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Declaración de la Renta 2015: errores más frecuentes

Declaración de la Renta 2015: errores más frecuentes

Nos encontramos en plena Declaración de la Renta 2015 y, como cada año, nos surgen dudas. Es importante que sepamos qué datos debemos poner para que luego no nos encontremos con sorpresas por haber cometido errores al completar nuestros datos. Además, también se da muchas veces el caso de tener derecho a aplicarnos algunas deducciones (ya sean estatales o autonómicas) que nos dejen un resultado más favorable para nosotros, pero de las que no nos beneficiamos al no tener conocimiento de las mismas. 

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Es posible que el borrador de la declaración esté incompleto o tenga algunos datos incorrectos, por lo que no hay que darlo por válido y enviarlo tal cual. Tenemos que comprobar que los datos estén correctamente incluidos. En este artículo conoceremos cuáles son los errores más frecuentes en la Declaración de la Renta 2015.

 


Errores en la Declaración de la Renta 2015: Situación familiar

La situación familiar que tengamos puede darnos derecho a obtener deducciones en el IRPF. Si estamos casados y el cónyuge no trabaja, la declaración conjunta puede resultar más beneficiosa fiscalmente que la declaración individual.
Al incluir a los hijos menores de 25 años también se nos aplica el mínimo por descendientes. Y además, si los hijos tienen menos de 3 años, hay una deducción para las madres trabajadoras de 1.200€.

Errores en la Declaración de la Renta 2015: Descendientes

Los padres pueden deducir a sus hijos en el IRPF, pero hay que saber cómo lo pueden hacer. Este tema está mejor explicado en otro artículo. Uno de los errores más frecuentes es que parejas de hecho con hijos, se los incluyen al 100% en la declaración, cuando realmente en estos casos solo pueden desgravarse el 50%.

 

Errores en la Declaración de la Renta 2015: Pensiones

Hacer aportaciones a planes de pensiones tiene beneficios fiscales. Con este concepto, podemos reducir la base imponible del impuesto, lo cual nos genera que tengamos que pagar menos (si nos sale a ingresar) o que nos devuelvan más (si nos sale a devolver).


Errores en la Declaración de la Renta 2015: Deducción por vivienda habitual 

Esta deducción deja de aplicarse para aquellas personas que se compraron la vivienda habitual a partir del 2013. Pero los que la adquirieron hipotecándose con anterioridad a ese año, siguen pudiendo aplicarse este beneficio fiscal.

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Errores en la Declaración de la Renta 2015: Deducción por alquiler de la vivienda habitual

La deducción por alquiler de la vivienda habitual desaparece desde el ejercicio 2015. Por tanto, los contratos de alquiler firmados desde el 2015, ya no darán derecho a la deducción en la Declaración de la Renta 2015 ni en las siguientes. No obstante, los contratos firmados con anterioridad, siguen pudiendo deducirse las cantidades abonadas en concepto de alquiler. Hay que saber que pueden aprovechar la deducción los que estén reflejados en el contrato como titulares y, si hay varios, se prorratea. Pero no contarán los inquilinos que no estén en el contrato.

Por otra parte, las personas que alquilen una casa de su propiedad, han de incluir dichas cantidades en la Declaración de la Renta 2015. Hay que recordarlo, pues puede ser que no aparezca en el borrador.


Errores en la Declaración de la Renta 2015: Subvenciones

Hay muchas subvenciones que están exentas de tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Pero las que no lo estén, debemos incluirlas en nuestra declaración como ingreso del beneficiario.


Errores en la Declaración de la Renta 2015: Premios de loterías y otros

Existen premios (la lotería, Cruz Roja y ONCE) que no tienen que declararse porque ya están sujetos a retención del IRPF cuando se perciben. Pero luego hay otros muchos juegos que no tienen esta retención, por lo que al hacer la Declaración de la Renta 2015 debemos incluirlos. En caso de obtener pérdidas, podrán compensarse solamente con las ganancias percibidas en el mismo año.


