Las cuentas bancarias son prácticamente el único producto que tenemos todos los contribuyentes, imprescindibles en nuestro día a día. Son las cuentas dónde ingresamos la nóminas, domiciliamos recibos y otros tipos de gastos y de dónde pagamos los gastos. Existen cuatro tipos de cuenta bancarias: cuenta corriente, cuenta de ahorro, cuenta nómina y cuenta de valores. En este artículo nos centraremos en analizar la fiscalidad de las cuentas corrientes.
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¿Cómo tributan los rendimientos de las cuentas bancarias?
En España, los intereses generados por las cuentas corrientes están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que es el principal impuesto que grava la renta de los particulares. Los intereses generados por las cuentas corrientes se consideran rendimientos del capital mobiliario y están sujetos a una retención mínima del 19% a cuenta del IRPF.
Es importante tener en cuenta que la entidad financiera donde se tenga la cuenta corriente realizará la retención correspondiente en cada liquidación de intereses, por lo que el titular de la cuenta corriente no tendrá que preocuparse por realizar ninguna gestión adicional.
Características fiscales
En términos fiscales, las cuentas corrientes son cuentas a la vista que se utilizan para realizar operaciones de depósito y retirada de fondos, así como para la gestión de pagos y cobros. Los intereses generados por una cuenta corriente son considerados rendimientos del capital mobiliario y, como hemos visto anteriormente, están sujetos al IRPF.
Es importante destacar que, a diferencia de las cuentas de ahorro, las cuentas corrientes no ofrecen ningún tipo de deducción fiscal.
Intereses de las cuentas bancarias
Las cuentas bancarias ofrecen intereses mensualmente, trimestralmente o anualmente. El contribuyente tiene que tributar por los intereses percibidos en su Declaración de la Renta como rendimientos del capital mobiliario en la base imponible del ahorro. Los tipos de tributación para los rendimientos del capital mobiliario son los siguientes:
Fiscalidad de las cuentas bancarias
Intereses generados anuales |
2024 |
Desde 0 hasta 6.000 € |
19% |
Desde 6.000 € hasta 50.000 € |
21% |
Desde 50.000 € hasta 200.000 € |
23% |
Desde 200.000 € hasta 300.000 € |
26% |
A partir de 300.000 € |
26% |
Anualmente, la entidad financiera nos remite una carta o correo electrónico sobre Información Fiscal dónde aparecen los datos sobre los intereses obtenidos con el dinero de las cuentas. Actualmente, estos rendimientos o intereses son cercanos al 0% por lo que no habremos ganado mucho dinero y los impuestos del IRPF pagados por esta ganancia serán muy pocos.
Es importante señalar que las retenciones se realizan por tramos. Es decir, si ganamos 65.000€ en intereses, la retención se realizará de la siguiente forma:
- Los primeros 6.000€ al 19%
- Los siguientes 44.000€ al 21%
- Los últimos 15.000€ al 23%
Ventajas fiscales de las cuentas corrientes
Aunque las cuentas corrientes no ofrecen ninguna deducción fiscal, sí pueden ofrecer otras ventajas fiscales, como las siguientes:
Acceso a financiación
Las cuentas corrientes suelen ser uno de los requisitos para acceder a financiación, como préstamos o créditos. Tener una cuenta corriente puede aumentar las posibilidades de obtener financiación y, en algunos casos, puede incluso ofrecer mejores condiciones en los préstamos.
Movilidad bancaria
Las cuentas corrientes son muy flexibles y permiten la movilidad bancaria, lo que significa que el titular de la cuenta puede cambiar de entidad financiera en cualquier momento sin ningún coste. Esto puede ser especialmente útil si se encuentra una entidad que ofrece mejores condiciones o servicios más adaptados a las necesidades del titular de la cuenta.
Acceso a otros productos bancarios
Tener una cuenta corriente en una entidad financiera puede dar acceso a otros productos bancarios, como tarjetas de crédito o débito, seguros, fondos de inversión, entre otros. Al tener una relación establecida con la entidad financiera, puede ser más fácil y rápido acceder a estos productos.
Regalos de las cuentas bancarias
Más allá de los intereses que las cuentas corrientes puedan generar, otra forma de
remuneración es a través de regalos. Estos regalos se consideran rendimientos de capital mobiliario y se suman al beneficio total de la cuenta corriente.
¿Cómo se calcula la cantidad sujeta a tributación? En este caso, la tributación se realiza sobre el valor del regalo proporcionado por el banco. Es importante que el banco te informe sobre el valor del regalo antes de la contratación y luego, al proporcionarte la información fiscal. Este importe se integra como un rendimiento de capital mobiliario adicional, junto con el rendimiento en efectivo de la cuenta corriente.
Es esencial tener presente que, al considerarse un rendimiento del capital mobiliario, si el valor del regalo supera los 1.600 euros, estarás obligado a presentar la declaración de la renta, incluso si no cuentas con otros ingresos, ya que este límite representa el monto exento de tributación para este tipo de rendimientos.