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Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por Comunidades Autónomas: ¿cuánto se paga y dónde es más barato?

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por Comunidades Autónomas: ¿cuánto se paga y dónde es más barato?

Si vas a comprar casa, debes pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en lugar del IVA. Según la Comunidad Autónoma en la que esté situada tu nueva casa, se aplicará una carga impositiva u otra, ¡Si quieres saber qué pagarás de ITP en tu comunidad, ¡más en el post!
 
Si vas a comprar una vivienda de segunda mano, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) será el gasto más significativo que deberás afrontar, después de la entrada de la hipoteca. Este impuesto, que sustituye al IVA en las transacciones entre particulares, varía drásticamente entre el 4% y el 11,5% en España.

ITP comunidades autónomas


En este artículo te explicamos qué es el ITP, cómo se calcula, los tipos vigentes en cada comunidad autónoma en 2025 y, lo más importante, cómo puedes acceder al ITP reducido para ahorrar en tu compra. ¡Vamos alla!

¿Qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo autonómico que grava la transferencia de bienes y derechos entre personas particulares. Por eso, es crucial entender la distinción entre el ITP y otros impuestos inmobiliarios:

  • ITP: Se paga siempre que la transmisión de la vivienda es de segunda mano (entre particulares).
  • IVA: Se paga solo si la vivienda es de obra nueva y se compra directamente al promotor.
  • AJD (Actos Jurídicos Documentados): Este impuesto forma parte del ITP (junto con Operaciones Societarias y Transmisiones Patrimoniales Onerosas). Se paga al formalizar documentos notariales, como la escritura de la hipoteca.

El hecho de que el ITP sea un impuesto transferido a las comunidades autónomas explica por qué el porcentaje a pagar puede variar tanto según tu lugar de residencia.

¿Cómo liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?

Una vez firmada la escritura pública de compraventa de una vivienda de segunda mano, tienes un plazo máximo para liquidar el ITP: 

  1. Plazo de presentación: Generalmente 30 días hábiles desde la firma de la escritura. 
  2. Modelo a usar: El más común es el modelo 600, utilizado en muchas comunidades autónomas para las autoliquidaciones de ITP y AJD.
  3. Datos a cumplimentar:
    • Datos del comprador y vendedor.
    • Valor de la base imponible (precio de compraventa o valor de referencia, el mayor de ambos). 
    • Tipo impositivo aplicable según la comunidad autónoma y posibles bonificaciones.
  4. Presentación y pago: Normalmente, se puede realizar de forma telemática o presencial en la oficina liquidadora de la comunidad autónoma.
  5. Consecuencias del impago o presentación fuera de plazo: Hay recargos, intereses de demora y posibles sanciones por parte de la administración tributaria.

¿Cuánto se paga de ITP por comunidades?

La cuantía a pagar por el ITP varía en función de la comunidad autónoma donde se sitúe la vivienda. Los tipos generales oscilan entre el 4%, 10% y 11%. Estos porcentajes se aplican sobre el Valor de Referencia Catastral (VRC), pero puede reducirse al acceder al ITP reducido (para jóvenes o familias numerosas), con tasas que caen al 3% o 3,5%.

Tipos de ITP por comunidades en 2025

El tipo impositivo que debes pagar depende exclusivamente de la comunidad autónoma donde se sitúe el inmueble. Aunque el tipo general parte de un 6% estatal, las regiones aplican sus propios porcentajes y tramos.

