#16
Re: Alta en autónomo de administrador de SL sin remuneración.
Cullons!
Eso es Treure el Sant Cristu gros, que decimos por aquí en Catalunya.
Si hay base, por supuesto.
Pero hay que asegurarse muy mucho que los hechos y datos que fundamentan lo que alguien dictó y firmó en la resolución, en apariencia injusta, sean los hechos y datos obrantes.
Más que nada porque no será la primera ni la segunda ni la última vez que quizás se notificaron datos incorrectos o erroneos a la TGSS (o ni se hizo), y claro, el funcionario actuante debe tener muchas cualidades, pero el don de la adivinación no está en ningún proceso selectivo.
Nota: Si bien eso de ser una sociedad patrimonal, actualmente en España es una situación "de hecho", pero no "de derecho", y eso implica dificultades, con lo del invento del NET del BNR 1/2023 de la Seguridad Social y la obligción de informar a la Base de Datos de empresas y personas vinculadas, "administrativamente" se creó un registro donde sí puede figurar de forma pormenorizada (y ser certificado por la administración), esa situación de "sociedad patrimonial".
A mi entender, eso es lo que le puede dar mucha fuerza jurídica a la reclamación, abriendo incluso esa posibilidad penal de la prevaricación.
Eso es Treure el Sant Cristu gros, que decimos por aquí en Catalunya.
Si hay base, por supuesto.
Pero hay que asegurarse muy mucho que los hechos y datos que fundamentan lo que alguien dictó y firmó en la resolución, en apariencia injusta, sean los hechos y datos obrantes.
Más que nada porque no será la primera ni la segunda ni la última vez que quizás se notificaron datos incorrectos o erroneos a la TGSS (o ni se hizo), y claro, el funcionario actuante debe tener muchas cualidades, pero el don de la adivinación no está en ningún proceso selectivo.
Nota: Si bien eso de ser una sociedad patrimonal, actualmente en España es una situación "de hecho", pero no "de derecho", y eso implica dificultades, con lo del invento del NET del BNR 1/2023 de la Seguridad Social y la obligción de informar a la Base de Datos de empresas y personas vinculadas, "administrativamente" se creó un registro donde sí puede figurar de forma pormenorizada (y ser certificado por la administración), esa situación de "sociedad patrimonial".
A mi entender, eso es lo que le puede dar mucha fuerza jurídica a la reclamación, abriendo incluso esa posibilidad penal de la prevaricación.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!