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Obra de impermeabilización en comunidad de propietarios - Bloqueo acceso - Comunidad de propietarios

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Obra de impermeabilización en comunidad de propietarios - Bloqueo acceso - Comunidad de propietarios
Obra de impermeabilización en comunidad de propietarios - Bloqueo acceso - Comunidad de propietarios

CÓDIGO AMIGO

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#1

Obra de impermeabilización en comunidad de propietarios - Bloqueo acceso - Comunidad de propietarios

Hola. Formo parte de la junta directiva de una comunidad de propietarios y me encuentro en una situación que me gustaría contrastar con quien haya pasado por algo parecido.
 Contexto:
 La comunidad ha contratado una obra importante de impermeabilización de la cubierta del edificio (lámina asfáltica + aislamiento + capa de grava de protección). La obra está siendo ejecutada por una empresa contratada y supervisada por la administración y la Presidencia.
 Antecedente relevante: la infiltración de agua en mi vivienda comenzó precisamente cuando esta misma empresa estaba inspeccionando la cubierta por otra infiltración previa en otra vivienda. Existen indicios razonables de que durante esa intervención se dañó el aislamiento original. La obra actual viene, en parte, a reparar esos daños, pero la empresa ejecutora es la misma.
 El problema:
 Falta de verificación técnica independiente. Solicité por escrito a la administración una verificación técnica independiente antes de la recepción y pago final de la obra, indicando expresamente que la colocación de la capa de grava de protección no debería realizarse hasta dicha verificación, ya que una vez colocada los detalles de ejecución dejan de ser inspeccionables. No se atendió la petición.
 Contratación particular de una pericial. Ante la falta de respuesta, he contratado por mi cuenta una pericial técnica independiente, programada para los próximos días en la cubierta del edificio.
 La empresa ejecutora se niega a esperar. Tras comunicar la pericial por escrito a todas las partes, la empresa ha respondido que la obra "seguirá su curso normal" y que tienen "otros compromisos". Además me prohíbe expresamente el acceso a la cubierta "mientras los operarios están trabajando".
 Intento de cerrar la puerta de acceso a la cubierta. Ya se ha producido un intento de cerrar la puerta de acceso a la cubierta sin comunicación previa a los propietarios. El intento no llegó a completarse, porque la cerradura no funciona, pero existe el riesgo razonable de que se vuelva a cambiar la cerradura y cerrar la puerta antes de la pericial, dejándome efectivamente sin acceso a una zona común del edificio.
 La Presidencia me prohíbe el acceso y me acusa de "extorsión". En respuesta a mi correo, la Presidencia envía un mensaje hostil afirmando que no tengo su autorización para tomar ninguna decisión, que tengo "prohibido el paso a zonas de acceso restringido" sin solicitud previa por escrito y bajo su autorización, y me acusa textualmente de "extorsionar al personal" de la empresa contratada. Habla de "infinidad de quejas" e "infinidad de infracciones muy graves" sin concretar ninguna. En el mismo correo pone en copia, de forma inesperada, a la empresa de mantenimiento de la comunidad (que no tenía relación con este asunto y que es quien tendría capacidad técnica para modificar cerraduras), lo que refuerza la sospecha de que se está preparando un bloqueo físico del acceso a la cubierta el día de la pericial.
 Mi respuesta formal. He respondido por escrito solicitando: (a) en virtud de qué facultad legal (artículo de la LPH, estatutos o acuerdo de Junta) se me prohíbe el acceso a una zona común; (b) que la administración remita el documento que delimita las facultades de la Presidencia y copia del acta de su nombramiento; (c) dejando constancia de la responsabilidad civil personal (art. 1902 CC) de quien actúe excediéndose de sus facultades legales; (d) reiterando la pericial y solicitando acceso completo; (e) advirtiendo que la imputación de "extorsión" reviste especial gravedad por estar tipificada como delito (art. 243 CP) y reservándome acciones civiles y penales si no se acredita.
 Mis preguntas:
 ¿Alguien ha vivido una situación parecida, en la que la Presidencia y/o administración bloqueen una verificación independiente solicitada por un propietario u oficial de la comunidad?
 ¿Es legal el cambio unilateral de cerraduras de zonas comunes sin acuerdo de Junta ni comunicación a los propietarios? ¿Qué vías tengo si esto se llega a producir antes de la pericial?
 ¿Es habitual que se permita continuar una obra sobre elementos comunes mientras hay una pericial programada y formalmente comunicada?
 ¿La Presidencia tiene realmente facultad legal para prohibir a un propietario el acceso a zonas comunes del edificio?
 ¿Qué herramientas adicionales recomendaríais, más allá del acta notarial de presencia que estoy valorando contratar para el día de la pericial?
 ¿Hasta qué punto es relevante, jurídicamente, que la misma empresa que causó (o pudo causar) el daño original sea la que ejecuta ahora la reparación, sin verificación independiente?
 ¿Experiencias con cambios de administrador o mociones de cese de Presidencia en situaciones similares?
 Gracias de antemano. Estoy llevando este asunto sin abogado de momento y agradezco cualquier experiencia, consejo o referencia legal que podáis aportar.

#2

Re: Obra de impermeabilización en comunidad de propietarios - Bloqueo acceso - Comunidad de propietarios

¿Sabes como se comprueba una colocación de tela asfáltica?

Llenando la cubierta de agua. Toda la cubierta entera, unos 10 cm por encima del punto más alto. Se tapan los desagües con un parche de tela, eso lo hacen los que la están colocando y acto seguido, agua.

Se deja llena como mínimo un par de días y se comprueba que no hay fallos mirando en los techos de los pisos de los vecinos de abajo. Si no aparecen humedades por ningún sitio es que está bien colocada.

Después se vacia el agua y hay que poner una capa de tela geotextil, para proteger la tela asfáltica. A continuación, el aislante y encima de éste otra capa de geotextil. Y por último la grava.
Guía Básica