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Extinción del condominio .

1 respuesta
Extinción del condominio .
Extinción del condominio .
#1

Extinción del condominio .

Mi pregunta es la siguiente:
¿ Existe alteración del patrimonio al adjudicarse un comunero el 100% de un inmueble indivisible compensando al otro en metálico, y , por tanto, tener que declarar una ganancia patrimonial en el IRPF?.
Informaros que recientes sentencias de Tribunales Superiores de Justicia, entienden que no hay que tributar pendiente de resolución definitiva, en este sentido podéis consultar las sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana 571/2017, de 6 de junio de 2017 y del TSJ del País Vasco 65/2019 y 374/2019, de 30 de enero de 2019 que afirman que no hay ganancia patrimonial, a tenor de lo dispuesto en el último párrafo del art. 33.2 de la Ley de IRPF. 
Muchos despachos dicen que no y otros que sí. ¿ Quién se atreve a comentar?
Gracias y buenos días.
#2

Re: Extinción del condominio .

 Roj: STS 966/2019 - ECLI: ES:TS:2019:966 Id Cendoj: 28079130022019100079 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 2 Fecha: 20/03/2019 Nº de Recurso: 3172/2017 Nº de Resolución: 377/2019 Procedimiento: Recurso de Casación Contencioso-Administrativo (L.O. 7/2015) . 

Según el alto tribunal no ha exceso de adjudicación.Es para completar la pregunta.