Buenas noches,
Os paso mi due dilligence para el proyecto de ARCH TECH CANYAMEL por si es de vuestro interés.
RESUMEN EJECUTIVO: PROYECTO ARCH TECH CANYAMEL (CIVISLEND)
1. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA OPERACIÓN
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Concepto | Detalle | Plataforma | Civislend (PSFP)
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Promotor | Arch Tech Mallorca S.L. / Canyamel Inmuebles 55 S.L.
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Tipo de operación | Préstamo con garantía hipotecaria de primer rango
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Importe solicitado | 1.725.000 €
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Tipo de interés (TIN) | 11,50%
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Plazo | 18 meses (+6 de prórroga opcional)
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Pago de intereses | Bullet (al vencimiento)
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Garantía | Hipoteca de primer rango sobre finca 15.730 de Capdepera
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Valor de tasación | 3.479.824 € (según tasación ECO de 29/01/2026)
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LTV | 49,5%
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Finalidad del préstamo | Liberar fondos propios del promotor para otros proyectos en curso.
2. ANÁLISIS FINANCIERO DEL PROMOTOR
Balance provisional a 31/12/2025
Concepto | Importe
- Activo No Corriente | 8.744.696 €
- Activo Corriente | 412.551 €
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TOTAL ACTIVO | 9.157.244 €
- Patrimonio Neto | 4.692.119 €
- Reservas | 3.326.146 €
- Pasivo No Corriente | 4.062.771 €
- Pasivo Corriente | 402.353 €
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TOTAL PASIVO + PN | 9.157.244 €
Cuenta de resultados 2025
Concepto | Importe
- Ingresos de explotación | 2.206.680 €
- Resultado de explotación | 1.572.851 €
- Resultado financiero | -209.877 €
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Resultado neto | 1.362.973 €
Track record del promotor (2021-2025)
Período | Proyectos realizados | Tipología
- 2021-2025 | 8 proyectos | Unifamiliares lujo, plurifamiliares, hotel
- Superficie total construida | ~11.600 m² | -
- Proyecto en misma zona | Cap Vermell 55 (2023) | Misma calle (C/ Ermita 69)
- Historial con Civislend | 1 préstamo (2024-2026) | 1.250.000 € devuelto en febrero 2026
Conclusión financiera:
El promotor es solvente (patrimonio neto >4,6 M€), rentable (beneficio >1,36 M€ en 2025) y con experiencia acreditada (8 proyectos en 4 años). El capital social de 1 € es una anomalía formal, pero las reservas acumuladas demuestran solidez.
3. FORTALEZAS DEL PROYECTO
Fortaleza | Explicación
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Garantía hipotecaria sólida | Hipoteca de primer rango sobre suelo tasado en 3,48 M€. LTV 49,5% → colchón de seguridad muy alto.
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Promotor solvente y experimentado | Balance sólido, beneficios recurrentes, 8 proyectos ejecutados.
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Historial positivo en Civislend | Primer préstamo de 1,25 M€ devuelto en febrero 2026.
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Ubicación privilegiada | Canyamel (Mallorca), zona de alta demanda para segunda residencia de lujo.
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Proyecto técnico de calidad | Proyecto básico (2013) y de ejecución (2016) visados, con calidades altas y estudio geotécnico.
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Independencia de la venta del activo | El préstamo no se devuelve con la venta de la villa, sino con ingresos de otros proyectos del promotor (+8 M€ previstos).
4. ANÁLISIS DETALLADO DE LA LICENCIA DE OBRAS Y EL INFORME JURÍDICO
4.1. EL INFORME JURÍDICO DEL PROMOTOR (ENERO 2026)
El promotor aporta un informe elaborado por una abogada colegiada que concluye:
- La licencia se rige por la Ley 10/1990 de disciplina urbanística de Baleares.
- "Mientras no se produzca una declaración administrativa expresa de caducidad, previa tramitación del correspondiente expediente administrativo con audiencia previa que valore las circunstancias concurrentes, la licencia sigue en vigor."
