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Duda liquidación impuestos deuda herencia

14 respuestas
Duda liquidación impuestos deuda herencia
Duda liquidación impuestos deuda herencia
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#1

Duda liquidación impuestos deuda herencia

Buenas.

A ver si me podéis ayudar a aclarar unas dudas, por favor.

Llevo tiempo liado con los tramites de la herencia por el fallecimiento de mi hermana, me lo está llevando la gestoría que me asignó Ocaso, pero son ineficientes y pasan de todo.


Pero vamos a la duda.

Antes de hacer la aceptación de herencia debemos hacer la liquidación de impuestos:

- Hay una cuenta corriente, unas acciones y un fondo de inversión, de poca cuantía. Y hay un pequeño estudio.
 Supongo que esto se incluye todo junto en el formulario.

- Hay unas deudas, que GCBE recompró.
¿Se incluye también en el mismo formulario pero en negativo?
No aparecen en el informe del banco de España. ¿Entonces hay que pagarlo?
Además ofrecen un descuento del 30%. ¿Debo incluir el valor total en la liquidación? ¿O el valor con el descuento ya aplicado?
¿Esto debo pagarlo después de hacer la liquidación? ¿O podría pagarlo antes para aprovechar el descuento?
Tenemos que ver si las deudas son mayores que el valor del piso, en cuyo caso rechazaríamos la herencia.

- Y hay una hipoteca, de la que un seguro se va a hacer cargo de lo poco que queda por pagar.
¿Entonces la ignoro? ¿O debo incluir por separado la hipoteca y lo del seguro que la anula?

Gracias
#2

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

tiene que incluir todos sus bienes, derechos y obligaciones valorados a fecha de fallecimiento de su hermana



primer paso será listar todos los derechos, bienes, deudas y obligaciones que tenía la persona en el día de su fallecimiento. Una vez que tengamos esta información, tan solo debemos sumar todos los bienes y derechos. A la cifra resultante, se le restará el total de las deudas existentes. El resultado final de la operación corresponderá con exactitud al caudal de una herencia.
Debeis solicitar a todas las entidades el extracto de la posición en la fecha de fallecimiento.



#3

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

Los saldos a día de fallecimiento ya los tengo.

Pero ¿La deuda que no aparece en el banco de España también hay que pagarlo? En realidad no sé si esa deuda es real o es un timo.
¿Y si hacen un descuento del 30% entonces debo poner la deuda original o aplicando el descuento?
#4

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

intente localizar documentos del origen de la deuda con esa entidad, y esa entidad si la vendió a un fondo o similar tuvo que haber enviado la información de esa vents al deudor e indicar el estado de su situación 
#6

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

el valor de las deudas es el que figure a fecha del fallecimiento; las ofertas- descuentos que ofrezca gscb al no haberse materializado a fecha de fallecimiento, no son efectivos y por tanto no cuentan; supongo que gscb se pondrá en contacto con ustedes los herederos y " negociarán" si ustedes aceptan la herencia. 
#7

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

Nota: el CIRBE recoge información sobre deudas y riesgos financieros de particulares y empresas. En concreto, registra préstamos, créditos, avales y garantías concedidos por entidades de crédito, siempre que superen un importe mínimo (generalmente 1.000€).
Juraría que gscb no es entidad financiera 
#8

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

por ello esa deuda, si existe, no figura en el CIRBE
#9

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

¿Pero entonces ese descuento no lo contabilizaremos para la liquidación del impuesto de sucesiones? ¿Se contabiliza luego de otro modo?

¿Puedo pagar la deuda antes de aceptar la herencia y luego a posteri incluirlo en la liquidación?
#10

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

¿Pero esas deudas que no aparecen en el CIRBE hay que pagarlas?
#11

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

sí, por ejemplo si debes recibos de luz, gas, agua, etc, estas deudas no figuran en el CIRBE
#12

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

esa deuda, si existe, no aparece en el CIRBE porque la entidad financiera la vendió a una empresa de gestión de cobros que no es una empresa financiera; al venderla se dio de baja en el CIRBE (al dejar de ser una deuda con una entidad financiera)
#13

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

No se puede "operar" con los bienes, derechos y obligaciones de un fallec  ido hasta que se acepte la herencia 
#14

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

la deuda se tiene que reflejar por su importe a fecha de fallecimiento y por lo que expone y yo entiendo, la aceptación de esa oferta de descuento no lleg  a ser firmada por su hermana 
#15

Re: Duda liquidación impuestos deuda herencia

En el ISD solo se recogen los derechos y obligaciones que son firmes, ejemplo de actualidad: contribuyente jubilado mutualists fallece; por STS de 2023 tiene derecho a que se rectifiquen las autoliquidaciones de lis ejercicios anteriores no prescritos; como hacienda aún no ha resuelto esas rectificaciones y por tanto se desconocen importes exactos, el fallecido tiene unos derechos de crédito sobre hacienda pero no se pueden incluir en la liquidación del ISD porque no son firmes.