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IRPF Campaña 2026: ¿Cuándo estás obligado a hacer la declaración de la renta?

¿Tengo obligación de realizar la declaración de la renta 2025? En el siguiente artículo expondremos cuáles son los límites para estar exento de declarar, así como cuáles son los elementos que nos obligan a hacer la declaración de la renta 2025.
Saber si existe obligación de presentar la declaración de la renta 2025 es una de las dudas más habituales antes de revisar el borrador. No depende solo de cuánto has cobrado, sino también de cuántos pagadores has tenido, si has sido autónomo, si has recibido el Ingreso Mínimo Vital o si has obtenido ingresos por inversiones, inmuebles o ganancias patrimoniales.

Por eso conviene tener claros los límites de Hacienda y revisar cuándo es obligatorio hacer la declaración de la renta antes de que termine el plazo.

Imagen de portada: Una mano sosteniendo un bolígrafo sobre un formulario de impuestos junto a una calculadora, con el texto CUÁNDO ES OBLIGATORIO HACER LA DECLARACIÓN DE LA RENTA en el centro y el logotipo de Rankia en la esquina superior derecha.
Obligación a hacer la declaración de la renta

¿Tengo obligación de presentar la declaración de la renta 2025?

La obligación de presentar la declaración de la renta 2025 depende de los ingresos obtenidos y de la fuente de esos ingresos. No todos los contribuyentes están obligados, pero si superas ciertos límites, Hacienda exigirá que la presentes. 

En general, si tus ingresos del trabajo superan los 22.000 euros brutos anuales con un solo pagador, debes presentar la declaración. Si tienes dos o más pagadores, la obligación se activa a partir de 15.876 euros brutos anuales, siempre que el segundo y restantes pagadores te hayan abonado más de 1.500 euros en conjunto. 

Otros casos en los que debes hacer la declaración incluyen haber estado dado de alta como autónomo, percibir el Ingreso Mínimo Vital, haber obtenido determinados ingresos del ahorro o haber tenido ganancias patrimoniales. 

¿Por qué es obligatorio hacer la declaración de la renta?

Hacer la declaración de la renta no es solo un trámite. La obligación declaración renta existe por varias razones: 

  • Control fiscal: Hacienda revisa si pagaste los impuestos correctos durante el año. 
  • Evitar sanciones: si estás obligado y no la presentas, podrías recibir multas, recargos o intereses. 
  • Acceso a devoluciones: si te retuvieron más impuestos de los que debías pagar, solo puedes recuperar ese dinero presentando la renta. 
  • Trámites y beneficios fiscales: muchas ayudas, deducciones o subvenciones exigen presentar la declaración.

¿Cuándo estás obligado a hacer la declaración de la renta? 

Debes presentar la declaración de la renta si: 

  • Eres trabajador por cuenta ajena y superas:
    • 22.000 euros brutos anuales con un solo pagador. 
    • 15.876 euros brutos anuales si tuviste dos o más pagadores, siempre que el segundo y restantes pagadores te hayan pagado más de 1.500 euros en conjunto. 
  • Eres autónomo: si has estado dado de alta como autónomo en cualquier momento del año, tienes obligación de presentar la declaración de la renta, con independencia de lo que hayas ingresado. 
  • Has recibido ingresos del ahorro o rentas del capital superiores a 1.600 euros: aquí entran intereses bancarios, dividendos, rendimientos de depósitos, fondos de inversión o ganancias patrimoniales sometidas a retención. 
  • Tienes rentas inmobiliarias imputadas, Letras del Tesoro sin retención o determinadas ayudas públicas superiores a 1.000 euros: este límite se aplica al conjunto de esas rentas. 
  • Percibes el Ingreso Mínimo Vital: aunque no tengas que pagar impuestos, Hacienda obliga a presentar la renta a los titulares del IMV y a los miembros de su unidad de convivencia. 
  • Has vendido una vivienda, acciones, fondos o criptomonedas: si has tenido ganancias o pérdidas patrimoniales, conviene revisar si deben incluirse en la declaración. 
  • Tienes derecho a deducciones o beneficios fiscales: en algunos casos, aunque no estés obligado, te puede interesar hacerla para recibir devoluciones. 
Si cumples alguno de estos requisitos, te recomiendo revisar tu borrador de la declaración de la renta 2025 en la web de Hacienda antes de confirmarlo. 

