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Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

44 respuestas
Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años
3 suscriptores
Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años
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#31

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Hay algunos que dicen que si y muchos otros que no.
Yo opino que NO
Es mas,  si haces la DAR a través de la sede electrónica,  existe una única opción en la que declaras que durante ningún mes has obtenido rentas por encima del 75% del SMI,   y el sistema NO te permite introducir ningún dato económico.
Por lógica,   solo en el caso de que en algún mes superes rentas es cuando hay que reflejar esos datos en la DAR,   y te indican que la hagas de manera presencial a través de un gestor.
Saludos.
#32

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Voy a decirlo de otra manera, no hay obligación.
Que cada cual decida si lo declara o no, pero no tendrá consecuencias haga lo que haga.
Eso sí, a la mínima duda declararlo. Si luego se extingue el subsidio por superar rentas y no haberlo declarado no sirve de nada el "yo creía que..."

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#33

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Hola buenas,las acciones se consideran rentas propias?y si es así hasta que no se vende no hay rentas no?
#34

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Por supuesto que es una renta propia.
Mientras no se vendan pueden tener dos tipos de rendimientos, si dan dividendos tienen una renta explicita y será eso lo que considere el SEPE como renta propia, si no dan dividendos, tienen una renta presunta del 3% anual y eso será lo que considere el SEPE como renta propia.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#35

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Muchas gracias,en mi caso son acciones de Abengoa,que ni cotizan,entiendo que no genera nada.
#36

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Estamos hablando de que "todo" el patrimonio que no sea la vivienda habitual debe tener un interés sea explicito o presunto. Y esto es así porque el SEPE valora si la persona tiene necesidad del subsidio o puede valerse con sus propios recursos, el subsidio esta pensado para personas con determinadas necesidades.
Por lo tanto, coticen o no coticen las acciones, como el resto de su patrimonio, deben tener un interés explicito y sino el SEPE les aplicará un interés presunto.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#37

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Gracias por tu atención,y que interés aplican?entiendo k si esas acciones al estar suspendidas y valer 0,interés no genera.
#38

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Aplican el 3% de interés presunto sobre el valor total de las acciones, aunque no proporcionen ningún beneficio, como le ha dicho @franjgr 
#39

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Gracias, entiendo que aplican el 3% por el valor actual,no por el de adquisición 
#40

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Se debería aplicar el 3% del valor al último día del mes, pero eso es impracticable. 
Así que le aplicarán el 3% del valor, cada vez que hagan un control (en la solicitud, en las declaraciones anuales...)

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#42

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Ese 3% también es aplicable al saldo que se tenga en cuentas corrientes sin remunerar?
Gracias 
#43

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Las cuentas corrientes tienen rendimiento explícito,   si no le rentan nada;  0%

PD. Por cierto,  desde el 1/01/2023,  es el 3,25%
#44

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Gracias 
#45

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Tema interesante y que intento resumir usando la terminología del sepe. Dinero en:

- Cuentas corrientes sin intereses: rendimiento explícito del 0%. No suman nada al cálculo del tope máximo del sepe.
-Cuentas corrientes y depósitos con intereses: rendimiento explícito del tipo de interés de la cuenta/depósito.
-Fondos de inversión de acumulación renta fija y variable: rendimiento implícito del 3,25 % sobre el capital del fondo.
-Fondos de inversión de distribución rf y rv: rendimiento implícito del 3,25 %  sobre el capital + el dividendo repartido.
-Bonos, letras del tesoro: rendimiento explícito del tipo de interés de cada tipo de activo.

¿Es correcto?