario que el administrador entregue la documentación. Basta una vez contratado el auditor, comunicarlo al administrador para que le facilite todo lo necesario"
De acuerdo.

.Gracias por las respuestas..
.



#6

Re: Auditoria a la gestión del Administrador. - Comunidad de propietarios

Juan, yo debí entender mal o me lo dijeron mal, pero el administrador no la tenía que solicitar la tenía que solicitar el administrador que le sustituye.

En cuanto a qué es el auditor el que tiene que pedir la documentación al administrador, puestos al habla con un auditor nos dijo que él lo podía pedir pero que si el administrador no quería darlo él no podía hacer nada. Nos dicen que es mejor pedirlo a través del Juzgado que al Juez no se lo puede negar porque entonces el Juez puede mandar a la policía.
Qué me tenéis que decir a esto.?
#7

Re: Auditoria a la gestión del Administrador. - Comunidad de propietarios

Creo que lo que yo dije es que la auditoría la aprueba la junta y la pide el presidente que es el representante legal de la comunidad. Si la junta lo ha autorizado, el presidente puede delegar en el administrador entrante esa gestión (si el entrante está dispuesto a ello).

En cuanto a pedir la documentación, es algo primordial porque no se puede ir al juzgado denunciando la no entrega la documentación y que el otro diga que no se la han pedido. 
Así que es muy importante pedirla fehacientemente, o sea mediante burofax. Eso lo puede hacer el administrador entrante o el presidente, cualquiera vale pero hay que hacerlo bien para tener la prueba cuando se acuda al juzgado. En el burofax hay que establecer un plazo cierto para recibir respuesta para, a continuación, poder acudir a los tribunales si no se cumple dicho plazo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.