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Esta Subvención tributa...o no ?

20 respuestas
Esta Subvención tributa...o no ?
Esta Subvención tributa...o no ?
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#1

Esta Subvención tributa...o no ?

  Buenas tardes:

En el 2023 se hizo a una reforma integral en la vivienda principal de una pareja(con proyecto de arquitecto) y se incorporo suelo radiante con equipo de aerotermia. En 2025 la Junta de Andalucía se les abono la subvención correspondiente  a dicha aerotermia.

¿Habría que declararlo en el IRPF 2025? En caso de hacerlo ¿dentro de qué concepto?

Muchas gracias. 


#2

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

Tendrás que mirar específicamente las características de la convocatoria a la que pertenece la subvención. Si no está exenta tributará como ganancia patrimonial no derivada de transmisiones patrimoniales. 

#3

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

Gracias Rucko,
Lo único que sé actualmente es el concepto que puso la Junta de Andalucía en el recibo de pago; cito:
 603697 INCENTIVO para en 2102 019 0032733 AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA  (AAE) . 
Como lo tramito el instalador no tengo mas documentos a mano...
¿ alguna idea se puede sacar de este "concepto".
Un saludo

#4

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

de la convocatoria de  esas subvenciones, supongo que en la web de la Junta de Andalucía, BOJA   estará colgada toda la información sobre la misma 
#5

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

Hola, otra pregunta relacionada:
Mi comunidad ha recibido una subvención exenta pero figura mi parte proporcional en la información fiscal por la comunicación en el modelo 184 por parte del administrador.
Como la declaro pues no sé dónde ponerla por su carácter de exenta.
Gracias 
#6

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

si tienes claro que está exenta, entiendo que no tienes que incluirla. 
En general, las rentas exentas que hay que incluir en algún apartado del IRPF son las condicionadas a que se cumplan unas condiciones en el futuro, y habría que regularizar la situación si no se cumplen;
 por ejemplo, declarar exenta la ganancia en la venta de una vivienda habitual porque se va a comprar otra habitual (puede que no se acabe comprando o que no se resida en esa nueva vivienda el plazo suficiente para que adquiera el carácter de habitual, en ambos casos hay que regularizar la situación y pagar por esa ganancia), 
otro ejemplo sería declarar exenta la ganancia en la venta de acciones, fondos de inversión o una vivienda no habitual por un mayor de 65 años porque se invierte el dinero en un seguro de renta vitalicia (puede que se rescate el seguro en el futuro y haya que pagar por toda la ganancia que se declaró exenta).


#7

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

Dice la leyenda que si eres del PSOE y tienes joyas por valor de varios millones de euros también estás exento de pagar.

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#8

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

Bueno, comunico esta informacion por si es de utilidad para algun Rankiano:
NO TRIBUTA lo que son incentivos NEXT GENERATION UE:
 
Manual práctico de Renta 2023. 

3. Exenciones en ganancias patrimoniales 

Donaciones a determinadas entidades 

Normativa: Art. 33.4 a) Ley IRPF 

Subvenciones y ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios 

Normativa: Disposición adicional quinta.4 Ley IRPF 

No se integrarán en la base imponible del IRPF, en el ejercicio 2021 y siguientes las ayudas concedidas en virtud de los distintos programas establecidos en los siguientes Reales Decretos: 

  • El Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas;
  • El Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla;
  • El Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos de energías renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
 
#9

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

Yo creo que en este caso se incluye como régimen de atribución de rentas. En ese caso si debes declarar el ingreso conforme a lo declarado por la comunidad en el 184 incluyéndolo  como exento.  
#11

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

#12

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

#14

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

conclusión: consulta en la web de la Junta la información de esa subvención y/o en el BOJA 
#15

Re: Esta Subvención tributa...o no ?

Hola mivisa,
No sé si me esta contestando a mi (el iniciador de esta consulta) o al compañero "somarda" que se "añadió" al tema...?
De mi lado, en mi post de las 13h32, explico lo que he podido averiguar por mi lado, me gustaria una confirmacion por parte de un especialista en la matería antes de "archivar esta parte del tema" . Gracias por adelantado.