Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

No sé si alguna vez habéis tenido la oportunidad de disfrutar la experiencia de intentar atornillar algo con un destornillador de esos de "Todo a Cien".

Yo sí. Mi madre tiene la curiosa creencia de que puede conseguir buenas herramientas con cuatro cuartos. De ahí que si alguna vez me pide que le arregle tal o cual cosa siempre acuda yo provisto de mi caja de herramientas. Me dobla el espinazo pero, al menos, consigo dos cosas: no torturar mis manos con las rebabas del plástico de los mangos y no perder la paciencia al ver que el noble acero asiático se dobla antes de que el tornillo inicie su viaje hacia el interior de la madera.

Puestos a comparar, en este negocio de los seguros, uno se da cuenta de que con frecuencia se tira de herramientas cutres. También por confundir el objetivo. Estas líneas intentarán explicar lo que comento.

 

 

Hace unos días, concretamente el lunes ocho de febrero, recibí una curiosa noticia (al menos para mí resultaba asombrosa):

AIPS critica duramente el nuevo tratamiento legal de los auxiliares

AIPScree que la pretensión de la DGSFP de crear un registro y de ampliar la formación exigida a los auxiliares es `una intromisión sin precedentesen los derechos de los mediadores´. A la asociación le parece `un nuevo exceso de la Administración en un colectivo que está sobreregulado y lleno de requisitos administrativos y burocráticos con sus correspondientes costes en tiempo y dinero que hacen inviable trabajar en temas productivos´.

AIPS ya presentó un Recurso Contencioso-Administrativo contra la Resolución de Formación, aun sin resolver, por el tema de la formación de auxiliares, entre otras cosas, por entender que `si la Ley de Mediación vigente en su art. 8 descarta a los auxiliares de la mediación, no tiene ninguna potestad para exigir formación ni inicial, ni continua´. Además, AIPS se pregunta qué tienen que ver los auxiliares con la Ley de Economía Sostenible. Consideran que es `aprovechar la circunstancia para volver a fastidiar con más requisitos, con más parches´ y que si siguen así `nos veremos obligados a intervenir de nuevo en el trámite parlamentario´.

 

 

He de indicar a quienes no conozcan el patio asegurador y menos aún el mediador de seguros que la actual Ley 26/2006 de mediación obliga a que todo auxiliar (colaborador comercial no empleado) de un agente o corredor cuente con una formación previa al desarrollo de su actividad (80 horas) así como un programa de formación contínua (30 horas en 3 años). Aparte las funciones del auxiliar se pueden comparar con las de un perro perdiguero: no puede intervenir en el asesoramiento al cliente, ni tampoco en la gestión de cotizaciones, emisión y especialmente en siniestros.

Dicho esto la primera pregunta es ¿cómo se las arreglan las famosas franquícias del seguro (Clubs de Automóvil, incluidos) para cumplir con ese mandato legal desde los despachos de sus franquiciados donde se opera con autonomía como verdaderas sucursales? Para mí es un enigma que ni San Agustín consigue aclarar.

La segunda es ¿por qué los auxiliares externos no pueden asesorar? Indefectiblemente la respuesta es simple: los intereses del asegurado y su protección ante los riesgos que genera una inadecuada comercialización de un producto asegurador destinado a proteger su patrimonio ante riesgos graves así lo justifica.

La tercera es aclarar si el auxiliar cuenta con la misma formación que el Director Técnico de la correduría o agencia ¿Qué pasa? Nuestra Ley no contempla que un auxiliar tenga una capacitación de calidad. Al no ser sensible a esta realidad del mercado simplemente la niega y por este extraño silogismo una persona capacitada que podría prestar un gran servicio no solo al negocio de mediación sino también al cliente acaba siendo relegado al cargo de pointer. 

 

La cuarta, muy jugosa, consiste en ver cómo en la misma tacada en que se pone a agentes y corredores una bola de hierro en cada pierna para que sus negocios no pisen el acelerador (a no ser que se hagan mal las cosas) se abren las puertas de par en par a un nuevo actor que, por lo visto, andaba falto de ayuda para hacer pasta: la banca. Es una auténtica pasada observar con detenimiento cómo se ha montado la fiesta a su entera satisfacción y cómo con unos cuantos "cursos internos" toda una red de miles de oficinas ha pasado a vender seguros sin más... Vemos los resultados en los ránking de primas gestionadas por canal pero no en el servicio de reclamaciones de la DGS: la bancaseguros no sale en la foto puesto que sus reclamaciones se las comen las aseguradoras para las que trabajan. Una obra maestra.

