Buenas, Mara63. Te afecta poco o nada, por dos motivos:
1. El decreto ya no existe. El Real Decreto-ley 27/2026 (el de la prórroga de 5 años y la indemnización de 12 mensualidades si el casero no renueva) entró en vigor el 2 de octubre, pero el Congreso no lo convalidó ese mismo día y quedó derogado. El que bajaba la subida anual del alquiler al 2 % (RDL 26/2026) también cayó. Sigue aplicándose la Ley de Arrendamientos Urbanos tal como estaba antes.
2. Ya tenéis un contrato nuevo firmado. Lo acordasteis libremente en julio y entra en vigor el 1/12. Es válido y no depende de lo que pasara con el decreto.
Lo que sí conviene que tengas en cuenta: con un contrato nuevo empieza a contar otra vez la duración mínima de la ley. Si alquilas como persona física, las inquilinas pueden quedarse hasta 5 años y, después, hasta 3 años más de prórroga si nadie avisa. Si en algún momento no quieres renovar, el aviso es con al menos 4 meses de antelación al final de esos 5 años o de cada prórroga anual. Y la subida anual será la que hayáis pactado, con los límites que ya había antes del decreto.
Un saludo.