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Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

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Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica
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Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica
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#2313

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

Renido.- ¿no me digas que os dejaron entrar? ¡INcreible! Qué coraje que tuviera que marchar pero tenía que recoger a mi nieto del colegio. Cuánto me hubiera gustado poder entrar con vosotros. Mira éramos poquitos, pero de corazón, había gente muy humana en esa manifestación, y según el canal sur éramos poquitos pero hacíamos mucho ruido. No se explayaron mucho en las noticias de por la noche, pero al menos conseguimos tener presencia y dejar constancia de nuestra indignación.Y tengo que agradecerte particularmente, el esfuerzo que hiciste para estar aquí. También estuvo bien el morenito que cogimos, y me encantó conocerte, porque a veces cuando chateamos por el foro, nos gustaría ponerles cara a los intervinientes, y al menos ayer conseguimos eso. De verdad que me encantó conocerte.Un abrazo y gracias por contarme lo que me perdí.

#2314

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

SABIO CONSEJO. Al menos en eso estamos de acuerdo.

#2315

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

Seguramente no sea erróneo.... esto está en todos los folletos.... pero si muy rebuscado, de momento estas cosas no se suelen aplicar, el primero que ha pedido algo similar es el POPular que NO ha dejado de pagar cupones pero si ha aplicado la conversión en la primera fecha, que será el proximo junio, de unos bonos convertibles.

#2316

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

Kretan me imagino que tú como yo hemos perdido muchas veces contra el señor mercado y ¿al final que aprendes? a buscar a rebuscar información, a detectar cuando el mercado es ineficiente,pues a nivel más básico es lo mismo.El banco me quiere colocar un producto pues buscas,comparas,miras toda la información publicada sobre el mismo y al final decides.El dinero es sagrado y el de uno más que ninguno y el banco es todo menos tu amigo.No es porque la pongas tú o la ponga yo, la información,sino porque es un buen ejercicio buscar y conocer por nosotros mismos.

#2317

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

Bismuto,

Ya he dejado muy claro que no quiero seguir mas con esto ¿eh?. Deja por favor de escribir recontestandome, no me interesa absolutamente nada de lo que vayas a hacer, lo que quieras pensas o cualquier otro tipo de comentario en esta linea.

A mi ni me da coraje que me cales, como que no me cales, ¿que vas a calar, si lo que estas haciendo es tirar piedras al aire? lo mas curioso es que hasta te lo crees, tiene narices la cosa.

Pero lo que es indignante es que me catalogues sin concerme, y SÍ efectivamente me veo con la postestad y el CRITERIO de poder CATALOGARTE A TI, porque el hablar no es necesario pero el contestar sí, Y DESDE EL MISMO MOMENTO EN QUE TU ME CATALOGASTE A MI, puedo hacerlo yo de ti, con MUCHISIMO MAS CRITERIO CUANDO LO QUE DICES NO ES NI POR ASOMO CERCANO A LA REALIDAD. ¿que pretendes que despues de dejarme como "bancario, incitador al canje, hacer la jugada a la banca, y no se que más ESTUPIDECES has dicho, y hacerlo delante de no sé cuantas personas que nos leen, me congratule contigo o que?.
Pero quién está siendo aquí el cínico????

Cuando aprendas a respestar al projimo, conseguiras merecer respeto, pero desde el momento que me lo has perdido , has dejado de tenerlo para mí.

Y lo dicho si quieres seguir con esta conversacion me lo haces al privado, aquí creo que a nadie le interesa este tipo de debates y perdida de tiempo

#2319

Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica

b) Periodos de devengo. Pago de la remuneración
Los intereses se devengarán durante cada periodo de intereses, entendido como el periodo que comienza en la fecha en la que se inscriban las Obligaciones en los registros contables de Iberclear y sus entidades participantes (la “Fecha de Emisión”), inclusive, o en cada aniversario de la Fecha de Emisión (inclusive), y que termina en el siguiente aniversario de la Fecha de Emisión (exclusive), salvo por el último periodo de interés, que comenzará en el último aniversario de la Fecha de Emisión (inclusive) y que terminará en la Fecha de Vencimiento (exclusive) (el “Periodo de Interés”).
Se delega expresamente en el Consejo de Administración la facultad de establecer la periodicidad de pago del cupón en cada Periodo de Interés, que en todo caso estará sujeto a lo previsto en el apartado c) siguiente. Por tanto, la Remuneración de las Obligaciones se abonará a los obligacionistas distribuido en tantos pagos como determine el Consejo de Administración con un mínimo de un pago anual (la “Fecha de Pago” y cada una de dichas fechas, una "Fecha de Pago").
El servicio financiero de pago de la Remuneración se efectuará a través de Banca Cívica, mediante abono en cuenta a través de las entidades participantes en lberclear de la Remuneración que corresponda, neta de cualesquiera retenciones que procedan.
c) Limitaciones al derecho a la Remuneración
La percepción de la Remuneración requerirá, a los efectos de que las Obligaciones que se emitan en virtud del presente acuerdo computen como recursos propios de la Sociedad y del grupo consolidable de entidades de crédito entendido conforme a lo previsto en la Circular 3/2008, de 22 de mayo, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos de acuerdo la normativa vigente, que se cumplan simultáneamente las cuatro condiciones siguientes:
(i) la obtención de Beneficio Distribuible suficiente para hacer frente al pago de la Remuneración y a otras emisiones de valores convertibles y/o canjeables equiparables a las Obligaciones, una vez deducida la remuneración de las participaciones preferentes, acciones preferentes y valores equiparables emitidos por Banca Cívica o garantizados por Banca Cívica;
(ii) que no existan limitaciones impuestas por la normativa española o europea de recursos propios actual o futura que resulte de aplicación;
(iii) que el Consejo de Administración de Banca Cívica no haya decidido, a su sola discreción, no proceder al pago de la Remuneración atendiendo a la situación de liquidez y solvencia de la Sociedad o de su grupo consolidable de entidades de crédito entendido conforme a lo previsto en la Circular 3/2008, de 22 de mayo, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos; y
(iv) que el Banco de España no haya exigido la cancelación del pago de la Remuneración basándose en la situación financiera y de solvencia de Banca Cívica o en la de su grupo consolidable de entidades de crédito entendido conforme a lo previsto en la Circular 3/2008, de 22 de mayo, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos, de acuerdo con la normativa aplicable.
En el caso de que no se pueda proceder al pago de la Remuneración por cualquiera de las causas previstas en los apartados (i) a (iv) anteriores, el tenedor de las Obligaciones no tendrá derecho a reclamar el pago de dicha Remuneración ni a convertir y/o canjear sus Obligaciones. En este caso, Banca Cívica lo comunicará como hecho relevante a la mayor brevedad posible desde que se conozca dicho hecho.
No obstante lo anterior, cuando por cualquiera de los supuestos previstos en los apartados (i) a (iv) anteriores no se produjera el pago total o parcial de la Remuneración, Banca Cívica podrá pagar dividendos a sus acciones ordinarias o realizar cualesquiera otros repartos de cantidades dinerarias o en especie a sus acciones ordinarias.
d) Supuestos de percepción parcial
En el supuesto de que sean de aplicación de forma parcial las limitaciones establecidas en los epígrafes (i), (ii), (iii) y (iv) del apartado c) anterior, el Consejo de Administración podrá optar por declarar un pago parcial de la Remuneración.

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