¿Quién no está obligado a declarar el IRPF?

No estás obligado a presentar la declaración de la renta 2025 si, con carácter general: 

❌ Tus ingresos anuales no superan los 22.000 euros con un solo pagador.
❌ Tienes dos pagadores, pero no superas los 15.876 euros en total.
❌ Tienes dos pagadores y el segundo y restantes no te han pagado más de 1.500 euros en conjunto, siempre que no superes los 22.000 euros.
❌ Tus ingresos del ahorro, como intereses o dividendos, no superan los 1.600 euros.
❌ Tus rentas inmobiliarias imputadas, Letras del Tesoro sin retención o determinadas ayudas públicas no superan los 1.000 euros.
❌ No has sido autónomo, no cobras el Ingreso Mínimo Vital y no has realizado operaciones financieras o inmobiliarias relevantes. 
💡 Aunque no estés obligado, en algunos casos es recomendable hacer la declaración para obtener devoluciones si te han retenido impuestos de más.

¿Qué pasa si no hago la declaración de la renta?

Si tienes obligación de presentar la declaración de la renta 2025 y no lo haces, Hacienda puede imponer sanciones, recargos e intereses. Las consecuencias dependen de si la declaración salía a pagar, a devolver o de si la presentas fuera de plazo. 

  • Si te salía a pagar y no la presentas: este es el escenario más delicado. Si Hacienda detecta que estabas obligado a declarar y no lo hiciste, puede exigirte el importe pendiente, añadir intereses y aplicar una sanción. 
  • Si te salía a devolver y no la presentas: no recibirás esa devolución. Además, si estabas obligado a declarar, Hacienda también puede sancionarte por presentar fuera de plazo. 
  • Si presentas la declaración fuera de plazo: si la presentas antes de que Hacienda te lo reclame, normalmente la penalización será menor que si esperas a recibir un requerimiento. Aun así, puede haber recargos o sanciones según el resultado de la declaración y el retraso acumulado.

💡 Consejo: Si tienes dudas sobre si debes declarar, revisa tu borrador declaración de la renta, comprende muy bien cómo hacer la declaración de la renta o consulta con un asesor fiscal para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
RECUERDA💡

Si tienes dudas sobre si debes declarar, revisa tu borrador declaración de la renta o consulta con un asesor fiscal para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
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  1. Nuevo
    #460
    08/04/21 17:30
    Hola he estado todo el 2020 desde que se decretó el estado de alarma en ERTE. Así que en mi caso la empresa sería mi segundo pagador y superó claramente los 1500€. En el global anual entre salarios y pagos del SEPE no llego a los 14000€. El Sepe no me ha aplicado ninguna retención. Debo presentar la declaración? Y en este caso me saldrá a pagar?. 
    Muchas gracias. 
  2. #458
    25/03/21 15:19
    Hola, como ya se sabe, De Giro tiene ahora el efectivo en el banco @Flatex y la verdad, no sé cómo y debo ponerlo en la declaración, porque ya presenté el D6.

    Un saludo
  3. en respuesta a Feodoro
    -
    #457
    24/03/21 23:43
    Buenas,

    En principio si. Solo has de tener en cuenta que para poder incluirla el conjunto de su renta anual no puede ser superior de 8.000€ (en este sentido hay algunas que quedan exentas, como la pensión de invalidez que comentabas) y que tu madre en caso de presentar la declaración de IRPF no obtenga rentas superiores a los 1800€

    Un saludo!
  4. Nuevo
    #456
    24/03/21 10:58
    Buenos días, tengo una pequeña gran duda, mi madre vive conmigo y recibe una pensión de invalidez(>33%) y la de viudedad. ¿Puedo incluirla en la deducción por ascendientes a cargo?.La suma de las dos pagas es de unos 800€
  5. #455
    17/09/20 13:41
    Buenas tardes. Solamente como introducción presento la siguiente consulta.
    Una persona anciana (mi madre) que percibe una pensión mínima de viudedad y es propietaria de dos pisos que NO tiene alquilados, ademas de su vivienda habitual, tiene obligación de presentar la declaración de IRPF? Gracias 
  6. en respuesta a Cjg95
    -
    #454
    16/09/20 19:58
    Sí, tendrías obligación de presentar declaración. El mínimo se subió a 12.643 euros, para el supuesto de que los RT procedan de más de un pagador, y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes, superen la cantidad de 1.500 euros, como es tu caso. 