- Para continuar las obras, será necesario solicitar una prórroga justificando las causas del retraso, demostrando que no se debe a un "mero interés especulativo".
4.2. LA SENTENCIA DEL TSJ DE BALEARES (5 DE JUNIO DE 2012)
Esta sentencia es el punto clave que el informe jurídico del promotor no desarrolla adecuadamente. Establece dos situaciones claramente diferenciadas:
Situación | Derecho del promotor
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Prórroga solicitada ANTES del vencimiento del plazo | Derecho automático a obtenerla (el Ayuntamiento debe concederla sin más trámite).
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Prórroga solicitada DESPUÉS del vencimiento del plazo | NO hay derecho automático. Solo puede obtenerla si justifica que el retraso se debe a "causa de fuerza mayor u otra circunstancia imprevista e inevitable"
4.3. APLICACIÓN AL PROYECTO
Hito | Fecha
- Concesión licencia | 5 febrero 2014
- Inicio obras (excavación) | 20 junio 2015
- Fin plazo ejecución (24 meses) | ~2017
- Fin plazo primera prórroga automática (12 meses) | ~2018
- Solicitud de prórroga | 2026 (8 años después del fin de los plazos)
4.4. EL PROBLEMA SUBYACENTE QUE EL INFORME JURÍDICO NO ABORDA
El informe del promotor se limita a decir que "la licencia sigue en vigor mientras no se declare la caducidad", lo cual es cierto, pero omite la parte más importante: que al solicitarse la prórroga después del vencimiento de todos los plazos, el promotor ha perdido el derecho automático a obtenerla. La carga de la prueba ahora recae sobre el promotor.
Debe demostrar al Ayuntamiento que la paralización de 9 años se debió a causas de fuerza mayor.
Algunas preguntas que el informe no responde:
- ¿Cuál fue la causa de fuerza mayor que justifica 9 años de inactividad?
- ¿Se presentó alguna solicitud de prórroga entre 2015 y 2025?
- ¿Existe algún documento del Ayuntamiento que reconozca esa fuerza mayor?
4.5. CONSECUENCIAS PRÁCTICAS
Escenario | Probabilidad | Impacto
- El Ayuntamiento acepta la justificación y concede la prórroga | 60% | Bajo (se puede construir)
- El Ayuntamiento exige más documentación o retrasa la decisión | 30% | Medio (retraso en el inicio de obras)
- El Ayuntamiento deniega la prórroga | 10% | ALTO (la licencia caduca → nueva licencia con normativa actual → sobrecostes y retrasos graves)
Conclusión
El riesgo de denegación existe y no está adecuadamente comunicado a los inversores.
5. EL EMBARGO: LA OTRA GRAN INCÓGNITA
Situación registral
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Anotación de embargo: Letras C y D sobre finca 15.730.
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Importe: ~16.000 € (12.268,78 € de principal + intereses y costas).
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Fecha: 2018 (prorrogado en 2022).
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Beneficiario: Ayuntamiento de Capdepera.
Discrepancias documentales
Documento | ¿Menciona el embargo?
- Nota simple (12/01/2026) | ✅ SÍ
- Tasación ECO (29/01/2026) | ❌ NO (adjunta nota, pero no comenta)
- Resumen Civislend | ❌ NO
- Ficha de Datos Fundamentales | ❌ NO
- Informe de Riesgos Civislend | ❌ NO
Importancia: Para constituir la hipoteca de primer rango que se ofrece, el embargo debe cancelarse antes o en el mismo acto. La plataforma no informa de ello.
