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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#50566

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias amores!!!!

#50567

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Te deseo una buena recuperación. Saludos
#50568

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

mucha suerte y pronta recuperacion un saludo
#50569

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

 José Luis, muchas gracias por tus respuestas. Soy nuevo en esto y me sirve de mucho tu ayuda.

Consultando con una IA me comenta que, técnicamente, al estar el punto 3 como CONCLUIDO desde hace tiempo y el expediente seguir vivo en los puntos administrativos, lo normal es que el veredicto del EVI sea positivo, ya que si fuera negativo suelen denegar rápido.

Como contexto, soy deportista profesional, estoy en lista de espera para prótesis de cadera y el propio médico del tribunal me dijo que me iba a proponer para IPT porque lo veía claro. ¿Tú crees que con estos detalles y el punto 3 cerrado puedo estar ya tranquilo respecto a la parte médica?

Un saludo y gracias de nuevo 

#50570

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola, si no tuvieras las cotizaciones en el extranjero te diría que está concedida al 99,99% y lo más seguro que sean esas las probabilidades aunque hayas cotizado en el extranjero pero como te comenté vi el caso de una chica que después de tirarse bastantes meses con el expediente como el tuyo al final se la denegaron, es solo un caso pero es mejor ser cauto.
Aquí no se puede dar nada por seguro pero si se puede decir que tienes altas probabilidades de que sea así y termines con la IPT.

Un saludo 🫂 
#50571

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

  
Muchas gracias, José Luis. 

Perdona por molestar de nuevo, ¿por qué cambia tanto el proceso por el hecho de tener años en el extranjero? Si la parte médica estuviera clara, ¿qué es exactamente lo que hace que el expediente se pueda denegar o retrasar tanto al entrar países como India o Chipre en la ecuación? ¿Es un tema de años mínimos cotizados o de cálculo de la cuantía?



#50572

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos Días, al tener abogado, me imagino que la parte administrativa es correcta, me refiero a que el abogado ya habrá comprobado que cumples los requisitos de cotización que se exigen para conceder una IPT, te lo digo porque no es la primera vez que se solicita IP sin cumplir dichos requisitos. Al mismo tiempo, al tener abogado, éste habrá indagado/preguntado/investigado si las cotizaciones de la India tienen validez en España, y ante la duda, estas cotizaciones te son vitales para la concesión?, me refiero a que si no las tienen en cuenta te faltará cotización?, puede que la clave sea ésa porque por la parte médica como bien ha comentado José Luís estaría concedida. Tienes cotizaciones de sobra como para que en caso de que las de la India no se tomen en cuenta, aún así te la concedan?
#50573

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos días,  no es nada fácil de calcular y es imprescindible que sepan el tiempo y las cotizaciones en los demás países.

Con tu edad la base reguladora se calcula con las cotizaciones de los últimos 5 años, además tienes que haber cotizado un año y unos meses dentro de esos últimos 5 años.

Aparte de eso tienen que comprobar que la suma del tiempo que lleves cotizado más la que te quedaría por cotizar hasta los 67 años sea superior a 37 años, si es inferior existe una penalización como en la jubilación ordinaria.

Como puedes ver necesitan saber el tiempo total cotizado en los diferentes países y las bases de cotización de cada país para hacer el cálculo correctamente y en obtener esos datos se pueden tirar meses.

Es por eso por lo que tú expediente se ha quedado parado hasta que no tengan esa información.

