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Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial

7 respuestas
Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial
Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial
#1

Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial

Buenas noches:

Mi marido ganó un contencioso ante el TSJ en 2016 por el que se le retrotrajo el nombramiento de funcionario de carrera desde 2012 a 2010, y el de prácticas desde 2011 a 2009 (tenían fase de prácticas y luego ya eran nombrados funcionarios de carrera). Entonces tuvo que hacer en 2018 una devolución de ingresos indebidos al SEPE por el paro que cobró 15 días en 2009 y 15 días en 2010, ya que la Administración le abonó por la sentencia el salario completo que hubiera cobrado en esos años como funcionario de carrera.

El caso es que en los datos fiscales de este año, vemos que aparecen -544,97€ del ejercicio 2009 y -503,05€ de 2010, del SEPE, y dice "la regularización de los atrasos se realizará mediante declaración complementaria, si procede, del ejercicio al que son imputables".

Mi pregunta es si, en este caso, procede hacer la declaración complementaria por esos 500 y pico euros de esos 2 años, y en tal caso, cómo lo tenemos que hacer. ¿Descuento por ejemplo los 544,97€ en la de 2009 del total que cobró ese año como salario? Creo además que uno de los años le quitaron algo de retención de ese paro que cobró, no sé si eso hay que tenerlo en cuenta ahora o no (tendríamos que buscar además esos certificados de retención, que ni idea de dónde pueden estar).

Muchas gracias.

#2

Re: Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial

no sería una declaración complementaria, ya que esta sirve para que tú ingreses más dinero en Hacienda, por tener que añadir nuevos ingresos o quitar deducciones, por ejemplo, de una declaración ya presentada.

Sería una "solicitud de rectificación de autoliquidación / devolución de ingresos indebidos". Tendrías que enviar un escrito a Hacienda exponiendo lo que quieres rectificar y por qué, acompañando los justificantes, y ellos se encargan de hacer los cálculos.

Pero la pega es que estás hablando de ejercicios prescritos, lo que parece tremendamente injusto, pues por un lado la ley dice que los ingresos que a tu marido le hayan dado por sentencia judicial hay que imputarlos al ejercicio en que la sentencia es firme, pero por otro, para los ingresos indebidos, hay que liquidarlos sobre el año en que se produjeron, que ya están prescritos.

https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v0400-18-15-02-2018-1474340

la regularización de la situación tributaria (excluyendo los importes declarados e indebidamente percibidos) correspondería efectuarla instando la consultante la rectificación de las autoliquidaciones de los períodos impositivos en que se incluyeron aquellos importes,

#3

Re: Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial

En mi opinión, no procede hacer nada en relación con esas cantidades, ya que se trata de ejercicios prescritos según el criterio de imputación de Hacienda.

P:D. Lo devuelto al SEPE no son "devoluciones por ingresos indebidos" sino reintegros. Las devoluciones por ingresos indebidos se producen cuando es la Administración quien te paga.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial

Muchas gracias por vuestras respuestas. No haremos nada con eso del SEPE.

Y también nos surge la duda de qué hacer con la parte de cuotas obreras que le han devuelto. Había una diferencia entre lo cotizado a SS en esos años y lo que debería haber cotizado a Muface+Clases pasivas, y esa diferencia se la ingresaron en el banco en 2018, unos 1300€, pero no como nómina, y no aparece en los datos fiscales. ¿Esas cuotas obreras se meten para la renta? No son rendimientos del trabajo, así que no sé dónde lo podríamos meter.

#5

Re: Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial

A efectos de IRPF serían cantidades indebidamente deducidas. Pero siendo de  ejercicios prescritos, nada que hacer.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial

Bueno, esto de las cuotas obreras es desde 2009 a 2017, así que una parte no ha prescrito. Contaría desde 2014 a 2017 supongo. Y esos años, ¿cómo se meten en la renta? ¿O con eso sí que tenemos que hacer declaración complementaria?

#7

Re: Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial

Los años no prescritos habría que declarar esas cuotas devueltas. Hay que recalcular las declaraciones de IRPF, restando esas cuotas que fueron gastos deducibles y ya no lo son. Si el resultado es a ingresar, habrá que hacer complementarias. Pero si la cantidad a ingresar es minúscula, yo no haría nada.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Declaración complementaria - Devolución de lo cobrado por paro tras aprobar por sentencia judicial

Ok!. Miraremos a ver si revisamos eso año a año, y a ver cuánto sale de diferencia.
Muchas gracias por vuestras respuestas a mis dudas :-)