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Compensar pérdidas ejercicios anteriores

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Compensar pérdidas ejercicios anteriores
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Compensar pérdidas ejercicios anteriores
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#31

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Buenas noches,

os pongo mi duda por si alguien estuviera en el mismo caso y me pudiera aclarar.
Mi mujer y yo hacemos la declaración individual y somos los dos titulares en la misma cuenta del broker, por lo que a la hora de declarar las operaciones con acciones tengo que poner la mitad del importe de cada operación en cada declaración. Cada año que compenso pérdidas lo hago en mi declaración, pero ahora me surge la duda de si tambien puedo poner algo de ese importe a compensar en la declaración de mi mujer (máximo el valor que sale positivo en la casilla 370).
Gracias.

#32

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Si hacéis declaración individual, no veo la forma de que en tu declaración puedas compensar pérdidas que corresponden a tu mujer.

Un saludo.

#33

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Me refería a que al ser los dos titulares de la cuenta, tenemos que tributar las mitad de cada operación en cada declaración. O sea, si compro un valor a 500 y lo vendo a 600, en cada declaracion tengo que poner compra a 250 y venta a 300. Tributando por 50€ de beneficio en cada declaración individual.
Pero si hay pérdidas en esta operación, y en años anteriores, en cada declaración tendré ese importe para poder compensarlo.
Así que supongo (y esta es mi duda) que si tengo pérdidas de los cuatro años anteriores pendientes aún de compensar, podré poner una parte en cada declaración (casilla 383 si no me equivoco).
Al escribirlo me parece obvio pero no sé si lo he liado más....gracias por contestar.

#34

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

En la casilla 383 tuya, incluirás tus pérdidas pendientes de compensar de años anteriores. Y en la casilla 383 de la declaración de tu mujer, incluirás las pérdidas pendientes suyas.

En tributación individual, la compensación deberá realizarse por el contribuyente al que correspondan.

Osea, que supones bien.

Un saludo.

#35

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

gracias batiscafo

#36

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Hola
Tengo las Siguientes compensaciones:
RCM 2012: 14.506.28
rendimientos 2015 (dividendos, intereses)
Compensación 1152.82
Pendiente 31.12.15: 13.353.46

por otro lado el RCM tan solo se puede compensar con intereses.... pues son -13.353€ por compensar. mientras que en ganancias patrimoniales obtuve ganancias+10.916.52.

Perdidas patrimoniales: 2013: 569.32
Ganancias 2015 10.916.52 (venta de Fondos de Inv.). 10.347.20: Es decie totalmente compensadas.

Es correcto.
Pues en un apartado me quedan 13353€ por compensar y en segundo he compensado con creces.
Es correcto?
Es decir para compensar sólo lo puedo hacer con intereses???????

#37

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Hola.
También he leido que según pasen los años la compensacion es del 10% 20%.... es asi????

#38

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

No entiendo muy bien tu comentario.

Creo que te quedan RCM negativos y pendientes de compensar del año 2012.

Si es así, deberías incluirlos en la casilla 388 de la Renta 2015: "Saldo neto negativo de rendimientos de capital mobiliario que no derive de deuda subordinada o de participaciones preferentes, de 2011 a 2014 pendientes de compensación a 1 de enero de 2015, a integrar en la base imponible del ahorro".

Un saludo.

#39

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Si los Rendimientos de Capital del 2012 no se corresponden a Deuda Subordinada o Preferentes , es correcto.

Pero si corresponden a Deuda Subordinada o Preferentes , se cumplimenta en la Casilla 389 y en la cuadricula "B", para que si se pueda compensar con Plusvalías Netas, el programa te lo traspasa a la Casilla 385.

Saludos

#40

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Hola.

Tengo acumuladas minusvalías de la venta de acciones desde 2006 que no he compensado.
Las últimas las generé en diciembre de 2006 que compre unas acciones y en diciembre de 2012 las vendí generando perdidas de 1.985. Y ya no he vuelto a realizar ninguna operacion con acciones ni tengo ninguna en la cartera.
¿Las puedo compensar con intereses de cuentas y depósitos?
En qué casillas del programa Padre lo tendría que poner?

Gracias.

#41

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Las que podrías compensar es este ejercicio, son de las pendientes de los años 2011 a 2014.

Un saludo.

#42

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Vale entonces sólo las últimas, las perdidas de 1.985€.

¿Puedo compensar los 1.985€ o sólo una parte?¿cómo calculo esta parte?

¿En qué casilla del programa Padre lo tendría que poner?

Gracias

#43

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Si las pérdidas fueron generadas en el año 2011 y siguientes, y a 01.01.15 se encontraban pendientes de compensar, sí.

Si dices que fueron generadas en el año 2012 y se encontraran pendientes de compensar, lo podrías hacer si en el año 2015 hubieses tenido ganancias y hasta ese límite (Aparecen en casilla 370).

Las pérdidas, las incluirías en la casilla 383 de la declaración de Renta 2015. Deberías comprobar qué cantidad has conseguido compensar y qué cantidad te ha quedado pendiente para el año 2016.

Cantidad máxima en 2015: 370 menos 382 (números de casillas).

Un saludo.

#44

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Hola.
Si, has contestado a mi duda, pero en RCM tan sólo he ganado 1152.82, que sólo puedo compensar con dividendos e intereses, Uff para llegar a -13.353.
Este rendimiento negativo procede de la conversión de los valores santander en acciones en el 2012. Mi duda es si no puedo compensar con otro producto aparte de dividendos e intereses,pues sólo me queda el año 2016, ruego lenguaje fácil de entender y no tan técnico.
Gracias

#45

Re: Compensar pérdidas ejercicios anteriores

Si los rendimientos negativos procediesen de deuda subordinada o preferentes, se podrían compensar con ganancias patrimoniales además de con los RCM positivos que ya te había comentado.

De todas formas, incluyendo el importe en casilla 388 ó 389, verás lo que se compensa y lo que no.

Un saludo.