6. TABLA RESUMEN DE DISCREPANCIAS DOCUMENTALES
Aspecto | Documento A | Documento B | Diferencia | Gravedad
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Embargo: Nota simple: SÍ existe | Ficha Civislend: NO menciona | Ocultación | ALTA
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Licencia: Resumen: "Concedida" | Realidad: Necesita prórroga no automática | Información incompleta | ALTA
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Prórroga | Inf. jurídico: "Vigente" | STSJ 2012: No automática | Omisión de jurisprudencia | ALTA
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Superficie | Registro: 1.200 m² | Catastro: 1.190 m² | Discrepancia | BAJA
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Presupuesto | 2012: 296k | 2026: 1.558k | Desfase x5 | MEDIA
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Capital social | Ficha: 1 € | Realidad: 4,6 M€ patrimonio | Anomalía formal | BAJA
7. OPINIÓN FUNDAMENTADA
7.1. LO QUE ESTÁ BIEN (y es importante)
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El suelo vale lo que dicen. La tasación ECO es sólida, reciente y de una sociedad homologada.
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El promotor tiene recursos. 4,6 M€ de patrimonio y 1,36 M€ de beneficios en 2025 no son cifras de un improvisado.
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El promotor sabe construir. 8 proyectos en 4 años, incluido uno en la misma calle.
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Civislend ya ha trabajado con ellos. El primer préstamo se devolvió.
7.2. LO QUE ESTÁ MAL (y es decisivo)
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El EMBARGO no se menciona en ningún documento de la plataforma salvo en la Nota Simple es información relevante.
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La LICENCIA tiene un problema objetivo. La sentencia del TSJ de 2012 es clara: al solicitarse la prórroga 8 años después del vencimiento, el promotor ha perdido el derecho automático. Necesita justificar "fuerza mayor". No hay constancia de que lo haya hecho.
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El informe jurídico del promotor es incompleto. No menciona la doctrina del TSJ sobre la pérdida del derecho automático a la prórroga cuando se solicita fuera de plazo.
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El PROYECTO lleva 14 años dormido. Eso indica falta de capacidad ejecutora o priorización de otros proyectos. Ahora lo reactivan porque necesitan liquidez.
8. CONCLUSIÓN FINAL
¿Es una buena inversión? Sí, si se resuelven los dos problemas pendientes.
¿Es una inversión segura hoy? NO. Porque:
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El embargo es una incógnita. No sabemos si se cancela en la escritura. La plataforma no lo aclara.
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La licencia es una incógnita. No sabemos si el Ayuntamiento concederá la prórroga, y el promotor no ha acreditado la "fuerza mayor" que exige la sentencia del TSJ.
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La transparencia es nula. No mencionan el embargo y omiten la jurisprudencia aplicable
Condiciones para invertir (solo si se cumplen AMBAS):
✅ Condición 1: Confirmación por escrito de Civislend de que el embargo se cancela en la misma escritura de constitución de la hipoteca, con cargo a los fondos del préstamo.
✅ Condición 2: Confirmación documental de que la solicitud de prórroga de la licencia está presentada y cuenta con informe favorable municipal, o al menos con un principio de acuerdo que garantice su concesión.
Sin esas confirmaciones: NO INVERTIR. El 11,50% TIN no compensa la incertidumbre jurídica y la falta de transparencia.
DESCARGO DE RESPONSABILIDAD
El presente análisis ha sido elaborado exclusivamente a partir de la documentación pública y privada aportada por el inversor durante el proceso de estudio, incluyendo resúmenes de plataforma, notas simples del Registro de la Propiedad, tasaciones, informes jurídicos, proyectos técnicos y fichas de datos fundamentales. Este documento no constituye asesoramiento financiero ni legal, ni una recomendación personalizada de inversión.
Cada inversor es responsable de realizar su propio análisis y tomar sus decisiones de inversión de acuerdo con su perfil de riesgo, situación financiera y objetivos personales. Las opiniones expresadas son valoraciones técnicas basadas en la información disponible a la fecha del análisis y pueden no reflejar la totalidad de los riesgos asociados a la operación. Invertir en crowdlending conlleva riesgos, incluida la posible pérdida total o parcial del capital invertido.