    Además, ten en cuenta que al haber recibido dinero del ERTE, no se te han practicado retenciones a efectos del IRPF por lo que es posible que la declaración salga a pagar. 

    Saludos.
  7. Nuevo
    #453
    14/09/20 15:27
    Buenas tardes, quería hacer una consulta, este año he estado en ERTE y hasta el mes de septiembre (incluido) he cobrado 13600€; mi pregunta es si, teniendo dos pagadores (y con ambos he cobrado más de 1500€) tendre que pagar el año que viene en le renta, ya que no sé si el límite es 12000€ o 14000€.
    Gracias de antemano.
  8. Nuevo
    #452
    04/08/20 16:06
    Declaración 2020, mus ingresos son inferiores de un solo pagador 22.000€ pero por venta de inmueble heredado tengo 4750€ tendría q hacer IRPF, ( no hay más ingresos) tengo minusvalía del + 55%
  9. #451
    13/06/20 16:54
    Hola, Tengo una duda:
    Estoy pensando en invertir en fondos de inversión. Me da opción de ir "a medias" con mi esposa o que ella no tenga que pagar IRPF y pagarlo todo yo.
    Ella no está obligada a presentar declaración de IRPF porque cobra menos de 22000 eur.
    Me gustaría "ir a medias", pero me preocupa que el día que recuperemos el dinero de los fondos, ella esté obligada a hacer declaración de IRPF aunque sea por un beneficio pequeño y acabemos perdiendo dinero.
    ¿Alguien puede ayudarme y aclarame el tema?

    Muchas gracias.
  10. Nuevo
    #450
    10/05/20 18:34
    Tengo obligación de hacer declaracion renta si no superó los 18000€ brutos de rendimiento trabajo de un solo pagador, piso alquilado con rendimientos 2000€ brutos y plusvalías por venta acciones de 1500€ brutos. Gracias
  11. #449
    27/04/20 11:39
    buenas tardes

    tengo una duda con mi renta, no se si estoy a presentarla,mis datos son

    Ingresos de pension bruto 17500 con retencion
    ingreso de plazo fijo 76,26 con retencion 
    capital mobiliario 925,03
    perdida patrimonial por venta de un fondo,la perdida 108,26 euros 

    estoy obligado y porqué
  12. en respuesta a Maykel Level
    -
    #448
    26/04/20 23:27
    De nada 
  13. en respuesta a Tristrastris
    -
    #447
    26/04/20 23:16
    Muchísimas gracias por su ayuda, y el interés que ha puesto en mi y ayudarme.
    Un gran saludo y de nuevo gracias.
  14. en respuesta a Maykel Level
    -
    #446
    26/04/20 22:21
    Tienes que meterte en este enlace y pinchar en obtener tu referencia para acceder a tu borrador. Es simplemente seguir los pasos y llegarás a tus datos.

    https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta.shtml

  15. en respuesta a Tristrastris
    -
    #445
    26/04/20 21:02
    Muchas gracias.

    Si me puedes pasar el enlace ya que me meto en la agencia Tributaria y no encuentro nada. Gracias y un saludo 
  16. en respuesta a Maykel Level
    -
    #444
    26/04/20 19:30
    Cuando te metes y ves el resultado de tu declaración te sale "NO OBLIGADO" si te sale a pagar y no estás obligado a hacerla con los datos que ellos tienen. Te paso un pantallazo donde te tendría que salir (Debajo de Vista previa). 



  17. en respuesta a Tristrastris
    -
    #443
    22/04/20 22:49
    Donde puedo ver eso? Ya ves que nunca la he hecho jeje 
  18. en respuesta a Tristrastris
    -
    #442
    16/04/20 11:09
    Ese es el motivo entonces, el año pasado sí me aparecía porque me salía a pagar, ya me extrañaba que estuviera obligado a presentarla, muchísimas gracias!!
  19. en respuesta a Bigh94
    -
    #441
    16/04/20 06:25
    Cuando no estás obligado y sale a pagar te pone "NO OBLIGADO". Si sale a devolver no te lo pone, aunque no estés obligado. Por tanto puede que sigas sin estar obligado.