Comunidad autónoma
Tipo general ITP vivienda
Tipo reducido ITP
Comunidad de Madrid
6%
4% (familias numerosas)
País Vasco
4%
Adicionales para jóvenes y vulnerables.
La Rioja
7%
5% (jóvenes, familia numerosa)
Andalucía
7%
3,5% (jóvenes, discapacidad)
Murcia
8%
3% (jóvenes, familia numerosa)
Castilla y León
8%
4% (vivienda rural, joven)
Aragón
8% - 10% progresivo
7% (jóvenes, familia numerosa)
Extremadura
8% - 11% progresivo
Reducciones para VPO, joven
Cantabria
8% - 10%
Bonificaciones sociales
Castilla-La Mancha
9%
6% (jóvenes, familia numerosa)
Comunidad Valenciana
10%
4% (discapacidad, ingresos bajos)
Cataluña
10% - 11%
5% (jóvenes, familia numerosa)
Galicia
10%
4% (menores de 36, familia numerosa)
Baleares
8% - 11.5% progresivo
Reducciones por vivienda habitual
Navarra
6%
Reducciones según ingresos
Canarias
6,5%
3% (menores de 35, ingresos bajos)
Ceuta y Melilla
6%
Bonificaciones por residencia

ITP de Andalucía 

El tipo general de ITP en Andalucía es del 7% para las transmisiones de bienes inmuebles. Este porcentaje se reduce al 6% si se adquiere un inmueble para vivienda y el valor real no supera los 150.000 euros. El tipo se reduce al 3,5% en casos de menor de 35 años, víctimas de terrorismo, violencia doméstica, o si el inmueble tiene un valor real no superior a 150.000 € y se destina a vivienda habitual. Este 3,5% también aplica si el adquirente es una persona con discapacidad o miembro de familia numerosa, con límites de valor de hasta 250.000 € para vivienda habitual.

ITP en Aragón para 

Aragón aplica una estructura progresiva en función del valor del inmueble. El tipo arranca en el 8% para valores de hasta 400.000 € y asciende hasta el 10% (para bases liquidables superiores a 750.000 €). Además, se han anunciado bonificaciones para jóvenes, personas con discapacidad y familias numerosas, así como una bonificación del 60% por adquisición de vivienda habitual por familias numerosas en medio rural.

ITP en Asturias 

Asturias aplica un ITP progresivo que comienza en el 8% para valores de hasta 300.000 €, subiendo al 9% y alcanzando el 10% para viviendas de más de 500.000 €. Se aplica un tipo reducido del 4% para jóvenes hasta 35 años, familias numerosas o mujeres víctimas de violencia de género, para viviendas de hasta 150.000 €.

ITP en Baleares 

Baleares aplica una de las escalas progresivas más altas del país, comenzando en el 8% y ascendiendo hasta el 13% para valores superiores a 2.000.000 €.

Valor total
Cuota íntegra
Resto valor hasta
Tipo aplicable
0 euros
0 euros
400.000 euros
8%
400.000,01 euros
32.000 euros
200.000 euros
9%
600.000,01 euros
50.000 euros
400.000 euros
10%
1.000.000,01 euros
90.000 euros
2.000.000 euros
12%
2.000.000,01 euros
210.000 euros
En adelante
13%
El tipo se reduce al 2% para menores de 36 años, personas con discapacidad, familias numerosas... con límites en el valor del inmueble (igual o inferior a 270.151,20 €).

ITP de Canarias 

El tipo general de ITP en Canarias es del 6,5%. Este porcentaje bajará al 5% por la adquisición de un inmueble para vivienda habitual, siempre que la base imponible no exceda de 150.000 € y el contribuyente no sea propietario de otra vivienda.

ITP en Cantabria

El tipo general de ITP en Cantabria es del 9% para la transmisión de inmuebles. Sin embargo, el tipo será del 7% si la vivienda cuesta menos de 200.000 €. Se aplica un tipo reducido del 4% a jóvenes menores de 36 años, y un 3% si la discapacidad es superior al 65%.

ITP de Castilla y León 

Castilla y León aplica un tipo general que varía entre el 8% y el 10%. Se mantiene el tipo reducido del 4% para la vivienda habitual de menores de 36 años, familias numerosas, personas con discapacidad o viviendas situadas en el medio rural.

ITP de Castilla La Mancha

El tipo general de ITP en Castilla-La Mancha es del 9%. Se aplican tipos reducidos para jóvenes, familias numerosas y personas con discapacidad, así como bonificaciones especiales en zonas rurales en riesgo de despoblación.

