Acceder

Deuda subordinada en Caixa Catalunya

10,4K respuestas
Deuda subordinada en Caixa Catalunya
4 suscriptores
Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Página
1.208 / 1.310
#9657

Re: Sentencia con venta de acciones

Hola Cabreado, si la sentencia que has leído es la que colgó ayer Mikaela, habrás visto que dice "sin que se opusiera la demandada".
Efectivamente, de los 50.000€ iniciales, recuperan el 33,29€ por la venta de las acciones y se reclama el resto (33.355€)
Cosa distinta es el tema de los intereses que no me ha quedado demasiado claro.
Condena al banco a los intereses legales de dicha suma (la cantidad a devolver)desde la fecha de ejecución de la orden de compra, minorados en las remuneraciones recibidas por la actora, pero los intereses que se cobraron fueron sobre los 50.000€ iniciales???.

#9658

Re: Sentencia con venta de acciones

Hola Pilarbcn,

Efectivamente me estuve leyendo algunas sentencias que colgó Mikaela , no se entiende muy bien pero debería ser como tu dices , en la gran mayoría de sentencias a favor devuelven el importe mas los intereses legales desde la fecha de la orden de compra y luego restan los cobrados. En este caso no queda muy claro .

#9659

Re: Sentencia con venta de acciones

Hola de nuevo Pilar , el tema de la devolución de los intereses según lo que he podido observar no debería ser mayor problema para ningún cliente , al menos los de CX y sobretodo para los obligacionistas como nosotros , pues se ajustan al interés legal del dinero y en la evolución de los años este interés ha sido muy similar al que ofrecían las cajas por sus tóxicos y podridos productos.., otra cosa serán los que los tuvieran preferentes desde el año 2000 , pues ya no he investigado tanto , pero con la deuda subordinada son muy parecidos sino iguales,,, aquí dejo una tabla ,,¿ os suena el 4%?

http://www.reicaz.org/normaspr/tablasdi/tbldiner.htm

En el caso de deuda subordinada de la 8º emisión solo seria necesario ajustar los recibidos el primer año de la suscripción que creo que eran un 6% , luego lo comido por lo servido.

Aunque hoy leo otra noticia muy interesante sobre otra sentencia ..

http://www.farodevigo.es/portada-arousa/2013/08/02/arousana-recibira-150000-euros-ganar/854926.html

“Además, la demandante no tendrá que devolver los intereses percibidos, al entender que el personal de las cajas actuó incorrectamente al venderle el producto. No es la primera vez que un juez de Cambados establece que no se abonen los intereses. “

#9660

Re: Sentencia con venta de acciones

Hola Cabreado,

Estás en lo cierto al menos es lo que yo tengo entendido después de leerme también alguna sentencia y hablarlo con mis abogados. Es así, ya lo posteé hace tiempo para animar a la gente sobretodo a los que como nosotros tenemos la 8ª emisión que dentro de la gran M que es la deuda subordinada parece que es de lo más "decente" que comercializó CX, y con más visos de prosperar a nuestro favor en una demanda, por todo lo que ya se ha comentado hasat la fecha. Sería lo comido por lo servido. Es decir que nos devolverían en el caso de sentencia a favor el 100% del nominal y los inetreses cobrados y legales se compensaría. Las costas también son reclamables por supuesto pero eso ya es más discutible... Lo que es evidente que en caso contrario, es decir, una sentencia en nuestra contra difícilmente un juez nos condene además a pagar las costas del equipo jurídico de CX (por cierto Cabreado sabes si son los de 4 cases?¿??) No lo cro no.. porque después de ver lo que alegan, que es un corta y pega en cada defensa que hacen delante de los jueces que sería un poco decepcionante...

Por cierto como ya te dije para la próxima junta de accionistas ofrezco el salón de mi casa para hacerla y pongo los ganchitos, las patatas chips del mercadona claro y las olivas rellenas o modo catering si puedes traer las bebidas ya lo tendríamos completo. No les dejemos para traer nada a los del FROB que como sean como los de CX, nos arruinan de nuevo...

Retallades per tot quisqui!

#9661

Re: Sentencia con venta de acciones

Cuenta con las bebidas ..jejeje

¿“Cuatre Cases”? Que va … La mayoría de contestaciones a la demanda, el “corta y pega” ese que envían están firmados por el Sr Senespleda que es el asesor jurídico de CX , lo que no se si el es que luego da la cara en los juicios o envían a algún sub-alterno en practicas.. a las vistas previas puedo garantizar que mandan a “chavalitas” que o disimulan muy bien o están mas verdes que la lechuga.

Tampoco es extraño viendo todas las precauciones , buen trabajo y gestión que han hecho hasta ahora ...su equipo juridico debe ser igual de competente que sus asesores de riesgo, para que van a gastar dinero en esas cosas pudiendo llevárselo doblado como Todó, Loza , o Narcis...

