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Recomendacion imp. de sucesiones

5 respuestas
Recomendacion imp. de sucesiones
Recomendacion imp. de sucesiones
#1

Recomendacion imp. de sucesiones

Hola, somos tres hermanos que hemos recibido una herencia de mi tia, con varias casas, hemos ido a un abogado especilista en herencias, al comentarle lo del impuesto de sucesiones, nos dijo que podíamos pagarlo, pero que hay gente que no lo paga y pasado 4 años ya no hace falta pagar por prescribir, pero si hacienda ve que no lo pagas te multa interés y % de la cantidad a pagar, a la pregunta de que cuantos suele pillar hacienda indica de que de una escala del 1 al 10, dice que de cada 10 personas pillan a 2, en realidad es tan bajo??

#2

Re: Recomendacion imp. de sucesiones

¿De verdad que ese abogado está especializado en herencias? Yo tengo mis dudas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Recomendacion imp. de sucesiones

Hay muy pocos que intencionalmente incumplan. Hay casos, como si hay cuentas bancarias o inmuebles urbanos, que no solo es dificilísimo, sino que además, no cumplir acarrea graves inconvenientes, como no poder disponer de ese patrimonio.

Establecido eso, sí, hay casos de incumplimientos intencionales, cuando lo que hay es inmuebles rústicos dispersos, construcciones no legalizadas en catastro (también propias más bien de lo rústico), dinero en efectivo, derechos económicos en entidades poco rigurosas (una cuenta en una sección de crédito en una cooperativa rural, por ejemplo), arrendamientos que se pagan en efectivo,...

En esos escasos casos, sí, puede haber un incumplimiento intencional. Y sí, puede que en esos escasos casos, incluso a pesar de las dificultades de localización, hacienda detecta hasta un 20 %.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Recomendacion imp. de sucesiones

Si la fallecida tenía bienes inmuebles a su nombre en el catastro, o cuentas corrientes, es difícil que se les pase, otra cosa es como dice Cachilipox, que lo que tuviera fueran pequeñas fincas rústicas sin reflejo en catastro o bienes mas difíciles de encontrar. 

Un saludo

#5

Re: Recomendacion imp. de sucesiones

Estoy totalmente de acuerdo con Juan Lackland, ¿seguro que ese abogado es especialista en Sucesiones?, Que barbaridad te  ha aconsejado.

Los Registros Civiles, que es el Organismo en el que se asientan las defunciones, están obligados en el plazo de 15 días  a notificar el fallecimiento a Hacienda, por lo que es difícil que actualmente alguien se libre de presentar el Imp.Sucesiones,

Salvo mejor opinión

#6

Re: Recomendacion imp. de sucesiones

Buenas noches:

Los impuestos hay que pagarlos, aunque no nos gusten.

Si son casas es que son urbanas, luego también están sometidas al IIVTNU, plusvalía municipal, salvo que el municipio sea pequeño y no lo tenga establecido.

Si las casas las ha tenido más de 20 años no existe plusvalía municipal. Lo puedes ver en mis respuestas de plusvalía municipal. 

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/4001792-impuesto-sucesiones-donaciones-plusvalia#respuesta_4014696

Si son varias casas tienen un valor y si están en buen sitio pueden ser alquiladas. Eso no lo sé.

Ante el hecho de pagar impuestos lo que hay que poner en marcha es la resiliencia. 

Es decir, convertir la situación negativa en menos negativa o positiva. Para lo cual, es posible que asumas riesgos.

Verás, si tienes que pagar 15.000,00 € de impuestos. Puedes hacer lo siguiente:

- Pagarlo a través de préstamo e hipotecas la casa, que te toque, con lo cual puedes conseguir un buen préstamo.

Supongamos que pagas el 2,72 % y tienes valores en Bolsa que están a un interés del 6 %. Con un PER menos de  7,5 con lo cual es muy seguro que se te van a revalorizar. 

Con 60.000,00, a 15 años y con una TAE de de 2,72, tines que pagar unos intereses de 12.839. Puedes  comprar acciones por 45.000,00 que al 6 % te suponen unos dividendos de 40,500,00. Con el paso de los años, los dividendos van subiendo, con lo cual, con los intereses podrías amortizar el préstamo. 

Si alquilas la casa, con el alquiler podrías financiar el pago del impuesto.

Con ello, podrías no notar el esfuerzo de pagar impuestos.

Lueso eso sí, tendrás que pelear en el IRPF, que te consideren los intereses negativos, que están contemplados, pero que al parecer todavía nadie ha hecho uso de esa posibilidad. Es decir, parte de los dividendos se verían reducidos al descontar la amortización del préstamo. Yo la estoy peleando porque se trata del ejercicio 2016. Me han devuelto pero ahí estamos, por divergencia de criterios en venta de acciones e intereses negativos.

Yo lo hice en el 2016. tenía que pagar 15.000,00 de una herencia, de un hermano,, tres herederos más. En total 60.000,00.

No vendí acciones para hacer frente a ese impuesto. Pedí 31.000,00 y compre 16.000,00 € en acciones más. 

Hubo un momento es que contando los 31,000 de las acciones, llegaron a tener un valor de 57.000,00. Con lo cual, en vez de tener que sacar 15.000,00. Tendría 42.000,00, que si le quito 31.000,00 Habrá obtenido de ganancia 11.000,00 €. No he vendido las acciones, han bajado. Pero esa es otra historia.

Lo normal es que hagas frente a los impuestos y no eludirlos, porque te pueden costar más.

Es obvio que para esto tienes que saber el valor que compras. Pero los hay.

En estos momentos, con esas acciones gano más de 9.000,00. En ningún momento han estado por debajo de ese precios. Ahora gano 1 euro por acción y como te lo he puesto llegue a ganar 27.000,00. No vendí en ese momento. Pero eso es otra cuestión. Me siguen dando dividendos al 6,9 %, cuando las compré era el 6  % de dividendos, brutos. 

Yo no he hipotecado nada, porque era el 25 % de un solar y vivienda.Aparte de eso había acciones. Metálico muy poco. En la vivienda vive mi hermana, que es de cuatro hermanos. Ella se quedó con el 50 % y los restantes tenemos el 16,66 %. 

Si hipotecas, a lo mejor puedes conseguir un buen interés.

Los impuestos de ISD se incrementan el precio del bien que heredas, por lo que si lo vendes tienes menos IRPF. Lo que no se es si al alquilarlo, hasta que el alquiler no supere el ISD te los puedes descontar del IRPF. Es decir, no tributar por los rendimientos. 

Eso es lo que les voy a plantear a los de la AEAT, poder ir descontando el ISD de rendimientos que producen las acciones heredadas. De momento no he declarado los dividendos de esas acciones y no me han dicho nado por ese aspecto. Pero estamos ajustando le declaración. 

Saludos.

Disculpa si hay algún error mecanográfico o de concordancia de género y número (singular o plural)