ITP en Cataluña

Cataluña aplica una tarifa progresiva: el 10% para bases liquidables hasta 1.000.000 € y el 11% en adelante. El tipo se reduce al 5% para la adquisición de vivienda habitual por jóvenes menores de 32 años o familias numerosas, siempre con el cumplimiento de otros requisitos.

ITP en Extremadura  

Extremadura aplica una escala progresiva que va del 8% al 11%. El tipo reducido se mantiene en vigor para la adquisición de una Vivienda de Protección Pública (VPO) y para jóvenes.

ITP en Galicia

Galicia aplica un tipo general fijo del 8%. Se mantienen tipos reducidos, como el 4% para menores de 36 años y familias numerosas.

ITP en Madrid 

El tipo general en la Comunidad de Madrid es del 6%. Se aplica un tipo reducido del 4% para la adquisición de vivienda habitual de familias numerosas.

ITP de Murcia

El tipo general del ITP es del 8%. Existen tipos reducidos, como el 3% para menores de 40 años que compren la vivienda habitual o familias numerosas.

ITP en La Rioja 

En La Rioja se aplica un tipo general del 7%. Se mantiene el tipo reducido del 5% para la adquisición de primera vivienda habitual por jóvenes y familias numerosas.

ITP en la Comunidad Valenciana

El tipo general del ITP es del 10%. Cuando el valor supera 1.000.000 €, el tipo aplicable será del 11%. Se aplican tipos reducidos (ej., 3% para familias numerosas).

ITP en País Vasco

El tipo general para la transmisión de bienes inmuebles en el País Vasco es del 7%. Sin embargo, existen tipos reducidos y bonificaciones por territorio foral, siendo el tipo reducido en vivienda habitual del 2,5% en algunos casos.

ITP en Ceuta y Melilla 

Las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla aplican un tipo general fijo del 6% sobre el valor de la compraventa. Este tipo es uno de los más bajos del territorio nacional y se mantiene constante sobre la base imponible. 

¿Cuándo se aplica el ITP reducido?

Acceder al ITP reducido es la forma más efectiva de ahorrar en los gastos de la compra de una vivienda de segunda mano. En general, los tipos reducidos del ITP suelen aplicarse en estos supuestos:

  • Jóvenes (normalmente menores de 30 o 35 años).
  • Familias numerosas comprando vivienda habitual.
  • Personas con discapacidad.
  • Vivienda de Protección Oficial (VPO).
  • Vivienda habitual dentro de ciertos límites de valor.
  • Zonas rurales o despobladas (en algunas comunidades).

¿Dónde es el ITP más bajo?

El ITP más bajo en España, en cuanto al tipo general, se encuentra sin duda en el País Vasco, con una tarifa foral del 4%. Le siguen de cerca la Comunidad de Madrid, Navarra, Ceuta y Melilla, todas con un tipo general fijo del 6%. Sin embargo, el mayor ahorro se encuentra en los tipos reducidos aplicables a colectivos específicos: varias comunidades como Andalucía (3,5% para jóvenes), Asturias (3% para jóvenes), Canarias (3% para jóvenes) y Murcia (3% para familias numerosas.

Preguntas Frecuentes sobre el impuesto de transmisiones patrimoniales

Conocer a fondo el ITP para comprar una vivienda de segunda mano te ayudará a planificar mejor tus finanzas antes de solicitar una hipoteca.


En la compraventa de una vivienda usada, el comprador es la persona obligada a pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.


Ambos son impuestos autonómicos. El ITP y AJD gravan actos diferentes: el ITP grava la transmisión de bienes (la compra de la casa), mientras que el AJD grava los documentos públicos e inscripciones registrales (como la firma de la hipoteca ante notario).


No. Los bancos solo financian hasta el 80% del valor de la vivienda. El ITP y el resto de gastos de compraventa (que suman el 10%-12% del precio) deben ser aportados por el comprador con sus propios ahorros.