#9662

Re: Sentencia con venta de acciones

jajajja.

Es más te diria que debe ser una estrategia. Están obligados a luchar todos los casos en los tribunales ya que están intervenidos y bajo la supervisión de los MEN IN BLACK pero saben que tienen las de perder, es todo un paripé, lo que no harán es poner un cartel en cada oficina diciendo "DENUNCIE USTED SI SE SIENTE ESTAFADO POR QUE LE VENDIMOS D.S O P:P LO TIENE CASI CON TODA SEGURIDAD GANADO" pero poco les falta... No gastarán demasiados recursos sabiendo que la mayoría de casos en los tribunales los perderán y está obligando a la gente a que vaya a ellos pero los muy golfillos también saben que ahora despues de haber canjeado las acciones por dinero pocos acudirán a ellos, la gente en su mayoría no quiere verse en nuestra situación, no es agradable, ni barato...

En fín,ahora recuerdo la última conversación en la que me explayé con mi nuevo director de oficina de cx y van ya tres diferentes en este tiempo, en la que me confesó que habían recibido pocas demandas... Que la mayoría d los clientes con estos productos aceptaban el canje y asumían la pérdida del resto de capital, que pena... pero es comprensible... YA lo han montado para que sea así, que pasemos por el aro y hagamos lo que ellos querían, que aceptáramos en canje como mal menor....

Mucho ruido, mucho Bruselas, muchos globos sonda que si quitas del 70, 80, 90 y al final y entre comillas se han bajado bastante los pantalones, porque creo que de haber querido hacerlo de otra manera mucha gente lo habría perdido todo o casi todo...

Pero como te decía saben que lo han hecho muy mal hasta ahora las cajas y los bancos y han tapado la KK como han podido... Veremos que dice Bruselas, que después del canje por lo que he leído dicen que quieren investigar como se comercializaron esos productos que tanto conocemos ya a nuestro pesar.... PUES A BUENAS HORAS NO?¿?¿?¿

#9663

Re: Sentencia con venta de acciones

Hola iwanmg, el tema de las costas yo no lo tengo tan claro. Una de las sentencias de las que nos enlazó Mikaela, era empate a costas. Aún no tengo muy claro en que se basan pues leyendo la sentencia no dice nada al respeto. Lo que si se acogía al artículo 394 LEC.

Artículo 394 Condena en las costas de la primera instancia

"1. En los procesos declarativos, las costas de la primera instancia se impondrán a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que el tribunal aprecie, y así lo razone, que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho.

Para apreciar, a efectos de condena en costas, que el caso era jurídicamente dudoso se tendrá en cuenta la jurisprudencia recaída en casos similares.

2. Si fuere parcial la estimación o desestimación de las pretensiones, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad, a no ser que hubiere méritos para imponerlas a una de ellas por haber litigado con temeridad.

3. Cuando, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, se impusieren las costas al litigante vencido, éste sólo estará obligado a pagar, de la parte que corresponda a los abogados y demás profesionales que no estén sujetos a tarifa o arancel, una cantidad total que no exceda de la tercera parte de la cuantía del proceso, por cada uno de los litigantes que hubieren obtenido tal pronunciamiento; a estos solos efectos, las pretensiones inestimables se valorarán en 18.000 euros, salvo que, en razón de la complejidad del asunto, el tribunal disponga otra cosa.

No se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior cuando el tribunal declare la temeridad del litigante condenado en costas".

Con respecto al número de demandas presentadas, el jefe de los servicios jurídicos, Ráfols, dijo en la Comisió del Parlament que tenían 700 demandas. Otra cosa será las que se presenten a partir de ahora.

#9664

Re: Sentencia con venta de acciones

Hola Pilar,

"por haber litigado con temeridad"
Creo que la clave está aquí y en la claridad de nuestra demanda y lo claro que lo vea el juez, si el caso es muy claro y las pruebas son más que evidentes y CX se lanza a una defensa sin sentido pues parece más que de sentido común que las costas corran a su cargo, si la cosa está en un empate técnico, no soy jurista que quede claro es una simple opinión, pero las pruebas dejan claro que se comercializó de forma poco transparente en producto al margen de perfil de cliente e historial de operaciones en productos bancários pues parece que las costas no procederán, pero por eso comenté que son discutibles... Mejor no contar con ellas, francamente...y si nos las reintegran pues mira Maná caido del cielo!!!

SAlu2

Te puede interesar...
  1. Carteras Crecimiento y Conservador. ABRIL 2024.
  2. China huye de la deuda USA y potencia alzas Oro
  3. Inversores más exigentes y cambios de paradigma
  1. Carteras Crecimiento y Conservador. ABRIL 2024.
  2. China huye de la deuda USA y potencia alzas Oro