si has abierto en diciembre y sobre todo ultimos, ya que la comprobaciones que hace ellos es del 11 del mes siguiente de la apertura al 10 del otro (11-enero al 10-febrero) yo que tú la haria entre el 20-30 de enero, asi te aseguras que entra dentro de ese rango y al mes siguiente de la apertura....porque si la haces a primeros de enero, creo que no no te la van a detectar hasta el segundo tinto febrero y lo mismo pierdes un mes de remuneracion...Yo lo interpreto así, pero puedo estar equivocado