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¿En que casilla de la renta hay que meter los futuros y forex de IBROKER?

6 respuestas
¿En que casilla de la renta hay que meter los futuros y forex de IBROKER?
¿En que casilla de la renta hay que meter los futuros y forex de IBROKER?
#1

¿En que casilla de la renta hay que meter los futuros y forex de IBROKER?

Buenas, uso ibroker, broker español y tal pero en la declaracio no me aparece lo que he hecho con ellos y debo meterlo a mano.
El tema es que no tengo ni idea de como hacerlo.

He operado con futuros del dax y algo de  forex.

Donde meto las operaciones y/o el resultado de las mismas? no encuentro nada en internet más que informacion contradictoria...

Saludos y gracias de antemano
#2

Re: ¿En que casilla de la renta hay que meter los futuros y forex de IBROKER?

Casilla 1626.

Otros elementos no afectos a actividades económicas.

Un saludo.
#4

Re: ¿En que casilla de la renta hay que meter los futuros y forex de IBROKER?

Hola, @vitigudino. 

Desde iBroker Global Markets SV SA no ofrecemos asesoramiento en materia fiscal, en este sentido debería acudir siempre a un profesional en la materia o a la propia agencia tributaria. En cualquier caso, le remito unas pautas sobre las características fiscales de los instrumentos financieros derivados, pero en ningún caso debe tomarlas como un asesoramiento o recomendación: 
 
Las plusvalías diarias obtenidas de la operativa con instrumentos financieros derivados se consideran variaciones patrimoniales. 
Todas las plusvalías - minusvalías generadas en operaciones con instrumentos financieros derivados tributarán en la base imponible del ahorro del IRPF ya que se consideran ganancias o pérdidas patrimoniales. 
 
Dónde hay que declararlos 
En la página 16 (I), en el apartado "F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro) (continuación) ", sección " Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales":
En la casilla 1626 " Tipo de elemento patrimonial. Clave "seleccionar la opción 5 y en la casilla 1631 ingresar los valores.
Fecha de transmisión: la fecha de cierre de la última operación de los instrumentos financieros derivados en 2021.
Fecha de adquisición: la fecha de cierre de la primera operación de los instrumentos financieros derivados en 2021.
Valor de transmisión: si ha tenido ganancias.
Valor de adquisición: si ha tenido pérdidas. 
 
Características fiscales de los instrumentos financieros derivados 
Los resultados obtenidos por las liquidaciones diarias derivadas de las variaciones en el precio a de calificarse, a efectos fiscales, como ganancias o pérdidas patrimoniales, ya que, se entienden procedentes de transmisión. 
 
Cada liquidación diaria constituye una alteración patrimonial. Por tanto, debe imputarse a cada periodo impositivo las ganancias y pérdida generada por el contrato, con independencia de que, a la finalización del mismo, la posición contractual se hubiese cerrado o permanezca abierta. 
 
La alteración patrimonial tributará por el importe liquidado como consecuencia de la diferencia existente entre el precio del subyacente en el momento de la apertura del contrato y el precio al cierre del mercado de dicho día. 

Esperamos le ayude.
Saludos
#5

Re: ¿En que casilla de la renta hay que meter los futuros y forex de IBROKER?

Buenas tardes,

Respecto a la inclusión de los datos del forex en la renta he procedido como detallan en el texto, pero no veo un campo donde pueda indicar los diferentes pares de divisas, por lo que los he puesto todos juntos. Pero me extraña que desde Hacienda no estén interesados en tener esa información. ¿Pueden confirmarme por favor si lo estoy haciendo bien? Es el primer año que invierto en el mercado de divisas.
Gracias de antemano por su tiempo y ayuda.
#6

Re: ¿En que casilla de la renta hay que meter los futuros y forex de IBROKER?

Hola! Los derivados OTC (CFDs y Forex) no tienen un ISIN que identifique e individualice cada contrato. Sin un ISIN asociado a un contrato/activo financiero, lo único que ha requerido Hacienda para este ejercicio 2023 es que se identifiquen contratos OTC intermediados entre un cliente y un mismo emisor (que en el caso que nos ocupa es Usted e iBroker). Esta es la razón de que en su borrador no esté viendo ningún detalle adicional en relación con las operaciones de CFDs y/o FX que iBroker ha reportado por su operativa con nosotros. Son únicamente contadores de contratos derivados OTC. Cualquier duda o pregunta, no deje contactar con nosotros en el 91 794 59 00 o en [email protected]. Saludos!
#7

Re: ¿En que casilla de la renta hay que meter los futuros y forex de IBROKER?

¿Este año también los futuros van en la casilla 1626 con la clave 5? Creo que es así, pero si me pudieran confirmar se lo agradecería pues la forma este año la han cambiado y quisiera estar seguro.
#8

Re: ¿En que casilla de la renta hay que meter los futuros y forex de IBROKER?

Hoy he llamado a la Agencia tributaria al teléfono 915548770 y tras esperar y pasarme por 4 operadores me informan que los futuros este año van en la casilla 1626 y en la clave hay que poner la número 4 de "otros elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas". El año pasado creo recordar que había que poner la clave 5. ¿Me podrían confirmar la clave de la casilla 1626 que hay que poner para las operaciones con futuros?