Un saludo 
#50574

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Es correcto yo soy brasileña y solicitado la cotización de mi país yo no la seguridad social todo tardado 3 años y en el juicio la abogada de la seguridad social a dicho estoy de acuerdo y la juicio a dado por finalizado todo y me a dado a pensión, ahora espero la carta ejecución y ya esta. Pero o que no entiendo es que en eses 3 años cobrando baja mutua y si trabajado dedcuento del que la seguridad tiene que me pagar😞 y se es mas o que cobrado do que tiene que me pagar, que pasa me quedo a deber a seguridad social?
Ya hace case 3 meses y me fui a seguridad social y me habla que a sentencia esta ai que es firme, pero quien lleva los calculos y todo es en León porque soy brasileña y los sulamericanos llevan ellos pero quien luego executa es en mi ciudad, pero ellos necesitan del calculo y que eso no sabe o que dura.
#50575

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchas gracias Agatha por contarnos tu caso, otro ejemplo de cotizaciones en el extranjero, son procesos que se hacen muy largos.

Un saludo y enhorabuena por la concesión de la IP, a todos nos gustaría estar sanos y que este foro no existiera pero por desgracia nos ha tocado la cruz de las enfermedades 🫂

Por cierto, si te queda a deber a la seguridad social no se paga nada, te ponen que los atrasos son 0 y ya esta
#50576

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

 
 
Yo había leído que en la IPT por enfermedad común, siendo mayor de 31 años, el requisito general es haber cotizado 1/4 del tiempo desde los 20 años (con mínimo 5 años) y que al menos 1/5 de ese período debe estar dentro de los 10 años anteriores al hecho causante. 

En mi caso, con los más de 8 años cotizados en España (hasta 2017), entiendo que cumpliría ese mínimo solo con España, aunque luego para el cálculo de la cuantía sí sea necesario coordinar los periodos de Chipre e India. 

Cuando comentas lo de los últimos 5 años y lo de alcanzar determinado total hasta los 67, ¿te refieres a los requisitos para generar el derecho a la prestación o más bien al cálculo de la cuantía final en caso de concesión? 

Gracias de nuevo por tu ayuda y por compartir tu experiencia. 

#50577

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

 
 Hola, Alex. Sí, en principio la parte de requisitos de cotización está revisada. Con lo cotizado en España (algo más de 8 años y medio, incluyendo más de un año dentro de los últimos 10 anteriores a la solicitud) cumpliría los mínimos exigidos para la IPT por enfermedad común sin necesidad de computar India, si es que los requisitos son esos.
Las cotizaciones de Chipre e India no se si afectarían al cálculo final o a la coordinación internacional, pero no serían imprescindibles para generar el derecho en sí, quizá tú me puedas decir algo.

Muchas gracias de nuevo. 
#50578

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas, aunque tengas los requisitos generales cumplidos, después es importante o mejoría dicho, la clave son las cotizaciones de los últimos años, ya que de ahí saldrá tu futura pensión, en caso de tener meses sin cotizar o lagunas, te las rellenan con el mínimo actualizado, en tu caso creo que miraran los últimos 8 ó 9 años, no se seguro, o sea, desde el hecho causante hacia atrás esos años, todo lo que sea cotizaciones altas cuenta hacia el número final, que como bien te ha dicho José Luís, al ser joven y tener pocos años cotizados tendrás que acudir a las tablas donde están las penalizaciones por falta de cotización, y saliendo la Base Reguladora aplicar el 55%.
#50579

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Última pregunta, prometo no molestar más: Tengo cita presencial en el INSS de Murcia en un par de semanas. ¿Me recomendiendas que aproveche para pedir allí mismo el Informe de Síntesis y que solicite la pensión provisional por convenio internacional para que el expediente no siga bloqueado por India? 

MIL GRACIAS DE CORAZÓN
#50580

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si, perdona, antes te hablaba un poco de memoria, es como dices, la quinta parte dentro de los últimos 10 años.
En cuanto a lo que explico de los 67 años es para la concesión del 100% de la base reguladora (luego, si es IPT es el 55% de ese 100%), no para la concesión de la IP.
En tu caso está claro que necesitan tener los datos de las bases de cotización de los diferentes países para calcular tu base reguladora (últimos 5 años).

Un consejo, mañana pide sin falta el informe de síntesis, no te vayas de allí sin el 🙏🫂
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