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Compartir gastos en pareja de cara hacienda

8 respuestas
Compartir gastos en pareja de cara hacienda
Compartir gastos en pareja de cara hacienda
#1

Compartir gastos en pareja de cara hacienda

Buenas,

Llevo un día entero mirando y buscando y no me acaba de quedar claro. 

La situación que tengo actualmente es esta:

Voy a irme a vivir con mi pareja a un piso que tiene sus padres, obviamente les vamos a pagar un alquiler a los padres que va a salir de una cuenta.  Dicha cuenta habíamos pensado que fuese una cuenta conjunta en un banco en el cual ambos podamos ser titulares y todos los meses ella ingrese "x" y yo la misma cantidad, es decir, de manera equitativa. 

Ahora bien, me surge la duda si tendríamos algún problema de cara hacienda o si tendremos que hacer algo en la declaración de la renta, tanto ella como yo, que a priori seguiríamos haciendo nuestras declaraciones de la renta de manera individual. 

Todo esto viene por que he estado leyendo que si se ingresa pero solo gasta uno de los titulares, se puede considerar donación, o igual lo he entendido mal, como la transferencia la haría ella a su madre, parte del importe de esa cuenta se iría a esa transferencia por su parte. 

Un saludo!! Y gracias por adelantado, espero haberme explicado bien 
#2

Re: Compartir gastos en pareja de cara hacienda

Buenas,

Las donaciones se pueden considerar de muchas formas, pero sólo hay donación cuando la Administración puede acreditar que la ha habido y que existía animo de hacerla. 

El supuesto que planteas de convivencia en el cual ambas partes ingresen la misma cantidad en una cuenta es perfectamente normal. De hecho, mi mujer trabaja en un banco, y como es empleada y tiene alguna mejora, de su cuenta personal se carga el 100% de la hipoteca, yo ingreso para los gastos comunes en una cuenta común el mismo importe que el cargo de la hipoteca que le realizan a ella. Con esta actuación no hay ninguna donación, ya que ambos aportamos a lo común los mismos importes.

Dicho lo cual, si la transferencia se realiza desde la cuenta común, aunque la haga ella, no se puede presumir una donación de ninguna forma si los dos ingresáis periódicamente los mismos importes en esa cuenta-

De todos modos, si todo lo anterior te suena a "rollo", no te preocupes y no hagáis nada, la administración autonómica no comprobará posibles donaciones entre parejas o padres/hijos, siempre y cuando los importes no sean exagerados, y el único problema lo pueden tener los padres en IRPF si realizan un arrendamiento a un familiar por un importe inferior al reglamentario.



#3

Re: Compartir gastos en pareja de cara hacienda

No veo ningún problema en lo que vais a hacer. No obstante es recomendable hacer un contrato de alquiler por escrito.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Compartir gastos en pareja de cara hacienda

Yo llevo viviendo  así más de una década (con caseros que no pertenecen a la familia, eso sí), y nunca me han pedido ninguna explicación. 

Nosotros tenemos una cuenta común (dos titulares) que es de donde se paga el alquiler, la luz, el agua, el teléfono fijo, Internet, el gas, la compra del supermercado, etc, etc. Ambos somos titulares de esa cuenta. Ambos ingresamos unas cantidades  similares (mi pareja algo menos que yo) todos los meses, ambos tenemos una tarjeta de débito para pagar en comercios, y de ahí hay una transferencia automatizada mensual por el importe del alquiler. La verdad es que no sé quién ha ordenado esa transferencia en el piso en el que estamos ahora, recuerdo que en un piso previo la ordené y automaticé yo, en este piso el gas está a nombre de uno, el teléfono siempre ha estado a nombre de mi pareja, etc, etc. Vamos, que tenemos todo a medias  y no contamos precisamente quién paga qué. Hacienda ni está ni se la espera. Esto no es una donación, es una cuenta común de las que dos personas disponen  indistintamente. 

Tranquilidad. Disfruta la convivencia y que os vaya muy bien.  

Saludos 
#5

Re: Compartir gastos en pareja de cara hacienda

Mil gracias por todas las respuestas, la verdad es que me quedo algo más tranquilo. 

Si hablaré con los padres por el tema contrato que obviamente tiene que existir. 

Un saludo! 
#7

Re: Compartir gastos en pareja de cara hacienda

Por otro lado, aprovechando este hilo, cual es la mejor manera/opción para aje sus padres no salgan muy perjudicados con respecto a hacienda? Es decir, contrato de alquiles a mi nombre, a nombre de su hija, cesión del inmueble a su hija? Que opción es la más rentable de cara a mis suegros? 

Un saludo! 
#8

Re: Compartir gastos en pareja de cara hacienda

A efectos fiscales para los padres da igual a nombre de quién se haga el contrato. Lo que es recomendable es que el precio no supere lo que sería la renta imputada según el art. 85 de la Ley de IRPF, o sea que no supere el 2% (o el 1,1% si es el caso) del valor catastral.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Compartir gastos en pareja de cara hacienda

Creo que lo he entendido, disculpa mi ignorancia nunca he tratado ningún tema de este estilo.

El valor catastral lo podrán ver ellos en el catastro o por el contrario sacarlo a través del IBI no? En ese caso, el importe total del periodo de alquileren un año natural no puede superar ese 2 %, es correcto? Y hay un mínimo? Es decir, ellos podrían dejarnos el alquiler por un importe menor sin afectación? 

Disculpad las preguntas y mi ignorancia 

#10

Re: Compartir gastos en pareja de cara hacienda

Si, el valor catastral se saca del IBI.
No es que no puedas sobrepasar ese VCx2%, es que como ese es el rendimiento mínimo que se les va a imputar a los dueños, el poner mas cantidad como alquiler solo lleva a que aumente y paguen mas en el IRPF. Eso suponiendo que a ellos no les importe relamente el importe del alquiler que van a recibir y que quieran beneficiar a su hija y pareja lo maximo posible.

Un saludo