Sí, eso debe ser, ya que es el mismo en 2 depósitos del mismo banco y el mismo en los depósitos de otros bancos. BAC = Bank Account Client o algo así.
Pues sí, misterio resuelto. El BAC viene en cada página de la información fiscal de Raisin por lo que es específico del cliente (número de referencia del cliente) y es el mismo impreso en todos los pdf de confirmación de depósitos de todos los bancos del mismo cliente.
- El BAC es el número de referencia del cliente. Viene en cada página de la informcaión fiscal de Raisin. No identifica al producto sino a la persona. - El FDA es el usado por muchos para identificar los depósitos ya que el IBAN puede estar asignado a imposiciones, depósitos o incluso cuentas comunales del banco de las que el cliente no es titular. Hay que evitar poner el IBAN de Raisin en el 720 siempre que se pueda. - El OMA es la primera vez que lo veo. Intuyo que puede ser el identificativo de las cuentas de ahorro pero no estoy seguro. A ver si alguien más con cuentas de ahorro dice qué le pone. Ya tengo curiosidad también.
Sobre Klarna decir que es un banco sueco que te abre depósitos en Nordea Bank que es un banco finlandés con IBAN FIxx182030... No sé si también lo hace con las cuentas de ahorro.
Dejo la respuesta de Raisin sobre el IBAN FI del depo de Klarna: " Le informamos de que Klarna Bank AB (Suecia) utiliza un banco corresponsal en Finlandia para gestionar los ahorros en euros procedentes otros países. En consecuencia, sus depósitos tendrán un IBAN que comienza con FI (Finlandia) en lugar de SE (Suecia).
No obstante, se considera que su dinero está en Suecia y está gestionado por Klarna Bank, quedando este protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos sueco. En consecuencia, se aplica la ley fiscal sueca (es decir, no existe retención de impuestos para los no residentes del país, siendo esta, por defecto, del 0%).
Como información adicional, le comunicamos que de acuerdo con el [1]Banco Central Europeo, un acuerdo bilateral de corresponsalía bancaria es una relación contractual entre dos bancos para la prestación de servicios de pago y otras obligaciones de pago que surgen en el espacio interbancario. "
Hola. Tengo una dudilla a ver si alguien me la puede resolver.
Cuando añadís los intereses de cuentas extranjera en la casilla 27 de la declaración de la renta (sin retenciones previas, obviando la doble imposición):
1-¿Sumáis la cantidad total de intereses extranjeros a la que ya viene recogida en el borrador de intereses de cuentas españolas? 2-¿Añadís una nueva línea pinchando en "Alta capital mobiliario" común para la suma total de intereses extranjeros? 3-¿Añadís una nueva línea pinchando en "Alta capital mobiliario" individual para cada banco extranjero?
Yo llevo años haciéndolo según el punto 2, ¿es correcto?