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Compensar pérdidas ejercicios anteriores

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Compensar pérdidas ejercicios anteriores
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Compensar pérdidas ejercicios anteriores
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#1

Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Hola,

Me imagino que sigue siendo posible compensar las pérdidas por la venta de acciones que declaré en la renta de 2012, pero no encuentro en qué casilla debo indicarlo.
En 2013 se llamaba "Saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro", pero no veo nada parecido en la renta 2015.

Un saludo.

#2

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Buenos días,

#4

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Tengo una duda yo tengo pérdidas pendientes de compensar del 2014 que eran menos de un año y se imputaban a perdidas patrimoniales, y compensaban con el 10% del rendimiento del trabajo, este año donde lo tengo que poner en la casilla 333 en base imponible de ahorro, ó en otra casilla que refiere a base imponible general.

#5

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Buenas tardes, como este año 2015 ya no se ha hecho distinción entre las pérdidas generadas en menos de un año y las de más de un año; todas las que tengas pendientes de compensar van a la base imponible del ahorro.

Saludos, 

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#6

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Amparo, muchas gracias. Siempre tan amable. Estoy un poco liada porque tengo dos casos. Tengo ganancias y perdidas patrimoniales generadas en 2015, que se compensan entre si, sin problemas. Me queda a favor un saldo de 700 euros de ganancias de este año.
Pero a su vez, tengo pérdidas con futuros pendientes de compensar de los años 2011, 2012 y 2013. Mi duda es si colocarlas en las casillas 332 a 334 o bien en la casilla 378, pero aquí irían a la base imponible general, con el limite del 25 %. ¿seria correcto?. ¿El saldo que resta de 700 euros de ganancias de este año me sirve para compensar algo? Gracias.

#7

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Perdón cuando digo este año me refiero a 2015.gracias

#8

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Muchas gracias Amparo, aprovecho y te hago una consulta sobre dividendos y su doble imposición:

Mi broker orey me pagó el dividendo de arcelor, aplicándome el 15% de retención en origen Luxemburgo, pero no me aplicaron la retención que hay que hacer en España del 21%.
Supongo que lo tengo que hacer manualmente, en la casilla 25 del programa padre y poner el bruto y luego retención 0, luego irme a la casilla 528 y desde allí poner la doble retención a devolver del 15%.

¡Qué lío!, madre mía para pocos euros, la verdad es que la cantidad es pequeña pero quiero hacerlo bien, gracias.

#9

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Buenos días, si que las puedes compensar con las pérdidas que tenías pendiente. De igual modo, el saldo restante de seguirá vigente para compensar en las próximas declaraciones de la Renta. Ten en cuenta de que el límite son 4 años y eres tu quien tiene que hacer estos cálculos.

Saludos, 

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#10

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Y en qué casillas las colocó? Gracias

#11

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Justo hablaron de estos dividendos en Rankia: ¿Qué pasa con los Dividendos de Arcelor Mittal?:

Al hacer la declaración fíjate bien, pide a tu banco o entidad la cantidad bruta de dividendo (no la neta que entra en España).

En otros años era diferente porque todavía estaba la excención por dividendos, pero en la Declaración de la Renta 2015 ya no, y tienes que incluir el importe total percibido por dividendos. ¿Cómo tributan los dividendos extranjeros?

Saludos, 

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#12

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Casilla 376 y siguientes. Saludos, 

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#13

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Muchísimas gracias

#14

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Mis disculpas por preguntar aqui, veo que controlas y he buscado pero no he encontrado nada claro:
Tengo un deposito en Portugal que ha dado interese en 2015 y debo incluirlo en la renta 2015.
He buscado como hacerlo y al meter los datos, resulta que si en la casilla 23 no se incluye la retencion practicada en Portugal, no me hace la reduccion por doble imposicion.
¿Podrias indicar y aclarar los conceptos en la casilla 23 y en la 528 de doble imposicion para este caso? Te quedaria agradecido.

#15

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Buenos días, 

incluye las ganancias completas, sin tener en cuenta la retención. Y luego completa la de doble imposición.

Un saludo.