La quinta, tiene que ver con la noticia que comentaba más arriba. Lejos de pretender la profesionalización de la mediación que pasa forzosamente por una formación de calidad extrema, externa y objetiva así como por una reducción drástica de los "puntos de venta" de nula capacitación, hay quien aún se empeña en ofenderse ante cada intento de la Administración por regular esta leonera y lo hace defendiendo el modelo más cutre y probadamente dañino para el consumidor. Desde luego, un "registro de auxiliares" pondría ante los corredores la obligación de registrar a sus colaboradores o auxiliares que son agentes de seguros EXCLUSIVOS (por tanto incompatibles), sus cónyuges o empleados y aflorarían domicilios y NIF que si en un Ministerio de Hacienda se cruzan con los datos del Punto Único de Información de la DGSyFP haría petar más de un despacho de mediación. Ampliar la "formación exigida" supondría un freno para la entrada de caspa nueva en el negocio y eso va contra la cuenta de resultados.

Lo que me preocupa de AIPS es que viene alegando que para ser mediador de seguros se debe implantar (imponer) una carrera universitaria en seguros (que, por cierto, tampoco tienen sus miembros si no recuerdo mal ciertos currículos) así que no comprendo como vienen ahora a decir que el comercializador directo de la póliza (léase auxiliar) tiene que poder contar con escasa formación y no hay que identificarlo en parte ninguna porque eso conlleva ... "costes en tiempo y dinero que hacen inviable trabajar en temas productivos". ¿Qué costes tiene un registro de auxiliares que impida la productividad? ¿Es más importante la producción que la seguridad de los asegurados? 

Deberíamos preguntarnos si nos pondríamos en manos de un dentista que tiene herramientas de todo a cien y valorar si lo que está utilizando una aseguradora, un banco o un mediador para prestarnos servicio, para proteger nuestra calidad de vida o nuestra empresa, difiere o no de ese terrorífico escenario.

A debate.

9
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  1. en respuesta a Avante
    -
    #9
    19/02/10 18:04

    Buenas tardes Sr Llunch:
    La verdad es que es más de lo mismo: efectivamente no faculta la capacidad o la formación,... lo sabes y lo así lo establece la Ley.
    Podríamos discutir mucho sobre la situación de los Auxiliares Externos, pero lo que sí tengo claro es que hoy por hoy, al menos, existe un marco regulador y sabemos TODOS a qué atenernos, algo que antes, como tú sabes no era así.
    Vamos poco a poco pero dando pasos por profesionalizar el sector, no obstante no es la primera vez que me lees escribirlo: la reforma debe producirse desde dentro.
    Sobre la diferencia entre las grandes corporaciones o un corredor... ya lo sabes es una cuestión de tamaño, es la misma que hay entre El Corte Inglés y la tienda de la esquina... en TODOS los sentidos... y lo referente a los empleados o los auxiliares externos, 3/4 de lo mismo.
    Saludos y encantado de haber vuelto, tantos días fuera de la rutina cansan mucho.

  2. en respuesta a W. Petersen
    -
    #8
    18/02/10 16:45

    "Es mejor tener la boca cerrada y parecer estúpido que abrirla y disipar la duda" Mark Twain

    Ese buen consejo hay muchos que no lo siguen, en todas las actividades humanas y de ahí que tarde o temprano enfilan el camino que conduce al abismo. Tampoco hay que perder de vista la siguiente perla: "La tontería es la más extraña de las enfermedades. El enfermo nunca sufre, los que de verdad la padecen son los demás"; es de Spaak. El que permanece junto a un tonto no debe extrañarse de acabar sufriendo las consecuencias, así que haréis bien en buscar una alternativa sana. Curiosamente en mi vida profesional tengo cientos de casos en los que se sigue al lado del tonto o del mafioso que obliga contra la voluntad de la persona. ¿Síndrome de Estocolmo o alianza natural? ¡Quien lo sabe!

    Para tu primo, el "iluminado": habría que recordarle que todo cuanto sabemos se lo debemos a los demás. Es una deuda, no un patrimonio.

