El fraude fiscal en España es una realidad como lo es en cualquier otro país del mundo, los gobiernos toman medidas con la intención de reducir la tasa de fraude fiscal, pero les resulta muy complicado atrapar a los tramposos que prefieren actuar al margen de la Ley para ahorrarse dinero
La tarifa plana de cotización a la Seguridad Social fue anunciada hace unos días por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy. La nueva tarifa plana favorecerá a las empresas que contraten nuevos trabajadores.
El modelo 720 se aplica para declaración informativa sobre los bienes y derechos situados en el extranjero. El modelo 720 es relativamente nuevo, ya que se creó el 29 de Octubre de 2012 como medida para la prevención y lucha contra el fraude, por tanto nos encontramos ante el segundo ejercicio en el que es obligatoria su presentación.
Los trabajadores autónomos son los próximos elegidos por el Gobierno para continuar con su reforma del sistema tributario. El Ministerio de Hacienda tiene previsto expulsar aproximadamente a 300.000 autónomos del sistema de tributación por módulos.
En muchos casos la forma en que se plantee una operación puede repercutir en un considerable ahorro fiscal, enmarcándonos siempre, claro está, en lo que se denomina “economía de opción”. Así pues, si un empresario desease vender su negocio, ¿qué le convendría? Supongamos dos opciones: Vender todo en bloque (es decir, tanto los bienes muebles como los inmuebles, sin diferenciar). Vender .
Si en el último post hice una introducción a las medidas establecidas por la reciente Ley de Emprendedores y su Internacionalización, en las siguientes entradas me gustaría incidir puntualmente en cuestiones más concretas de la nueva regulación. De esta forma, y para ir abriendo camino, voy a empezar a desmenuzar el Título II referente a aspectos fiscales y del régimen de cotización a la.
El sábado 28 de septiembre fue publicada en el BOE la Ley 14/2013 de apoyo al emprendedor y su internacionalización, aprobada y sancionada el pasado 27 de septiembre. La ley parte de la asunción de desafortunada situación actual de nuestro tejido empresarial y en base a ello trata de paliar esta realidad mediante la aportación y dotación de estructuras para implementar el apoyo a la .
Mucho se ha hablado (y actualmente está siendo retomado el tema) de los derechos de imagen de artistas y deportistas así como de su forma de tributación.
Todos somos conscientes de nuestro deber de estar al corriente de la norma a la hora de dirigir nuestras operaciones y actividad profesional y, desgraciadamente, en muchos casos del mero desconocimiento se han podido derivar consecuencias más o menos desagradables bien para nosotros o para algún conocido o familiar. Todos podríamos poner ejemplos al respecto, siendo de sobra conocida la .
Mucho se está hablando últimamente de cuestiones como “delito fiscal”, “sanciones”, “infracciones”… Son términos que a simple vista del ciudadano corriente, no experto en conceptos legales, pueden resultar o sonar como sinónimos, con lo que en muchas ocasiones son sustituidos en las conversaciones que podemos escuchar en el metro, paseando… incluso los medios de comunicación
En el último post tratamos el tema de cómo proceder en caso de aportaciones onerosas a la sociedad de gananciales por uno de los cónyuges. Siguiendo con el tema hoy desarrollaré el supuesto de aportaciones lucrativas de bienes privativos a la sociedad de gananciales sin que medie contraprestación, es decir, gratuitamente. La diferencia esencial que media entre la aportación onerosa y la .
Una de las cuestiones que pueden dar lugar a vicisitudes en materia de fiscal es la aportación que los integrantes de un matrimonio en régimen económico de gananciales hagan a la sociedad. Incido en que me voy a centrar en un plano puramente fiscal y me atrevo a afirmar que la práctica totalidad de las Comunidades Autónomas han equiparado ya los beneficios fiscales reconocidos .
Esta mañana se ha publicado en el BOE la Resolución del 28 de agosto por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros del 2 de agosto por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo de 2013 (PAPE 2013). Aprovechado la ocasión me tomaré la licencia de prescindir hoy de análisis fiscales para analizar y formular una serie de cuestiones acerca de la problemática. Facilito.
Todos somos conocedores de que una (entre tantas) de nuestras obligaciones fiscales es la consistente en el pago anual y religioso del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). Para la determinación del importe que debemos satisfacer a la administración resulta de suma importancia el valor que se le haya dado al bien en función de la valoración catastral que tenga asignada. De sobra es .
En algún momento todos hemos tenido que hacer frente al desgraciado acontecimiento que supone el fallecimiento de un familiar. Por si este mal trago no fuera suficiente, la Administración hace alarde de su frialdad y constituye el fallecimiento como el hecho imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (cuestión que no es de extrañar, si pensamos que desde que nos despertamos (.