Normalmente los organismos autonómicos para la concesión de ayudas tales como bonos térmicos, ayudas al alquiler, bono turístico, descuentos en IBI, etc, unos de los requisitos para la concesión de las ayudas es estar al corriente de pago con hacienda por eso el origen de la consulta que hace la Comunidad de Madrid sobre ti a la agencia tributaria y esta le remite un certificado para poder continuar con la tramitación de la ayuda.
Pongo la información del procedimiento para que no haya lugar a dudas, en este procedimiento es la AEAT quien contesta a un requerimiento de información por parte de un organismo público y no al revés.
Fases del procedimiento/servicio
Inicio. Remisión por vía telemática a la AEAT por parte de la Administración Pública requirente del fichero normalizado con los datos identificativos de los interesados respecto de los que se solicita información.
Tramitación. Captura de los datos del fichero anterior y cruce de los mismos con la base de datos de la AEAT.
Terminación. Envío por vía telemática de los datos solicitados a la Administración Pública requirente, una vez comprobada por la AEAT la pertinencia de la cesión.
Además el procedimiento se llama:
Suministro de información a Administraciones Públicas para finalidades no tributarias.