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La dictadura insoportable de algunos juzgados

Nunca debí interrumpir las vacaciones para llamar al juzgado.

Solo a un tonto de remate se le puede ocurrir llamar a un juzgado estando de vacaciones. Pero, al fin y al cabo, aún quedan tres días de julio y cuando me subí al paraíso asturiano aún quedaban algunas cosillas pendientes, entre otras las novedades que tengo preparadas para septiembre.

En cualquier caso la culpa es del registro de la propiedad, de donde me llamaron ayer con la mala noticia de que rechazaban inscribir el Decreto de Adjudicación y cancelar las cargas registrales porque el juzgado se había vuelto a equivocar en su redacción y no las había enumerado y no sé cuántas cosas más. ¡Maldita sea! tenía que devolver la documentación a ese juzgado de incompetentes y solicitarles que hicieran una adición. Si me confirmaban por teléfono que la harían en el momento aún estaba a tiempo de pedirle a alguien que recogiera los papeles del registro, se los llevara al juzgado y el jueves volviera a recogerlos para devolverlos al registro.

Lo vuelvo a repetir. Solo un pedazo de imbécil puede creer que va a ser capaz de resolver una situación semejante llamando a un juzgado a tres días del parón de agosto. Tendrá suerte si no le salen con alguna novedad que todavía le hunda un poco más y le acabe de arruinar las vacaciones. 

Como han hecho conmigo.

Porque esta gentuza del juzgado de Torrejón al que he tenido la desdicha de llamar hoy no solo no van a redactar la adición en un par de días sino que me han dicho que lo que sea que yo quiera, se lo solicite por escrito y con la advertencia de que a estas alturas no tienen la intención de proveer nada hasta el mes de septiembre.

Y no solo eso.

Además han lanzado un torpedo a la línea de flotación de mi equilibrio mental comunicándome que han rechazado mi solicitud de que me entregasen la Posesión, con el peregrino argumento de que, por instrucciones del secretario, en ese juzgado no se atienden las solicitudes de posesión a menos que vayan acompañadas de una nota simple que acredite que se ha pagado el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y se ha inscrito debidamente el título en el registro de la propiedad.

Nuevo secretario nuevas normas.

¿Se puede ser más gilipollas?

Porque sí, efectivamente recuerdo que al principio de mis andanzas en el negocio de las subastas judiciales, a principios de los noventa, aún quedaban algunos juzgados jurásicos anclados en esa anticuada costumbre de que hubiera que inscribir el decreto de adjudicación como requisito previo antes solicitar la posesión judicial. Y también sé que en algunos partidos judiciales de España aún pervive ese arcaísmo.

¿Pero en Madrid? Hace mil años que en la Comunidad de Madrid no se veía una cosa así. Semejante antigualla está desterrada de esas tierras desde el Pleistoceno.

Pero como en los juzgados no impera la Ley sino la dictadura del ordeno y mando, pues eso... ajo y agua.

O sea, que en una misma llamada telefónica me han comunicado que no solo no voy a tener inscrita la adjudicación hasta noviembre sino que la Posesión no podré pedirla hasta entonces. ¡¡Serán cabritos!!

Me han arruinado el verano.

Y lo que voy a hacer ahora mismo va a ser bajarme a la sidrería a zamparme unos huevos con tortos, que estos disgustos me dan mucha hambre.

¿En vuestras localidades también os tocan los huev las narices con estas gilipolleces?

 

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  1. en respuesta a Trueno
    -
    Top 10
    #8
    18/08/14 18:28

    O comprar vagones de tren para convertirlos en vivienda http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=3274323&page=2

    http://treneando.com/2010/01/18/tu-vivienda-en-un-antiguo-vagon-de-tren/

    Debe ser la leche, vivir en un vagón de tren !!!!!

  2. Top 10
    #7
    18/08/14 18:23

    Leyenda urbana de mi tierra: Los subasteros se forran, total se puja no sin antes llegar a un acuerdo pseudo mafioso con otros subasteros, en reunión previa, de manera que entre todos se reparten las fincas, y si alguno "de fuera de negocio" quiere entrar, se pueden hacer dos cosas, amenazarle con romperle las piernas, o bien varios subasteros pujando más que él, es igual si se pierde dinero, la cuestión es que el resto de los mortales no sepan que con subasteros no se juega, porque a la larga va a ser rentable ......el que lo cuenta suele añadir, yo conozco a uno que se empeñó en comprar una vivienda y los subasteros ofertaron tanto, que si se la quedó, pero no veas a que precio ....

    De que hay lios con la posesión, de que te encuentras con uno que te destroza el piso, o que se consigue la posesión, pero que hay unos okupas, o que el juzgado de turno te lo complica todo lo que puede y más, nada se comenta ....

  3. #6
    04/08/14 00:45

    Bueno, ya que te pasan estas cosas por los judgados, quizás quieras dar un giro a tu negocio y comprar aviones. Aquí tienes el enlace. ;-)

    http://www.libremercado.com/2014-08-03/se-busca-comprador-para-avion-abandonado-en-barajas-1276524851/

  4. Top 25
    #5
    30/07/14 23:40

    Te está bien empleado por ni limitarte a la sidra y las fabes. Comer más de la cuenta prodyce empacho.

  5. Nuevo
    #4
    30/07/14 22:42

    Ya sé que no tiene que ver nada con tu comentario, disculpas. Pero es que tengo una consulta que creo me podrás aclarar y es algo que debería solucionar mañana mismo. El caso es que, tengo un piso del que debemos una cantidad a unos Srs. que se dedican a dar préstamos hipotecarios, por motivos largos de explicar la hipoteca no se ha pagado y nos han solicitado mediante el juzgado la devolución del préstamo, el juez ya ha dictado el auto de ejecución hipotecaria, como no podemos pagar las cantidades, hemos vendido el piso a un tercero, tenemos hora para mañana para proceder a la venta y nos dice el banco del comprador que deben venir estos Srs. para firmar la carta de pago y proceder a la cancelación registral del préstamo,ya que no los podemos localizar, la intención era ingresar las cantidades en la cuenta del juzgado, así lo habíamos acordado, pero el banco que financia la operación dice que de esa forma no se podrá cancelar registralmente la deuda y que no firman. En el juzgado por teléfono me comentan que una vez pagadas las cantidades que ha dictado el juez, ellos emiten mandamiento al Registrador para que se cancele la anotación de la hipoteca impagada. ¿Realmente, no se puede solicitar la cancelación registral de la carga sin la firma de los acreedores? ¿ En el caso de pagar a través del juzgado, ellos se encargan de oficio de solicitar la cancelación registral? Por cierto, es vivienda familiar. Muchas gracias.

  6. en respuesta a Kyrie lomthe
    -
    Top 100
    #3
    30/07/14 17:42

    Que va, Kyrie Lomthe, yo no les he llamado. Han sido los del resgistro quienes me han llamado mi.

    Lo que mencionas se refiere más bien a cuando solicitas un desahucio por precario, es decir, cuando quieres lanzar a alguien que no tiene título que le de derecho a permanecer en una vivienda. En tales casos sí es normal que tú acredites que tu título es legítimo y la mejor forma de acreditarlo es teniéndolo inscrito. Por eso en esos procedimientos sí debas tener inscrito en bien a tu nombre.

    En los casos de subastas la cosa ya está legislada en el art. 675 de la LEC, cuyo primer punto dice: "Si el adquirente lo solicitara, se le pondrá en posesión del inmueble que no se hallare ocupado". Sinque se menciona nada de que el título deba estar inscrito.

    ¿Pero sabes lo que pasa? Que me sale más barato y tardo menos en esperar a que el decreto esté inscrito que en personarme y recurrir al majadero ese.

  7. #2
    30/07/14 17:17

    Dos cosas:

    - Eso te pasa por no tomarte las vacaciones bien y, en vez de tomar nota de lo del Registro y archivar el asunto para más adelante, preocuparte del asunto.

    - ¿No hay por ahí algún artículo que dice que para ejercer los derechos reales contra terceros estos deben estar inscritos y que sino no son tenidos en cuenta?

  8. #1
    30/07/14 12:43

    Tranquilo, Tristán, y a seguir disfrutando de tus vacaciones, que el ínclito Gallardón ya tiene previsto que agosto sea hábil (es un decir)...

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