Acceder

Alquiler vivienda - Inquilino

14 respuestas
Alquiler vivienda - Inquilino
Alquiler vivienda - Inquilino
#1

Alquiler vivienda - Inquilino

Buenas noches, tengo contrato de alquiler de 3 años de duración. En dos meses expira el mismo y me comunica el propietario que, con la nueva ley, no es posible su renovación. Me dice de hacer un contrato nuevo pero subiéndose el alquiler 100€ más. Si me interesa todo bien y si no...pues a dejar el piso. Puede obrar de esa manera?
Y otra duda que tengo es que cuando firmamos el contrato actual 12/2018, tuve que pagar a parte de la fianza, un mes a la inmobiliaria. Si estuviera conforme con la nueva propuesta del propietario, tendría que volver a pagar a la inmobiliaria otra vez un mes de renta?
Saludos

#2

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

   A lo segundo te diría que no,
no tienes por qué pagar una mensualidad a la agencia, sabiendo que la agencia ya se  ha desligado de vuestro convenio.
   A lo primero no sé contestarte con seguridad, pues las fechas de las normativas no me las sé. Lo que sí se  es que la nueva ley, principalmente  beneficia al inquilino, pero ya te digo  los plazos de contratos y aplicación de la  ley no me la se.
#3

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

Ok. Gracias
#4

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

Si que es posible su renovación. Otra cosa es que quiera subir el alquiler porque el tiempo mínimo de contrato son tres años (no hay máximo).  Te ha avisado con tiempo y si, es legal. Efectivamente tendríais que firmar un nuevo contrato. Coincido en que no hay motivo para pagar un mes a la inmobiliaria dado que no ha puesto anuncio, no ha buscado un nuevo inquilino,  etc, etc. 

Saludos 
#5

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

El propietario te ha contado una verdad a medias. Sí que sería posible renovar el contrato si hubiera voluntad por las dos partes, pero el propietario no quiere hacerlo y prefiere hacer un nuevo contrato para subir la mensualidad. Está en su derecho. 
#6

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

 El propietario te ha contado una verdad a medias. Sí que sería posible renovar el contrato si hubiera voluntad por las dos partes, 

Sin acritud. Es una verdad completa
También es posible regalarle el alquiler a partir de ahora, y el Propietario tampoco se lo ha ofrecido....

A una persona que se le ve sin experiencia cómo inquilino, con ese tipo de comentarios, lo que único que se va a conseguir es enrarecer la situación, y poner a esta persona en contra de su casero, sin necesidad.
El propietario mira por El, al igual que el inquilino mira por su interés.

Por cierto, la agencia ya no se acuerda de ti @caboneras, o sea, que tú olvidate de ellos.

Al igual que el Propietario te dice esto, tú en su momento serás libres de irte cuando encuentres una mejor oferta, respetando el tiempo mínimo convenido.

Suerte!

QUIERES SER MI VECINO? SUSCRIBETE en https://www.rankia.com/blog/escalera-color

#7

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

 Yo creo que con la nueva ley, el inquilino tiene derecho a estar 5 años, sin que se le suba el alquiler, salvo lo establecido en el contrato, que es  el IPC y poco más, o nada más,
   Lo que no sé es a que contratos afecta y desde cuando hay que aplicarlo.
   Vanos que si el inquilino no quiere irse,  puede  estar 5 años en la vivienda con el mismo contrato.
   También es verdad, que tampoco te conviene una mala relación con el propietario, porque te puede poner trabas y haceros la vida imposible mutuamente,

#8

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

Igual estoy hilando muy fino, pero si el propietario dice que "el contrato no puede renovarse con la nueva ley", eso no es cierto puesto que no hay ningún impedimento legal para prorrogarlo.
Si el propietario fuera honesto y transparente no tiene nada más que decir que no va a renovar el contrato porque piensa que el precio está por debajo del mercado y cree que podría alquilar el piso por 100 euros más. 
No creo que esté enrareciendo el ambiente por informar a alguien de algo que desconoce, creo que para eso sirve este foro.
#9

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

Dado que no tenemos fecha exacta, demos esta por buena

 
 Contratos celebrados a partir del 6 de Junio de 2013 y hasta el 19 de Diciembre de 2018

Dichos contratos, que pueden tener una duración de hasta tres años, a voluntad del inquilino, y aunque hubiera habido oposición por parte del arrendador, tienen las siguientes características:

  • La tácita reconducción o prórroga, si no ha mediado comunicación por el arrendador, una vez transcurridos los tres años, es anual, es decir, de un año, y vencido ese año, sin requerimiento del propietario, por otro año más, y así sucesivamente.
  • Las causas de denegación de la prórroga forzosa (primeras tres anualidades), son las mismas que se han expuesto en el apartado anterior (contratos celebrados a partir del 19 de Diciembre de 2018), sin necesidad de que dichas causas queden previamente previstas en el contrato de alquiler.
 

QUIERES SER MI VECINO? SUSCRIBETE en https://www.rankia.com/blog/escalera-color

#10

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

Y es cierto lo que dice, no puede renovarlo, puede prorrogarlo por anualidades, que no es lo mismo.
Se puede en un momento dado, hacer prorrogas anuales, o por dejadez de ambas partes, entrar en tácita reconducción. 

Al margen de los 100 €, yo también abocaría a realizar un contrato nuevo, para quedar dento de la presente ley. Esto ya son gustos personales, yo prefiero actualizar la documentación siempre que sea posible, a la legislación vigente.

 Si el propietario fuera honesto y transparente .....
Acusar de falta de honestidad y transparencia, a una persona de la cual nos llegan palabras de manera escueta por una de las Partes, no sé que punto de neutralidad tiene.
Desde luego, manifiesta una clara intencionalidad, no sólo de apoyar a una de las Partes, sino desprestigiar a la Parte contraria. Tal vez me haya quedado corto con "enrarecer":

QUIERES SER MI VECINO? SUSCRIBETE en https://www.rankia.com/blog/escalera-color

#11

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

Creo que te equivocas. El contrato se firmó en diciembre de 2018, así que la ley vigente en ese momento decía que el tiempo mínimo eran 3 años. 

Posteriormente, a principios de 2019 se cambió y pasó el tiempo mínimo a 5 años. 

Saludos 
#12

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

No entiendo tu respuesta. Precisamente por estar firmado con la ley anterior es por lo que el propietario al pasar 3 años puede dar por terminado el contrato y hacer uno nuevo con otras condiciones.

Mi comentario únicamente hace referencia a que, según expone aquí el inquilino, el propietario afirma que la nueva ley impide renovar el contrato una vez que se ha llegado a los 3 años.

Yo sólo digo que esa afirmación no es cierta.
#13

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

Perdona,  tienes razón, quería responder al comentario de Luisgo y no al tuyo. Siento el error.

De hecho yo también he dicho lo que tu, que de podía renovar por más tiempo. 

Saludos 
#14

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

Buenos días. Antes de nada agradeceros todas las respuestas a mi pregunta inicial.
Ya me queda claro más o menos lo del nuevo contrato de arrendamiento. Ahora la duda que tengo es el tipo de contrato que pretenda que firmemos ya que a mi me interesa de larga duración. Saludos
#15

Re: Alquiler vivienda - Inquilino

Si lo firmas ahora el mínimo son 5 años. 

Saludos