En definitiva, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un coste ineludible y variable que determina la liquidez que necesitas para comprar una vivienda de segunda mano. Los tipos de ITP cambian drásticamente según la región, por lo que una buena planificación pasa por conocer la tasa exacta de tu comunidad autónoma y si puedes optar al ITP reducido como joven o familia numerosa. Desde Rankia, te recomendamos que planifiques tus ahorros basándote en el Valor de Referencia Catastral y que te asegures de liquidar el modelo 600 dentro del plazo de 30 días para evitar sanciones. 
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  1. en respuesta a Lorena Romero
    -
    Nuevo
    #59
    27/04/19 20:24

    Hola Lorena.

    Soy de Valencia y justo tengo 35 años, quiero comprar una vivienda de segunda mano como vivienda habitual. Tengo derecho a que me apliquen el 8%? Mi duda es si tengo que ser menor de 35 o con 35 todavía me puedo beneficiar del 8%.
    Muchas gracias, un saludo.

  2. en respuesta a Abel123
    -
    #58
    08/04/19 18:19

    También te recomiendo consultar este hilo que es bastante revelador: https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/4012168-duda-itp-reducido-castilla-mancha

    Saludos!

  3. en respuesta a Abel123
    -
    #57
    08/04/19 18:18

    Buenas Abel,

    Para aplicar el tipo reducido del 6% a las transmisiones de inmuebles en Castilla la Mancha, hay cumplir los siguientes requisitos:
    1) Adquisición de la primera vivienda habitual del sujeto pasivo, siempre que el valor real de la vivienda no exceda de 180.000€ y se cumplan las siguientes condiciones:
    2) Que la adquisición se financie en más del 50% mediante préstamo hipotecario sobre el inmueble adquirido, que reúna las condiciones establecidas en el apdo. 3 del Art. 21 ,Ley 8/2013, de 21 de noviembre, y que la adquisición de la vivienda y la concertación del préstamo hipotecario se realicen en la misma fecha.
    3) Que el valor real de la vivienda sea igual o superior al valor asignado a la misma en la tasación realizada a efectos de la mencionada hipoteca.

    Saludos!

  4. en respuesta a Ramfu
    -
    Nuevo
    #56
    05/04/19 22:10

    Buenas Lorena tengo una duda este lunes firmo una hipoteca en Castilla-La Mancha Y la compra venta es de 76.000 Y la tasación le salió en 101000€Y quería saber si te aplican un 6% o un 9% siendo la primera vivienda adquerida y menos. De 30 años ? Me gustaría que me resolvieran esa duda .Gracias

  5. Nuevo
    #55
    26/03/19 17:09

    Buenas tardes. No entiendo mucho del tema.
    Acabo de comprar un solar al ayuntamiento de mi pueblo, el cual me dice que estoy exenta de IVA, que ellos se encargan, pero en junta de Extremadura me piden el 8% porque dicen que en mis escrituras no pone nada de IVA, que si así fuera solo pagaría un 1,5%. Hablo con el ayuntamiento y me dicen que si que ellos se han encargado del IVA pero tengo que pagar ese importe por transmisiones. Que debo hacer?

  6. en respuesta a Luisgarci
    -
    #54
    25/02/19 13:37

    Te contesto lo mismo que a la compañera. En principio no hay ninguna bonificación para los bienes muebles, aunque la página de Transmisiones Patrimoniales Onerosas de Andalucía parece que está caída...

  7. en respuesta a Goroan
    -
    #53
    25/02/19 13:36

    En principio no hay ninguna bonificación, aunque la página de Transmisiones Patrimoniales Onerosas de Andalucía parece que está caída...

  8. Nuevo
    #52
    25/02/19 10:00

    Buenos dias Lorena, quiero comprar un vehículo de ocasión a un particular en Andalucía, tengo reconocida una minusvalía del 71% (no tengo movilidad reducida) y familias numerosas, mi pregunta es: hay alguna bonificación para la liquidación del modelo 620 del ITP. Muchas Gracias

  9. #51
    31/01/19 23:02

    Hola Lorena, mi mujer y yo vamos a comprar un piso vpo en Andalucia tasado en 106.000€ pero tenemos mas de 35 años. Me corresponde pagar el 8% o al ser VPO hay alguna bonificación?
    Un saludo y gracias por tu información.

