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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

3,21K respuestas
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#3226

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Efectivamente si haces la DAR por la web, clicando el recuadro declarando que no te pasas de rentas es suficiente, rápido y práctico.
Si la tienes que hacer presencialmente por no disponer de los medios de identificación digital, es habitual que te pidan la última declaración de la renta.
#3227

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Estoy de acuerdo con lo que comentas. Salvo que sea un fondo de distribución, como dice Wediehard, hay que imputar el 3,25% del valor.
Puede que hayan tenido en cuenta ese 3,25% y además lo ganado en pasadas ventas de un dinero ya rescatado, es difícil saber que cálculos pueden haber hechos. 
En cualquier caso hay que reclamar (30 días hábiles) y aportar toda la documentación posible de las rentas actuales que se tengan e incluso un cálculo de las mismas. Es mejor ponerlo fácil porque no se sabe el nivel de conocimiento financiero del letrado que lo va a resolver 
#3228

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola. Buenos días.
Acabo la prestación por desempleo el día 17. Ayer solicité cita previa para solicitar el subsidio y me dieron para el día 22, no esperaba que fuese tan lento. Es culpa mía por no haberlo hecho antes. Hay alguna fórmula para no perder esos 4 días de cotización y el dinero?. Al tener cita, no me deja intentarlo en otra oficina y tengo miedo cancelarla y que luego sea peor. Online se puede? 
Muchas gracias.
#3229

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días.
Tienes un plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la finalización la presentación contributiva, por tanto no tienes que preocuparte, se aprobará el subsidio a partir del día 18, no vas a perder ningún día.
#3230

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola euroramon, muchas gracias por responder. Es que he leído que empiezas a cobrar desde el día en que haces la solicitud. Estás totalmente seguro de que es como dices?. Un saludo y gracias.
#3232

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias, euroramon. Soy mayor de 52.
He encontrado en esta página la respuesta a mi pregunta, que coincide con tu respuesta.
https://www.sepe.es/HomeSepe/es/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/tengo-mas-de-52.html
 "El derecho al subsidio por desempleo nacerá a partir del día siguiente al del hecho causante, siempre que lo solicites en el plazo de quince días siguientes a la fecha del mismo. Solicitado fuera de plazo, el derecho al subsidio nacerá el día de presentación de la solicitud."
Interpreto que el hecho causante es haber acabado la prestación contributiva. 
Muchas gracias, estaba equivocado. En otra página, también oficial, aparecía sólo la segunda parte de la película.
Hacéis una gran labor. Un saludo
#3233

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenas tardes.
Os cuento mi situación  actual después de haber comunicado al sepe una salida al extranjero del 15 al 31 de Agosto.
Comuniqué mi salida a primeros de Agosto y como consecuencia pasó mi subsidio a un estado de BAJA desde el 15 de Agosto, ingresando este mes de septiembre la mitad del subsidio como consecuencia.
El 6 de Septiembre, después  de intentar gestionar una cita previa, comunico mediante sede electrónica mi solicitud de reanudación del subsidio.
A día de hoy (15/09) la solicitud aparece "en trámite" y el subsidio de "baja".
Creo que, no solo se debería reanudar en breve, sino que deberían recuperar el pago pendiente del mes Agosto y también los días de cotización perdidos.
Que opináis, se gestionará de esta forma?. Cuanto suelen tardar en gestionar este trámite en la Comunidad de Madrid?. Puedo yo hacer algo más?. Gracias por anticipado.
#3234

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Que opináis, se gestionará de esta forma?. Cuanto suelen tardar en gestionar este trámite en la Comunidad de Madrid?. Puedo yo hacer algo más?
1. Si.
2. Depende de la carga de trabajo de cada oficina o delegación provincial.
3. No. 
#3235

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Suponiendo que no tengas ingresos de ningún tipo, cuanto podrías tener ahorrado como máximo ( en el banco + patrimonio inmobiliario). A mi me salen 327.000€ teniendo en cuenta la fórmula --> (bienes valorados económicamente × 3,25% <= salario mínimo × 75% x 12). Estoy en lo cierto?. Gracias por adelantado.

Nota: entiendo que los bienes inmobiliarios se valoran con su valor catastral
#3236

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

885,62 al mes por aplicación de rendimientos presuntos. Es una situación, en mi opinión, peligrosa. A nada que haya algún ingreso imprevisto supone estar en un supuesto de suspensión.
El rendimiento de inmuebles, salvo que tengan un rendimiento efectivo (alquiler), son tratados vía 3,25% del valor catastral de los mismos dividido entre doce.
Un depósito con un rendimiento inferior al 3,25% disminuye el riesgo en cuanto a una parte de dinero ahorrado.
#3237

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El límite actual de 327K es aplicable solo en un caso particular pero no de forma general para todos los perceptores.

Las rentas se imputarán a su titular, cualquiera que sea el régimen económico 
matrimonial aplicable, pero las rentas efectivas derivadas de la explotación de un bien 
de uno de los cónyuges, si el régimen económico matrimonial es el de gananciales, se 
imputarán por mitad a cada cónyuge.
#3238

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No se donde hacer la pregunta para frang o cualquira que entienda por ese motivo 
Lo escribo aqui
Mi mujer y yo cobramos subsidio los dos estamos en ganaciales pero tenemos acciones solo a nombre mio ya se que los dividendos los dividimos para los dos,pero
las acciones que tengo compradas me reportan mas de 100000 euros plusvalias y tengo que venderlas por que es el ultimo
 año para degravarme unas perdidas grandes del 2021 en la declaracion del    año que viene.
La pregunta es  1° cuanto tiempo me quitarian el subsidio a mi por que al ser tanto dinero no me gustaria perderlo
2° como las acciones esta a mi nombre tambien se lo quitarian a ella
El dinero esta en una cuents comun pero la venta se pasaria a la mia individual  invirtiendo el dinero otra vez a mi nombre
Espero tu respuesta ,tengo que tomar una decision ya.
Cuando reciba tu respuesta hare lo que me comentes y lo presentare en la oficina sepe las ventas y compras para que no me calculen ese 3,25 %
Muchas gracias espero no haberte molestado mucho
#3239

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

La venta de un bien privativo no es ganancial, así que esto a si mujer no le afecta, vaya donde vaya el dinero.
En cuanto hay un pago único superior a 888x12=10656 euros, hay que suspender el subsidio. La suspensión mínima es un mes, a partir de ese mes se puede reanudar cuando se demuestre que las rentas vuelven a estar por debajo de 888 euros al mes. Sobre eso hay que tener en cuenta que el dinero rescatado (no solo el beneficio, sino el total) produce un interés presunto del 3,25% hasta que demuestre que hay otro interés explicito y eso es complicado de demostrar en acciones hasta que cobre el primer dividendo de las nuevas acciones. Si reinvierte en cuentas o depósitos es más sencillo porque hay un contrato que dice cual va a ser el interés explicito.
El subsidio puede estar suspendido un máximo de 12 meses sin extinguirse
#3240

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias