Tienes que indicar que renuncias al IMV pero no al CAPI, aunque lo más probable es que te apliquen la renuncia a ambos, por lo que si solo quieres CAPI, pues el año que viene por estas fechas deberás volver a solicitar el IMV (una vez realizado IRPF 2025) y conforme a tus ingresos verás que solo te conceden el CAPI.
Eso sí, yo renunciaría al IMV en diciembre, no antes, ya que la cuantía actual que estés cobrando se supone que está ajustada para todo este año, así que es un poco tonto renunciar ya mismo en lugar de hacerlo en diciembre.