Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"
Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"
mira lo que pone en el folleto
Las órdenes de suscripción de las obligaciones realizadas por un mismo suscriptor en la misma Entidad Colocadora se considerarán a todos los efectos, como una única orden de suscripción, cuyo importe será la suma de las distintas órdenes que dicho suscriptor haya realizado.
SERIA ESTE CASO, NO?... Se considerarán, a todos los efectos, como órdenes de suscripción diferentes las formuladas por un mismo suscriptor cuando éstas sean realizadas en Entidades Colocadoras distintas.
por cierto, como para empezar a hacerse una carterita de renta fija ahora:
lo que está saliendo ahora, cedulas hipotecarias de la caixa al 2,625% 10 años y bonos santander 3 años 1,375%... en el entorno que estamos los tipos de esta emisión realmente no estan mal. Estoy empezando a pensar seriamente en pillar algo
Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"
Alcalde67, parece mentira que las entidades estén tan mal informadas o peor aún que estando bien lo hagan mal por intereses torticeros. Como bien dice ronchas y puedes ver en el folleto de la emisión, invirtiendo en varias entidades, todas las peticiones de cada una de ellas son distintas. Es decir que si tu haces tres peticiones de 3000€ en tres entidades distintas y el prorrateo se queda en 5500, tu conseguirías los 9000. Cuando pases por la oficina dales un afectuoso saludo. Te copio lo que el folleto de Audasa, expone al efecto:
"Las órdenes de suscripción de las obligaciones realizadas por un mismo suscriptor en la misma
Entidad Colocadora se considerarán a todos los efectos, como una única orden de suscripción, cuyo
importe será la suma de las distintas órdenes que dicho suscriptor haya realizado.
Se considerarán, a todos los efectos, como órdenes de suscripción diferentes las formuladas por un mismo suscriptor cuando éstas sean realizadas en Entidades Colocadoras distintas. Un mismo suscriptor puede cursar órdenes individuales y/o conjuntas, entendiendo por estas últimas aquellas que curse junto a otro u otros suscriptores. Las órdenes de suscripción conjuntas se considerarán, a todos los efectos, como órdenes individuales."