    Un abrazo,

  3. en respuesta a Avante
    -
    Top 10
    #7
    18/02/10 16:24

    Carlos, pensando en mi comentario y en tu respuesta, creo que al menos yo fui excesivamente duro con el agente afecto de esto del seguro de RC de la casa, en el sentido de que nadie es tan listo como para saberlo todo (bueno tengo un familiar que se cree tan listo como Einstein y Stephen Hawking juntos, pero este es uno que come aparte de los demás, y cree que nació con la sabiduría inculca), al final de mi reflexión llego a la conclusión que un agente afecto puede ser tan bueno o más que un corredor de seguros colegiado, cosa que creo tú has indicado en varias ocasiones, si bien no es menos cierto que algunos agentes afectos, son más “afectos” a “SU” compañía, que a “SU” cliente, lo cual puede ser un verdadero problema, en todo caso si esta persona se tiene por buen profesional no creo que pasase nada que cuando mi amigo llamó a su agente, éste le dijera “mira Pere (así se llama mi amigo) sinceramente me hablas de una universidad francesa y una RC para una hacer prácticas en una empresa en España, como puedes comprender es una situación poco habitual, y no te puedo responder porque no lo sé en este momento, mira tomo nota, llamo a la asesoría de la compañía, o mejor les mando un e-mail y calculo que un par de días te podre informar de cómo tenemos que contratar esto”, mi amigo Pere, seguro que lo comprendería y consideraría que su agente hace bien su trabajo, sin embargo este agente va y se sale por la tangente con una respuesta como mínimo sorprendente.

    Con ejemplo ¿Qué gana el agente? Aún cuando reconoce que no sabe de todo, ¿y quién lo sabe? El cliente se va con la impresión de que ha dejado el asunto en buenas manos.

    Con la actuación realizada ¿Qué gana el agente? Yo creo que nada, al contrario, que mi amigo Pere empiece a pensar en buscarse a otro mediador de seguros.

    Saludos.-

  4. en respuesta a W. Petersen
    -
    #6
    17/02/10 02:51

    Amigo WP:
    Te contaré un chiste. Dicen que un nene le dice a su madre "Mamá, ¿por qué tengo los ojos rasgados, la piel negra y soy pelirrojo cuando papá es albino?" y su madre, muy serena, le contesta "Hijo, si hubieras estado en la fiesta en que te concebí darías gracias de no ladrar".

    Parafraseando: si un ciudadano medio observara con detenimiento la documentación de sus seguros y, además, pudiera comprender con cierta precisión lo que está cubierto y cuanto paga por ello creo que le entraría un auténtico ataque de pánico. Siempre suponiendo que sea consciente de para qué sirve un seguro y que las cosas... pasan. En el fondo un cliente de seguros no tiene ningún reparo en acostarse con el primero que llega si es barato o es conocido. Y al final el resultado es esperpéntico.

    En el sector en que me muevo te encuentras auténticas pifias que sonrojan a cualquiera mínimamente formado pero que han sido urdidas sin ningún complejo bien por alguien que cree que sabe lo que hace (sea mediador para su cliente o cliente final automedicándose frente al teclado), bien por algún descerebrado a quien le gusta vivir bien a costa de exponer el culo y el dinero de los demás ante el azar.

    El ramo de RC es complicado y entre dos contratos aparentemente iguales en la definición del riesgo hay diferencias abismales en cobertura que significan tener o no tener protección; así de sencillo. Pero la gente, los industriales y profesionales no dudan en apostar por el caballo más flaco y con mas pulgas con tal de que sea un primo, un conocido o el más barato del barrio. Así les va.

    Buenas noches

  5. en respuesta a Carlos gomez
    -
    #5
    17/02/10 02:40

    Estimado Carlos Gómez:
    Curiosamente según tengo informado se trata de un problema grave para el agente, por faltar al mandato de la Ley respecto de la exclusividad que se le exige, y del asegurador por faltar al deber de vigilancia de su red agencial. Supongo que con el tema de los auxiliares se hará algo porque la verdad carece de sentido que un gran bróker pueda tener a un empleado con nivel B asesorando en una sucursal y que un corredor modesto no pueda tener un auxiliar con nivel A haciendo lo mismo ¿no crees? Al final uno llega a la conclusión de que lo que faculta no es la formación, la capacidad, sino la relación laboral. Eso beneficia, de nuevo, a los de siempre: a las corporaciones.
    Saludos,

  6. en respuesta a Bybogo1999
    -
    #4
    17/02/10 02:35

    Estimado Bybogo:
    Las preguntas que te haces nos las hacemos todos menos quienes deberían hacérselas y quienes no tienen ningún interés en saber la respuesta porque les da pelas hacer las cosas mal. ¿Eso cambiará algún día? ¡Ya va siendo hora!