  10. en respuesta a Icaropm
    -
    #50
    29/01/19 18:09

    En lo que respecta al ITP, el porcentaje a aplicar es el 10% efectivamente. No obstante, la compra de una vivienda de segunda mano conlleva más gastos además del ITP. Puedes averiguar los gastos e impuestos que te corresponden con esta calculadora: https://www.rankia.com/promociones/hipotecas/calculadora-gastos-hipoteca

    Saludos,

  11. Nuevo
    #49
    25/01/19 19:25

    Hola Lorena, en Alicante a punto de firmar el contrato de arras para una vivienda de segunda mano. Tengo 42 años, por una vivienda de 77.000 euros en la comunidad valenciana se aplicaria el 10 o hay alguna sorpresa más?
    Gracias por adelantado

  12. en respuesta a Lucci 23
    -
    #47
    14/12/18 14:51

    Buenas Lucci,

    Hacienda te ha mandado una complementaria de comprobación de valores. Lo que quiere decir es que has declarado un valor de compra inferior al valor real de la vivienda y por eso Hacienda te solicita pagar más impuesto.

    No tiene nada que ver con el % que se aplica del ITPAJD en las VPO de Málaga.

    Para que lo comprendas, te animo a que consultes este artículo: https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/2932384-compra-vivienda-liquidacion-complementaria-por-comprobacion-valores

    Saludos,

  13. Nuevo
    #46
    14/12/18 10:52

    Hola,
    Quisiera saber el gravamen para el ITPAJD para viviendas de protección oficial en Málaga. Me ha llegado una comprobación de la junta, mi vivienda la he comprado por 80.000 y según el valor de tasación del préstamo era de 103.000. Con lo cual me han liquidado por 1800 euros a pagar. Estoy buscando la normativa en cuanto a compraventa e impuestos para viviendas VPO. gracias, Luciana

  14. en respuesta a Marta827
    -
    #45
    22/10/18 10:03

    Buenas Marta,

    Si la vivienda es de segunda mano (es decir, la vivienda ya ha sido habitada por alguna familia) se paga ITP. Únicamente se paga AJD si se la compras al promotor, que no es el caso, ya que Solvia se la habrá quedado por algún tema de desahucios.

    Para tener bonificación en Catalunya debes ser menor de 32 años, lo lamento.

    Saludos,

  15. #44
    20/10/18 18:34

    Hola Lorena,
    Somos una pareja, ambos de 31 años y queremos comprar una vivienda en Cataluña. Será primera vivienda la cual es de segunda mano
    La vivienda es de Solvia, nosotros tendríamos que pagar el IVA o el ITP? En ambos casos seria el 5%?
    El AJD también tiene bonificación para los menores de 35 años dn Cataluña?
    Gracias

  16. en respuesta a Elena Zhu
    -
    #43
    19/10/18 09:21

    Buenas Elena,

    Tu caso es bastante particular y excepcional. Para mayor seguridad, te recomendaría hacer una consulta a la gestoría. No obstante, mi opinión es que NO podéis acogeros a las bonificaciones del ITP. Tendréis que pagar el 10% ya que de los compradores ninguno cumplís requisitos.

    Saludos,

  17. en respuesta a Robertoconde
    -
    #42
    19/10/18 09:18

    Así es Roberto, tienes el ITP bonificado del 5% por ser menor de 30 años. Saludos,

  18. Nuevo
    #41
    18/10/18 16:45

    hola Lorena, buenas tardes.

    estoy pensando comprarme una vivienda en Cantabria. y barajo las posibilidades tanto de obra nueva como de segunda mano. hay algun tipo de bonificacion en el iva o en el itp para menores de 30 años?
    muchas gracias

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