Hola , cuando se inicia un rescate de un Fondo de Pensiones, se ha de presentar el metodo de rescate que se opta , si se ha empezado con un sistema de renta y no se ha dejado especificado que una cantidad determinada se hara con posterioridad en forma de Capital, se entiende que todo el rescate se realizara en forma de renta y no tendra la opcion de la reduccion del 40%.
En contestacion a "demalaga" , hay que tener cuidado con las denominaciones de los productos , ya que no es lo mismo un Plan de Pensiones que un Fondo de Pensiones.
Los Fondos de Pensiones son aquellos que se han podido reducir sus aportaciones en las declaraciones del IRPF , minorando la Base Impositiva , con la condicion de que su rescate solo podria realizarse con una contingencia de Jubilacion , fallecimiento o en situacion de paro prolongado. La tributacion del rescate se toma siempre como rendimiento del trabajo.
Los Planes de pensiones no tienen ultimamente ( En un momento tenian una deduccion del 15%) ningun beneficio en el IRPF en sus aportaciones anuales , se pueden rescatar en cualquier momento y su tributacion es por la plusvalia que se ha generado en dicho Plan ( Rescate menos aportaciones).
Saludos