  7. Top 10
    #3
    17/02/10 00:19

    Quieres una “curiosidad” de un “agente” o “colaborador” de esto de poca formación, bueno puede que esté en un error, pero me parece curioso que la que comentaré sea la respuesta correcta, o lo que es incorrecto es el sistema.

    Señorita 23 años, acabados sus estudios universitarios en una universidad de una pis europeo (no España), tiene que hacer 6 meses de practicas en una empresa que tenga relación directa con los estudios realizados o en un puesto de cualquier empresa pero que guarde relación ejemplo, y no es el caso, abogado tiene que hacer las practicas en un bufete de abogados o en la asesoría jurídica de una empresa cualquiera. La universidad europea (el país es irrelevante, pero es de “los viejos” de la UE) le solicita un seguro de responsabilidad civil para cubrir el desempeño de su función, aún cuando el trabajo conseguido es similar al de “becario” y a final de mes mas o menos “una mie…. colgada de un palo”, pero la chica ha tenido suerte porque donde va a ir los próximos 6 meses el jefe es tío legal, la empresa de las prácticas está en España, en la cornisa cantábrica, y te aseguro que no la pone a hacer fotocopias o a archivar papeles, que creo que en estos casos es bastante típico por desgracia, bien …… el amigo (padre) llama a su asegurador de toda la vida que hace seguros, pero me temo que asesoramiento nunca fue su fuerte, al menos por lo que yo conozco, conozco al asegurador, al padre de la chica , que es una amistad personal desde hace muchos años, y a la chica desde que era niña, y ahora la respuesta del agente: “nada no tiene que hacer nada, esto entra dentro de la cobertura de la RC del seguro de tu vivienda, al estilo de si por culpa de tu perro que tienes incluido en el seguro de tu casa provoca un accidente”.

    A ver Carlos, sabes que de seguros no tengo ni idea, voy aprendiendo con vuestra ayuda, ya sabes mi negocio de trueque en rankia, pero yo en mi ignorancia “seguril” no me cuadra con el S.C.

  8. #2
    15/02/10 16:50

    Buen comentario que pone en un brete a más de uno...
    Para echar un poco más de leña leer el artículo 55 de la Ley de Mediación, en su apartado 2 letra u). Por hacer memoria el art. 55 habla del régimen de infracciones y el apartado 2 se refiere a las catalogadas como MUY GRAVES, por lo que tendrá la consideración de infraccion muy grave:"La delegación de los mediadores de seguros a favor de sus auxiliares externos de funciones que la ley reserva para los mediadores de seguros".

    Y siguiendo un poco más y en contestación a los problemas planteados por Bybogo1999 respecto de la Gestoria ilustre tan presente en muchos sitios, me remito al mismo artículo de la Ley apartado 2 también, por lo que igualmente se trata de una infracción MUY GRAVE, la letra r): "La actuación de varios agentes de seguros exclusivos de distintas entidades aseguradoras en condiciones tales que el resultado conjunto de sus actividades suponga el ejercicio de hecho de una actividad que aparezca como correduría de seguros." Algo que en la Ley del 92 estaba perfectamente permitido; luego a pesar de que la Ley "se las trae", algo en lo que coincido, también podemos decir que se trata de un mal necesario para la profesionalización y defensa del sector de la mediación en España.

    Saludos

  9. #1
    15/02/10 12:58

    CARLOS:
    1-¿por qué desde los Colegios no se mete caña a loS que todos sabemos? ¿hay corredores colegiados que tienen auxiliares que son agentes exclusivos?
    2-En la Carta del Seguro de hoy aparecere la noticia que ESPABROK LANZA LAS FRANQUICIAS.... CON AUXILIARES EXTERNOS!!!!!, ¿me quieres decir que no atenderán ningún siniestro? ¿que no informarán de las coberturas? ¿quien realiza y firma in situ el análisis objetivo?
    3-QUE PASA CON EL RACC, campan a sus anchas vendiendo seguros ¿tienen formación obligatoria?, lo que los venden que son ¿auxiliares?
    4-Hace 3 meses denuncié que una gestoria a 300 metros de mi oficina tiene contratos de agencia con varias compañías,poniendo a los distintos socios como agentes, y todavía siguen y siguen.

    En cambio yo, tontito de mi, intento estar lo más legal posible (formacion, proteccion de datos, coletillas publicidad,la D.E.C., blanqueo de capitales, seguros r.c. y caucion, etc...) aunque estoy seguro que si quieren aún así me pillarían por algun lado, porque la Ley 26/2006 se las trae!!!!