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Duda con cálculo de pérdida financiera para el banco en caso de amortización
He intentado buscar esto por todo Internet, y me parece increíble que no haya encontrado una sola página, blog, artículo, o video donde se explique esto completamente. La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario recoge:
El valor presente de mercado del préstamo se calculará como la suma del valor actual de las cuotas pendientes de pago hasta la siguiente revisión del tipo de interés y del valor actual del capital pendiente que quedaría en el momento de la revisión de no producirse la cancelación anticipada.
Todos los artículos y explicaciones que he encontrado en la red, no explican la segunda parte, todos asumen que se trata de una hipoteca a tipo fijo hasta el final del préstamo. (ejemplo, ejemplo, ejemplo). Son artículos muy bien explicados y con ejemplos, pero obviando la segunda parte del texto, que al parecer es específico para hipotecas a tipo mixto o variables. Todos en resumen dicen lo siguiente:
El valor actual del préstamo lo obtenemos como resultado de una renta temporal, aplicando la fórmula:
Vp = C * (1 - (1 + i) ^ -n) / i
Donde:
- Vp = Valor presente
- C = cuota mensual
- i = tipo de descuento mensual
- n = número de cuotas restantes
Esto solo recoge la primera parte del texto (la suma del valor actual de las cuotas pendientes de pago hasta la siguiente revisión del tipo de interés) pero no recoge la segunda parte (el valor actual del capital pendiente que quedaría en el momento de la revisión de no producirse la cancelación anticipada).
¿Alguien sabe cómo calcular esta parte? No soy consciente de ninguna fórmula que permita saber el valor futuro de un dinero que no incluya periodos. ¿Alguien que trabaje en la banca que sepa cómo se calcula?
Gracias de antemano