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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#9105

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Obviamente para pignorar algo has de tener la titularidad de ese algo, sean participaciones o lo que sea. Ahora bien, el que seas propietario de las participaciones y que luego las pignores no quiere decir que las hayas adquirido con pleno conocimiento de sus características y riesgos, es decir, no excluye el error como vicio de la adquisición.
En cuanto al plazo de los cuatro años, ya lo he contestado en el otro hilo de conversación:
https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/1105198-guia-para-venta-reclamacion-participaciones-preferentes?page=88#respuesta_1393688, en el comentario 697.
Añado que si el plazo es de caducidad no se interrumpe en ninguna forma, el que se puede interrumpir es el de prescripción. Como allí expongo, el criterio generalmente admitido por la jurisprudencia es que se trata de una nulidad radical, sin plazo; pero hago referencia también a un plazo de quince años para reclamar responsabilidad civil por las pérdidas sufridas cuando se hayan conseguido vender las participaciones; ese plazo es de prescripción por lo que empezaría a contar cada vez que haya alguna reclamación fechaciente (reclamación con acreditación de haberse comunicado al Banco o Caja: copia sellada, burofax, acta notarial...)

#9106

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Hola Geodisei, a mi me ha llegado bien. Muchas gracias

#9107

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Lee la respuesta 9105 y pincha también dentro de ésta a la 697, te puede aclara algo sobre plazos de reclamación. Aún así es para el que lo entienda claro, habrá que consultar

#9108

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Gracias por ambas apreciaciones (las dos respuestas), por tanto mi impresión de que el canje o la pignoración podrían coartar las reclamaciones posteriores, no es así, probablemente lo hacen es complicarlas en algunos casos, y dependerá de la percepción que pueda tener el juez sobre la cuestión, con lo cual eso, puede ser (en ocasiones) una complicación añadida, y en otros bastante irrelevante.

#9110

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

No obstante es de suponer que el hecho del canje lo complica algo, y dependerá de la apreciación del juez o del tribunal cuando llegue a la Audiencia Provincial, si no hay canje ni se plantea la posibilidad de aceptación tácita o implícita, si lo hay alguien puede tener la brillante idea de considerarlo como un reconocimiento, otra cosa que es al final las cosas lleguen al debido lugar.

Fíjate que esto de las aceptaciones tácitas o por hechos, es lo últimamente están alegando los SAC de las entidades, para no dar la razón al cliente, incluso en casos de faltas de documentos, y no solo la pre-contractual, yo he visto al menos dos casos (en persona), en uno de ellos le falta el test MiFID y el contrato de administración y custodia, y con toda la "pachorra" se responden que han pasado 3 años, y por tanto al no constar queja alguna, se supone que se acepta, y se quedaron como Dios, ahora bien si esto valdrá ante un tribunal yo lo dudo, y hasta que la CNMV lo considere como una prueba.

#9111

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Tito, yo he contratado a Arriaga, que aún siendo caro un 10% de lo conseguido solo cobra por resultados y eso a mi me tranquiliza. Me preocupaba contratar a un abogado poco implicado sabedor de cobrar tanto si consigue resultados como sino.

#9112

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Ok Geodisei recibido el informe, muchas gracias, ha llegado sin deterioros.
Saludos.

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