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Prestación autónomos por COVID-19

7 respuestas
Prestación autónomos por COVID-19
Prestación autónomos por COVID-19
#1

Prestación autónomos por COVID-19

Hola,

Respecto a uno de los hechos para poder solicitar la prestación a la Mutua:

(...) cuya facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre anterior, (...)

Teniendo en cuenta que medio mes de Marzo se trabajó, en mi caso no la facturación no ha bajado el 75%, a lo mejor un ~60% (vamos, ni para cubrir gastos). Pero ahora en Abril sí que no voy a facturar nada o como mucho mucho un 10%.

Mi duda es:

Cuando dicen  "mes anterior al que se solicita la prestación" se refieren a:
 
A) a los 30 días antes de la fecha solicitud prestación. Por ejemplo,  si lo solicito el día 15 Abril, pues seria el periodo 15/03-14/04
B) o a todo el mes anterior, es decir el marzo completo: 1/03 a 31/03




#2

Re: Prestación autónomos por COVID-19

Hola! entiendo que si la solicitas el  15 de abril, se refiere a los ingresos que has tenido desde el 14 de marzo hasta esa fecha.
Este tipo de prestación solo la conceden si puedes demostrar esa rebaja de la actividad por lo que te recomiendo que cuando la solicites haya pasado el tiempo suficiente para poder demostrar esa bajada de ingresos.
Saludos
#3

Re: Prestación autónomos por COVID-19

Según el actual, vigente y ya publicado RDL 13/2020, en su DF 2ª, ahora ya es explícito que la bajada de facturación del 75 % debe ser en el "mes natural" anterior a la petición.
O sea, marzo 2020 respecto del semestre septiembre 2019 febrero 2020, o alternativamente abril 2020 respecto del semestre octubre 2019 marzo 2020.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Prestación autónomos por COVID-19

Gracias por la información.

Al ser semestre natural, he hecho de nuevo los cálculos, y no tengo una bajada del 75%, sino de un 74% . Vamos que no la puedo pedir, ¿no? Vaya chasco.
#5

Re: Prestación autónomos por COVID-19

Echa un vistazo a la respuesta de @cachilipox , ya que sería del mes natural como dice.
#6

Re: Prestación autónomos por COVID-19

Bueno, estando "tan" cerca, yo intentaría una cosa: "Autoconsumo".
O sea, aumentar contablemente la facturación anterior para lograr esa ratio del 75 %.
Eso sí, ese aumento por autoconsumo debes ser riguroso y reflejarlo tanto en el IVA como en el IRPF como mayores bases imponibles, y mayores cuotas.....
O "perder" unos días de prestación, y esperarte al siguiente periodo de cálculo: abril 2020 respecto de octubre 2019-marzo 2020.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#7

Re: Prestación autónomos por COVID-19

Hola,

Iba a rellenar el modelo para solicitar la prestación, ya que en Abril no he ingresado casi nada, por lo que si ya puedo acogerme a lo de la bajada de 75%. Entonces, en los formularios de solicitud de la mutua veo que aparece esto: 

¿Cual es el motivo por el que se justifica el derecho a la prestación?

[  ] Suspensión de la actividad por consecuencia directa de la declaración del ESTADO DE ALARMA 
[  ] Reducción en la facturación en el mes natural anterior al de la solicitud en al menos un 75 % en relación con el promedio mensual desde el mes de septiembre de 2019 hasta febrero de 2020 


Entiendo que esto está desactualizado y no sirve para pedirla o si serviría porque se entiende que si la envío en Mayo es por el mes de Abril?....He preguntado a la Mutua pero aún no he obtenido respuesta....Si hubieran puesto semestral natural anterior, pues valdría para tanto un mes como para otro, pero al poner específicamente sept 2019-feb 2020, ya no me valdría aunque diga " Reducción en la facturación en el mes natural anterior al de la solicitud en al menos un 75 % "...

¿Que hariaís?


#8

Re: Prestación autónomos por COVID-19

La norma del BOE sí dice semestre natural anterior.
Ciertas interpretaciones de algunas mutuas, y quizás al parecer del director general de ordenación de la seguridad social, al parecer están barajando que el periodo de referencia sea fijo septiembre 19 febrero 20.
De hecho, ese es el semestre natural anterior "a la publicación en el BOE de dicha prestación".
Pero aun no hay nada concreto resuelto.
Sí que al parecer, el criterio de pago va a ser (según algunas mutuas), que si pides por bajada de facturación en mayo (bajada acontecida en abril), la fecha de efectos sea desde el 01/04/2020, y no contar nada del mes de marzo.
Tiene lógica, ya que marzo, incluso en estado de alarma, pudo irte bien. Y ser ya abril o incluso mayo, cuando sufriste el daño económico. 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!