Errores en la Declaración de la Renta 2015: Gastos personales

Uno de los errores frecuentes que cometen pymes, autónomos y profesionales, es incluir sus gastos personales en la declaración para deducírselos. 

Los gastos que se pueden deducir son aquellos relacionados con la actividad económica que realicen. Los demás, no deben incluirse.


Errores en la Declaración de la Renta 2015: Coche

Cuando un profesional o empresario se compra un coche para llevar a cabo su negocio, solamente se pude deducir el 50%. Esto se explica bien en un artículo, y se debe a que es difícil poder demostrar a Hacienda que el vehículo se utiliza exclusivamente a la actividad profesional. Dependiendo del caso, y también de normal si se puede demostrar, sí que es posible deducirse el 100% del valor de adquisición del vehículo.

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Errores en la Declaración de la Renta 2015: Deducción de seguros en la hipoteca de la vivienda habitual

En la deducción por vivienda habitual de la que hemos hablado antes, también podemos incluir los seguros de vida y de incendios de vivienda que nos exigen al hacer la hipoteca de la vivienda. 

En muchos casos, esto se nos olvida y lo desconocemos, con lo que perdemos esta beneficio fiscal que nos haría pagar menos impuestos.


Errores en la Declaración de la Renta 2015: Referencias catastrales de inmuebles y garajes

Aquellos garajes que estén vinculados a nuestra vivienda habitual habiéndolos adquirido a la vez, no tienen que tributar. Esto es algo que muchos contribuyentes desconocen, y lo declaran como si fuera otro bien distinto, de forma que pagan impuestos por tenerlo en propiedad cuando, en este caso, no tendrían que hacerlo.


Errores en la Declaración de la Renta 2015: Deducciones varias

Suelen haber errores frecuentemente en cuanto a las deducciones por colegios profesionales, cuotas sindicales, pensiones compensatorias en divorcios y la manutención de los hijos, donaciones, y otras deducciones.

 

Muchos de los errores cometidos pasan por alto porque Hacienda no se da cuenta. Si el error nos perjudica a nosotros, por ejemplo, no habiéndonos aplicado una deducción de la que podríamos habernos beneficiado, no pasa nada (aparte de haber perdido ese beneficio fiscal). 

Pero todos los años se hacen muchas comprobaciones en Hacienda, aparte de los mecanismos con los que cuenta para detectar errores, para combatir contra el fraude fiscal. En estos casos, si el error perjudica a la Agencia Tributaria, sí que nos pueden reclamar, e incluso deberemos pagar la sanción correspondiente, pues es obligación nuestra que esté todo correcto.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • Deducciones
  1. #4
    08/06/16 14:23

    Hola, a la vista del blog me surgen 2 preguntas.
    1- Estoy casado y mi esposa trabaja en el hogar. En deducciones de la Comunidad Valenciana no me deja modificar la casilla de la deducción. Porque?
    2- En qué casilla deduzco el seguro de vida y de incendios que el banco me obliga a tener por la hipoteca (recogidos en la escritura). La AEAT solo tiene del banco los datos económicos.
    Gracias por vuestra aclaración.

  2. en respuesta a Ana Mc
    -
    #3
    30/05/16 18:53

    Muchas gracias por la ayuda, son tantas cosas...

  3. en respuesta a Jonpru
    -
    #2
    30/05/16 10:26

    Buenos días,
    efectivamente, si tienes una call y no la has ejercitado, cuenta en la Declaración de la Renta como una pérdida patrimonial.
    https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2737098-como-declarar-ir-short-acciones-por-ejemplo
    Un saludo.

  4. #1
    30/05/16 09:59

    Hola,

    Estoy liado con la declaración, y tengo la siguiente duda respecto a las opciones financiera: las calls o puts compradas que llegado el día de vencimiento no se ejercen, ¿se consideran pérdida patrimonial?

    Muchas gracias

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